股份公司76.202.979-0

Aguila Services SpA

CONSTITUCIÓN — 2022年7月7日

Diario Oficial

公司信息

SpA
Teno, Maule

资本

总资本

$3.000.000

股份

30

股东(3)

姓名持股比例

LUIS ANDRES AGUILA GUARDIA

Accionista

18.xxx.xxx-9

-

NAYADE VALESKA ALVAREZ IRRIBARREN

Accionista

18.xxx.xxx-4

-

DIEGO ARIEL ÁGUILA VENEGAS

Accionista

19.xxx.xxx-0

-

摘要官方正文

HECTOR GARCIA AGUIRRE, Notario Público Suplente de la Tercera Notaria de Antofagasta, con oficio en calle José de San Martin N°2745, de esta comuna, certifica: Que Por escritura pública de rectificación de fecha 10 de junio de 2022, numero de repertorio 2743-2022, ante el Notario Público Titular, doña JOCELYN CECILIA PEREZ SEGOVIA, cedula de identidad número dieciséis millones cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos sesenta guion cero, en representación de don LUIS ANDRES AGUILA GUARDIA, chileno, ingeniero en administración de empresas, soltero, domiciliado en Pasaje Rio Teno número novecientos cuarenta, comuna y Región de Antofagasta, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos treinta y dos mil quinientos sesenta y uno guion nueve; doña NAYADE VALESKA ALVAREZ IRRIBARREN, chilena, estudiante, soltera, domiciliada en calle Pasaje Rio Teno número novecientos cuarenta, comuna y Región de Antofagasta, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos treinta y dos mil doscientos noventa y cinco guion cuatro; y don DIEGO ARIEL ÁGUILA VENEGAS, chileno, soltero, cedula nacional de identidad número diecinueve millones seiscientos noventa y tres mil doscientos veinticuatro guion cero, con domicilio en calle Teatinos número siete mil ciento veinte, Conductor Profesional Clase A2- A4, en calidad de mandataria, cuyo mandato consta en escritura pública de modificación de sociedad, en su Artículo Quinto Transitorio fecha diez de junio de dos mil veintidós; rectifica escritura de modificación y constitución de sociedad AGUILA SERVICES SpA, cuyo asciende a la cantidad de $3.000.000 millones de pesos, dividido en 30 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal. Que, por un error de redacción involuntario se señaló de manera errónea en el TITULO PRIMERO de dicha escritura de modificación y constitución de sociedad, que la inscripción de la constitución de la sociedad se encuentra a fojas doscientos siete bajo el numero quinientos veintisiete, a su vez en el extracto de la escritura pública se señala la misma inscripción errónea. Por el presente instrumento, vengo en rectificar la escritura individualizada en su parte primera y el extracto de escritura pública, señalando que la inscripción de la constitución de sociedad se encuentra inscrita a fojas setecientos sesenta y cinco, bajo el número quinientos treinta y dos del año dos mil doce. Doy fe. Antofagasta, 05 de julio de 2022.

公司信息

Ltda
calle Angel Muñoz número novecientos setenta y ocho
管理方式: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio LUIS ANDRÉS ÁGUILA GUARDIA, con amplias facultades y autocontratación

资本

总资本

$2.000.000

股东(2)

姓名持股比例

LUIS ANDRÉS ÁGUILA GUARDIA

Socio

18.xxx.xxx-9

-

NAYADE VALESKA ALVAREZ IRRIBARREN

Socio

18.xxx.xxx-4

-

管理人(1)

LUIS ANDRÉS ÁGUILA GUARDIA

18.xxx.xxx-9Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2012年3月1日

    Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada.

