Limited liability company76.160.663-8

Inmobiliaria Nehuen Limitada

MODIFICACIÓN — Aug 22, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-08-22View PDF (CVE 1450784)

Corporate information

Ltda
Ongolmo 1255

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· May 10, 2018

    Se otorga escritura pública de cesión de derechos y modificación social de INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA.

    KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS · LUÍS RODRIGO ESPINOZA SALAS · INGENIERÍA ELÉCTRICA Y CONSTRUCCIÓN FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA · INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA · MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS · ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO

Official extract text

RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público, Concepción, calle Rengo Nº 444 Certifica: Escritura pública 19 de julio de 2018, doña KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, Portal de la Tarde 1290, casa C, Lomas de San Sebastián, Concepción, por sí y en representación de LUÍS RODRIGO ESPINOZA SALAS, O’Higgins número 1263, Concepción; INGENIERÍA ELÉCTRICA Y CONSTRUCCIÓN FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA, Ongolmo 1255, oficina 1, Concepción; INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, Ongolmo 1255, Concepción; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS, Ongolmo 1255, Concepción; ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO, Portal de la Tarde 1290, casa B, Lomas de San Sebastián, Concepción, en virtud de mandato que consta en cláusula décimo primera de Escritura Pública de fecha 10 de mayo de 2018, repertorio 5775-2018, otorgada ante Ramón García Carrasco, sanea vicio conforme ley 19.499: 1) inscripción tardía del extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, respecto escritura pública de cesión de derechos y modificación social de la sociedad INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA, de fecha 10 de mayo de 2018, otorgada ante Ramón García Carrasco, domicilio señalado,; 2) respecto de escritura pública de cesión de derechos y modificación social de la sociedad INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA, de fecha 10 de mayo de 2018, otorgada ante Ramón García Carrasco, domicilio señalado, se elimina de CLÁUSULAS TERCERA, CUARTA Y SÉPTIMA la palabra SOCIEDAD que precede a las frases INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA, INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA e INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA y, en su lugar se agrega la palabra sociedad y, que se elimina de la CLÁUSULA CUARTA, previo a la palabra sociedad que antecede a la frase INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA, la palabra compañía, quedando las mencionadas cláusulas tercera, cuarta y séptima, respectivamente y en su parte pertinente, en la forma señala en escritura extractada.-. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, Julio 26 de 2018. gmm.

AmendmentDiario Oficial · 2018-06-27View PDF (CVE 1421333)

Corporate information

Ltda
calle Ohiggins 739
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a MISAEL ANANIAS FLORES LARA individualmente o a KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS en forma conjunta con MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS

Shareholders (4)

Legal representation (4)

MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS

On behalf of Sociedad INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA

KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS

On behalf of Sociedad INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 28, 2011

    Se constituyó INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA.

  2. Transfer of rights

    Luis Rodrigo Espinoza Salas cede el 100% de sus derechos sociales a Inmobiliaria Doña Julia Limitada, equivalente al 50% de la sociedad.

    LUIS RODRIGO ESPINOZA SALAS · INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA

  3. Transfer of rights

    Ingenieria Electrica y Construccion Flores y Flores Compañía Limitada cede el 100% de sus derechos sociales a Inmobiliaria Doña Julia Limitada, Misael Andrés Manuel Flores Ramos, Elena Elizabeth Ramos Avello y Katia Elena Andrea Flores Ramos.

    INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA · INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA · MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS · ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO · KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS

  4. Change of administrator

    Se reemplaza la cláusula cuarta sobre administración y representación social.

