Sociedad Agrícola Santa Florencia Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 80% | - |
JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 20% | - |
Corporate history on record
- Transfer of rights
Sergio Joaquín Guerra Gómez cede el 20% de sus derechos sociales a Joaquín Segundo del Carmen Guerra Mora por $500.000
SERGIO JOAQUÍN GUERRA GÓMEZ · JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA
- Partner withdrew
Sergio Joaquín Guerra Gómez se retira de la sociedad e ingresa Joaquín Segundo del Carmen Guerra Mora
SERGIO JOAQUÍN GUERRA GÓMEZ · JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA
Official extract text
ALFREDO ROSAS ROA, Notario Curicó, suplente titular René León Manieu, Carmen 489, certifica: Por escritura hoy ante mí, ANA DEL CARMEN GÓMEZ NAVARRO, Run 10.787.857-2, SERGIO JOAQUÍN GUERRA GÓMEZ, Run 16.858.808-9 y JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA, Run 8446031-1; modificaron “SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA FLORENCIA LIMITADA”, inscrita a fojas 704 Nº 487 del Registro Comercio del conservador de Bienes Raíces de Curicó año 2012, en lo siguiente: a) Por este instrumento los socios doña ANA DEL CARMEN GÓMEZ NAVARRO y don SERGIO JOAQUÍN GUERRA GÓMEZ, en su calidad de únicos y actuales socios, acuerdan modificar el pacto social primitivo en el siguiente sentido: El socio don SERGIO JOAQUÍN GUERRA GOMEZ vende, cede y transfiere todos sus derechos sociales equivalentes a un 20% a don JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA en la suma de $500.000, que éste último paga al contado y en dinero en efectivo.- b) Conformación actual, distribución de ganancias y pérdidas: Como consecuencia de la modificación indicada, se retira de la sociedad don SERGIO JOAQUÍN GUERRA GOMEZ e ingresa a ella don JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA quedando conformada de la siguiente manera: Doña ANA DEL CARMEN GOMEZ NAVARRO, con un 80% del capital social y don JOAQUÍN SEGUNDO DEL CARMEN GUERRA MORA con un 20% del capital social. Los actuales socios de la referida sociedad continuarán distribuyendo a prorrata de sus respectivos aportes tanto las utilidades como las eventuales pérdidas como se señaló.- Los socios, de conformidad al artículo segundo de la Ley Nº 3.918 del año 1973, limitan sus responsabilidades al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Curicó, 06 de enero 2017
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA FLORENCIA LIMITADA
CVE 1178099