    LUIS ANDRÉS ÁGUILA GUARDIA · NAYADE VALESKA ALVAREZ IRRIBARREN

摘要官方正文

DENISE PAOLA FAJARDO FAJARDO, Notario Público Suplente del Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, don NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA, con domicilio Prat Nº 470 Local 3 - Antofagasta, Certifica: que por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2020, don LUIS ANDRES ÁGUILA GUARDIA, chileno, empleado, soltero, cédula nacional de identidad Nº 18.232.561-9 y doña NAYADE VALESKA ALVAREZ IRRIBARREN, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad Nº 18.232.295-4 ambos domiciliados en esta ciudad, calle Angel Muñoz número novecientos setenta y ocho; modifican la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “LUIS ÁGUILA GUARDIA Y COMPAÑÍA LIMITADA” RUT Nº 76.202.979-0, cuyo capital es de $2.000.000.-; Constituida por escritura pública de fecha de marzo de dos mil doce, ante don José Luis Ayala Manríquez quien fuera notario público titular de la primera notaria de Antofagasta, bajo el repertorio número seiscientos cuarenta guion dos mil doce, cuyo extracto de esta se inscribió a fojas 207 bajo el número 527, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta, con fecha veintitrés de marzo del año dos mil doce. Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en modificar el pacto social constitutivo en los siguientes términos, los socios modifican el artículo quinto del estatuto social en el siguiente tener “QUINTO: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio don LUIS ANDRÉS ÁGUILA GUARDIA, quien, anteponiendo la razón social a su firma personal, podrá actuar a su nombre, representándola con las más amplias facultades, incluso con disposición de bienes sin limitación alguna, pudiendo obligarla en toda clase de gestiones, actos o contratos, con facultades para consentir en cláusulas de la esencia, de la naturaleza y meramente accidentales de los mismos. Sin que la enumeración que sigue a continuación sea taxativa o importe limitación a las facultades de administración, don LUIS ANDRÉS ÁGUILA GUARDIA podrá, por vía de ejemplo, ejecutar y celebrar los siguientes actos y contratos: Uno. Dictar las normas e instrucciones necesarias para la administración, dirección, organización, planificación y control de los negocios sociales, inspeccionar la marcha de las operaciones y el cumplimiento de los contratos que se celebren. Dos. Adquirir y enajenar, en cualquiera de sus formas, toda clase de bienes muebles e inmuebles, sea por tradición, ocupación o accesión, interrumpir las prescripciones y ejercitar acciones posesorias respecto de toda clase de bienes.- Tres. Ejercitar y renunciar todas las acciones y derechos que correspondan a la sociedad en los contratos que celebre y en los cuasi contratos que en su favor o en su contra nacieren. Cuatro. Celebrar, modificar, dejar sin efecto, anular, resolver, resciliar, prorrogar, terminar, disolver, renovar y poner término a toda clase de actos y contratos. Comprar, vender, permutar, aportar, gravar e hipotecar y, en general, enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, entre ellos valores mobiliarios y acciones, pactar precios, condiciones, plazos y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, ejercitar y renunciar todos los derechos que al comprador o vendedor otorgaren los Código de Comercio.- Cinco. Convenir con el Fisco, las Municipalidades y otras corporaciones públicas, todo lo concerniente a expropiaciones por causa de utilidad pública, ejercitando respecto de ellas las facultades anteriormente indicadas para la compraventa.- Seis. Aceptar cesiones de créditos civiles y mercantiles, derechos de herencia y litigiosos.- Siete. Dar y tomar en arrendamiento, con o sin opción decompra, toda clase de bienes muebles e inmuebles y servicios materiales o inmateriales, fijando rentas, cánones, precios, condiciones y honorarios, pudiendo cobrar y percibir las rentas, entregar o recibirlos bienes dados o entregados en arrendamiento y ejercitar y renunciartodas las acciones que las leyes le otorgan al arrendador y al arrendatario.- Ocho. Celebrar, modificar y poner término a toda clase de contratos de trabajo y de prestación de servicios, sean ellos profesionales o no. Celebrar y modificar contratos colectivos, firmar actas de avenimiento y suscribir finiquitos.