    MISAEL ANANIAS FLORES LARA · KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS · MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS

Official extract text

RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Concepción Oficio Rengo 444, Concepción, certifica: por escritura pública ante mí fecha 10-05-2018, LUIS RODRIGO ESPINOZA SALAS, por sí, domiciliado en calle Ohiggins 739, Concepción; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS y KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, ambos en representación de Sociedad INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA, todos ellos domiciliados en calle Ongolmo 2155, Concepcion; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS y KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, ambos en representación de INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS, por sí, domiciliado en calle Portal de la Tarde N°1290 casa B Lomas de San Sebastián, Concepcion, KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, por sí, domiciliada en calle Portal de la Tarde N°1290 casa C, y ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO, por sí, domiciliada en calle Portal de la Tarde 1290 casa B, Lomas de San Sebastián, Concepcion. Modificaron INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA, RUT N°76.160.663-8, constituida por escritura pública fecha 28. 07.2011, ante Notario Titular de Concepción, Maria Eugenia Rivera Gonzalez, extracto inscrito Registro de Comercio Concepción, Fs. 1.859 Vta N° 1.462, año 2011. Publicado Diario Oficial de fecha 01.08.2011. Modificaciones: LUIS RODRIGO ESPINOZA SALAS vende, cede y transfiere a INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA con autorización expresa de todos los socios, el 100% de sus derechos sociales, que corresponden al 50% de derechos que se radican en la sociedad, precio $5.000.000, cesionario paga al cedente en este acto, en dinero efectivo. INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA vende, cede y transfiere con autorización expresa de todos los socios, el 100% de sus derechos sociales , que corresponden al 50% de derechos que se radican en la sociedad a: INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, de don Misael Andrés Manuel Flores Ramos, de doña Elena Elizabeth Ramos Avello y de doña Katia Elena Andrea Flores Ramos, quienes compran y adquieren para sí, la totalidad de los derechos sociales señalados, en la siguiente proporción: A) INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 40%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión $2.000.000, que el cesionario paga al cedente de contado, en este acto. B) don MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS, compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 20%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión$1.000.000, que el cesionario paga al cedente de contado, en este acto. C) doña ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO, quien compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 20%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión $1.000.000, que el cesionario paga al cedente de contado, en este acto. D) doña KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, quien compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 20%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión $1.000.000. Quedan como únicos socios de la compañía INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA: la sociedad INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, con 70% de participación social, don MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS con 10% de participación social, doña ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO con 10% de participación social y doña KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS con 10% de participación social. Se reemplazan Clausula CUARTA: el siguiente sentido: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Don MISAEL ANANIAS FLORES LARA individualmente o a doña KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS en forma conjunta con don MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS quienes anteponiendo la razón social a sus nombres, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla con las más amplias facultades y, sin que la enumeración sea taxativa, podrá realizar todos y cada uno de los actos y contratos, señalados en los números Uno) al Treinta y Uno), ambos inclusive, de los estatutos primitivos, las cuales se entienden reproducidas para todo efecto legal. En lo no modificado quedan vigentes disposiciones contrato social. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, Junio 25 de 2018. gmm

AmendmentDiario Oficial · 2018-06-14View PDF (CVE 1413908)

Corporate information

Ltda
calle Ohiggins 739
Administration: Indistinta o conjunta

Shareholders (4)

Legal representation (4)

MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS

On behalf of Sociedad INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA

KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS

On behalf of Sociedad INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA

MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS

On behalf of INMOBILIARIA ADOÑA JULIA LIMITADA

KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS

On behalf of INMOBILIARIA ADOÑA JULIA LIMITADA

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 28, 2011

    Constitución original de la sociedad Inmobiliaria Nehuen Limitada.

  2. Transfer of rights

    Luis Rodrigo Espinoza Salas cede el 100% de sus derechos sociales a Inmobiliaria Doña Julia Limitada, correspondiente al 50% de la sociedad.

    LUIS RODRIGO ESPINOZA SALAS · INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA

  3. Transfer of rights

    Ingeniería Eléctrica y Construcción Flores y Flores Compañía Limitada cede sus derechos sociales a Inmobiliaria Doña Julia Limitada, Misael Andrés Manuel Flores Ramos, Elena Elizabeth Ramos Avello y Katia Elena Andrea Flores Ramos.

    INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA · INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA · MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS · ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO · KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS

Official extract text

JORGE ULLOA CONCHA, Notario suplente de titular RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción, certifica: por escritura pública ante el Titular de fecha 10-05-2018, LUIS RODRIGO ESPINOZA SALAS, por sí, domiciliado en calle Ohiggins 739, Concepción; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS y KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, ambos en representación de Sociedad INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA, todos ellos domiciliados en calle Ongolmo 2155, Concepcion; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS y KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, ambos en representación de INMOBILIARIA ADOÑA JULIA LIMITADA ; MISAEL ANDRÉS MANUEL FLORES RAMOS, por sí, domiciliado en calle Portal de la Tarde N°1290 casa B Lomas de San Sebastián, Concepcion, KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS, por sí, domiciliada en calle Portal de la Tarde N°1290 casa C, y ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO, por sí, domiciliada en calle Portal de la Tarde 1290 casa B, Lomas de San Sebastián, Concepcion. Modificaron SOCIEDAD INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA, RUT N°76.160.663-8, constituida por escritura pública fecha 28. 07.2011, ante Notario Titular de Concepción, Maria Eugenia Rivera Gonzalez, extracto inscrito Registro de Comercio Concepción, Fs. 1.859 Vta N° 1.462, año 2011. Publicado Diario Oficial de fecha 01.08.2011. Modificaciones: LUIS RODRIGO ESPINOZA SALAS vende, cede y transfiere a INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA con autorización expresa de todos los socios, el 100% de sus derechos sociales, que corresponden al 50% de derechos que se radican en la sociedad, precio $5.000.000, cesionario paga al cedente en este acto, en dinero efectivo. INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCION FLORES Y FLORES COMPAÑÍA LIMITADA vende, cede y transfiere con autorización expresa de todos los socios, el 100% de sus derechos sociales , que corresponden al 50% de derechos que se radican en la sociedad a: INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, de don Misael Andrés Manuel Flores Ramos, de doña Elena Elizabeth Ramos Avello y de doña Katia Elena Andrea Flores Ramos, quienes compran y adquieren para sí, la totalidad de los derechos sociales señalados, en la siguiente proporción: A) SOCIEDAD INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 40%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión $2.000.000, que el cesionario paga al cedente de contado, en este acto. B) don MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS, compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 20%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión$1.000.000, que el cesionario paga al cedente de contado, en este acto. C) doña ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO, quien compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 20%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión $1.000.000, que el cesionario paga al cedente de contado, en este acto. D) doña KATIA ELENA ANADREA FLORES RAMOS, quien compra y adquiere para sí derechos sociales correspondientes al 20%de la totalidad de los derechos del cedente en la sociedad; el precio de la cesión $1.000.000. Quedan como únicos socios de la compañía SOCIEDAD INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA: la sociedad INMOBILIARIA DOÑA JULIA LIMITADA, con 70% de participación social, don MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS con 10% de participación social, doña ELENA ELIZABETH RAMOS AVELLO con 10% de participación social y doña KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS con 10% de participación social. Se reemplazan Clausula CUARTA: el siguiente sentido: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Don MISAEL ANANIAS FLORES LARA individualmente o a doña KATIA ELENA ANDREA FLORES RAMOS en forma conjunta con don MISAEL ANDRES MANUEL FLORES RAMOS quienes anteponiendo la razón social a sus nombres, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla con las más amplias facultades y, sin que la enumeración sea taxativa, podrá realizar todos y cada uno de los actos y contratos, señalados en los números Uno) al Treinta y Uno), ambos inclusive, de los estatutos primitivos, las cuales se entienden reproducidas para todo efecto legal. En lo no modificado quedan vigentes disposiciones contrato social. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, Junio 01 de 2018.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA

    CVE 1450784

  2. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA

    CVE 1421333

  3. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD INMOBILIARIA NEHUEN LIMITADA

    CVE 1413908

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