- Nueve. Representar a lasociedad con voz y voto en las asociaciones, comunidades ysociedades, sean civiles o comerciales, en que actualmente ella tenga parte o interés o llegue a tenerlo en lo sucesivo, modificarlas, pedir sudisolución anticipada y su liquidación y partición, designarliquidadores, jueces compromisarios y partidores, fijando plazos, condiciones y modo para efectuar la liquidación, someter a compromiso y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y cumplir las obligaciones que a la sociedad corresponda comocomunero, socio o interesado en tales sociedades, comunidades y asociaciones.- Diez. Representar a la sociedad ante toda clase de personas, naturales o jurídicas, de derecho público o privado, entre ellas el Servicio de Impuestos Internos, Tesorerías, Servicio de Aduanas, Servicios de la Vivienda, Servicio Nacional de Salud,Administradoras de Fondos de Pensiones, instituciones y organismos de Previsión, Dirección e Inspecciones del Trabajo, Banco Central, Corporación de Fomento de la Producción o cualquier otro.- Once. Dar y tomar bienes en comodato en cualquier condición, ponerles término y ejercitar las acciones que en tales contratos resulten para lasociedad.- Doce. Dar y tomar dinero o cosas fungibles en mutuo, fijando o no intereses, plazos, condiciones y modalidades con toda clase de personas naturales o Jurídicas como mutuante o mutuario.- Trece. Dar y recibir cosas en depósito, sea voluntario o necesario y en secuestro.- Catorce. Celebrar contratos de transportes, fletamento, cambio y correduría, celebrar contratos para constituir agentes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, representantes o subagentes, celebrar contratos de seguro terrestre, marítimo y aéreo o de poliza en garantía, y en general ejercitar todas las acciones y derechos que se relacionen con esos actos y contratos.- Quince. Celebrar contratos leasing, en cualquiera de sus formas, de corretaje o mediación, distribución y comisiones para comprar y vender.- Dieciséis. Realizar toda clase de contratos y operaciones de cambio y de comercio exterior. Importar y exportar toda clase de mercaderías y realizar todos los actos, contratos y actuaciones necesarias para operaciones de importación y exportación. Para tal efecto, podrá representar a la sociedad en toda clase de diligencias consulares y ante Aduanas de Chile o del extranjero, con facultades para firmar manifiestos, pólizas, partidas en los libros, fianzas, pagarés y todos los documentos requeridos para el despacho y recepción de mercaderías, constituyendo responsable a la sociedad para todos los actos que realice. Diecisiete. Otorgar, endosar, negociar y enajenar toda clase de documentos mercantiles, conocimientos, facturas y documentos consulares. Dieciocho. Celebrar contratos de sociedad, comunidad o asociación o vincular a la sociedad como socia o comunera, modificar y disolver las mismas, y representar a la sociedad en aquellas entidades de la que forme parte o tenga o pueda llegar a tener interés.- Diecinueve. Solicitar concesiones fiscales y municipales y aceptar las que se otorguen a la sociedad, pudiendo para este efecto, firmar solicitudes, planos, escrituras públicas y privadas. Representar a la sociedad en toda clase de diligencias o tramitaciones consulares.- Veinte. Otorgar, enajenar y negociar toda clase de documentos mercantiles.- Veintiuno. Constituir fianzas, celebrar contratos de prenda, hipoteca o de cualquier otra clase de garantías, dando y recibiendo bienes en tal carácter para caucionar obligaciones naturales, civiles y mercantiles propias del giro de la sociedad, como también aceptar las garantías que se constituyan a favor de la sociedad. Veintidós. Aceptar la constitución de derechos de uso o usufructo de la sociedad sobre bienes de terceros.- Veintitrés. Celebrar contratos de cuenta corriente mercantil.- Veinticuatro. Ejecutar toda operaciones bancarias, tales como, abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias de depósito y de crédito en moneda nacional o extranjera, en cualquier Banco; girar y sobregirar en cuenta corriente; dar órdenes decargo en cuenta comente mediante procedimientos manuales, telefónicos o cibernéticos, girar, depositar, endosar, cobrar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago y hacer protestar cheques, revalidarlos o prorrogarlos, así como también otros documentos a la vista; retirartalonarios de cheques, solicitar y reconocer saldos; abrir y cerrar cuentas de ahorro a la vista o a plazo y realizar depósitos o giros en lasmismas.- Veinticinco. Contratar toda clase de operaciones de crédito, especialmente con Bancos e Instituciones Financieras, Banco delEstado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de créditos nacionales o extranjeras, fiscales o particulares, bajo cualquier modalidad, esto es, créditos bajo la formade apertura de líneas de créditos, préstamos, mutuos, préstamos con letras o avances contra aceptación o contra valores, descuentos,créditos o avances en cuenta corriente u otros. Estos créditos pueden pactarse con o sin garantía, en moneda nacional o extranjera, reajustables o no; abrir en Bancos, por cuenta propia o ajena, créditossimples y documéntanos, autorizar cargos en cuenta corriente para boletas bancarias de garantía o para cualquier otro fin; operar en formaamplia en el mercado de capitales e inversiones.- Veintiséis. Girar, aceptar, reaceptar, suscribir, endosar en dominio o en comisión de cobranza, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, descontar ycancelar letras de cambio, pagarés a la orden y cualquier clase de instrumentos negociables, así como ejercitar todas las acciones que a lasociedad corresponda respecto de tales documentos.- Veintisiete. Pedir herencias, solicitar posesiones efectivas, aceptar o rechazar herenciascon beneficio de inventario o sin él, firmar inventarios simples o solemnes.- Veintiocho. Otorgar mandatos generales o especiales, pudiendo a su vez otorgar a los mandatarios la facultad de conferirmandatos y revocarlos, modificarlos y delegar en todo o en parte lasatribuciones de administración o los poderes o representaciones que la sociedad detente de terceros en cualquier persona natural o jurídica.- Veintinueve. Obligar a la sociedad como codeudora o fianza, y general, comprometer a la sociedad en toda clase de obligaciones, conjuntas o solidarlas, pudiendo pactar solidaridad activa o pasiva.- Treinta. Establecer, suprimir o modificar agencias de la sociedad, sea en Chile o en el extranjero. Treinta y uno. Representar en juicios a la sociedad ante toda clase de Tribunales, ordinarios o especiales, en toda clase de juicios o actos, contenciosos o no contenciosos, con las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, en particular desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos y los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir.- Treinta y dos. Registrar las direcciones telegráficas y cablegráficas de la sociedad, arrendar casillas de correo, retirar toda clase de correspondencia ordinaria, certificada u oficial de Correo, telégrafos, ferrocarriles, aduanas, cobrar y percibir valores,^ giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, cargas, bultos, paquetes y envío.- Treinta y tres. Solicitar la propiedad comercial e industrial sobre marcas comerciales, modelos industriales, patentes de invención, pudiendo oponerse a inscripciones de terceros, deducir apelaciones, solicitar nulidades y, en general, actuar en todos los trámites e incidencias que se promuevan. Transferir, adquirir y celebrar contratos de Royalties o licencias sobre toda clase de propiedad intelectual o industrial y procedimientos industriales. Este poder se mantendrá vigente respecto del Banco Central de Chile, mientras su terminación no sea notificada a dicha institución por un Ministro de Fe, salvo que, valiéndose la sociedad mandante o los mandatarios designados de cualquier otro medio de comunicación, ponga en conocimiento del Banco Central de Chile o tome éste conocimiento en cualquier forma de la revocación del poder o de la circunstancia de haber éste terminado por cualquier otra causal.- Quedando facultado expresamente para AUTOCONTRATAR.-“Lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes las cláusulas del pacto social y modificaciones en su actual redacción. Otras estipulaciones escritura. ANTOFAGASTA, 15 de junio de 2020.

最近登记事项

  1. CONSTITUCIÓN

    AGUILA SERVICES SpA

    CVE 2152713

  2. MODIFICACIÓN

    LUIS ÁGUILA GUARDIA Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1774500

公司关系

公司人物Diario Oficial