Sociedad Educacional Cruz Del Sur Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
MARION FELICITAS SCHAUB ALBERTZ Socio | - | - | - |
Legal representation (1)
Corporate history on record
- Other act· August 31, 2017
Se otorgó una modificación social de la sociedad.
- Other act· October 13, 2017
Se modificó y complementó la escritura de 31/08/2017.
- Other act· November 13, 2017
Se complementa y rectifica la escritura modificada y complementada, y se sanea un vicio formal por falta de inscripción oportuna de los extractos.
ÓSCAR ARMANDO RIVAS DÍAZ · MARION FELICITAS SCHAUB ALBERTZ · MARCELO ANDRÉS ZIROTTI KEHR
Official extract text
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Temuco, Prat 770, certifico que por escritura pública de 13/11/2017, ante mí, ÓSCAR ARMANDO RIVAS DÍAZ, MARION FELICITAS SCHAUB ALBERTZ, ambos domiciliados calle Massman 419, ciudad y comuna Temuco y MARCELO ANDRÉS ZIROTTI KEHR, domiciliado en San Martín 828, Temuco, en representación de SOCIEDAD DE FOMENTO AGRICOLA DE TEMUCO ASOCIACION GREMIAL, en relación a modificación social de “SOCIEDAD EDUCACIONAL CRUZ DEL SUR LIMITADA” y cuyo nombre de fantasía es “CRUZ DEL SUR LTDA.”, RUT Nº 76.150.826-1, efectuada por escritura pública de 31/8/2017, otorgada ante Notario Público Temuco, don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular, don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se publicó en el D. Oficial de 2/9/2017; modificada y complementada por otra, de 13/10/2017, ante Notario Público Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se publicó en el D. Oficial del 23/10/2017: 1) Complementan y rectifican la última escritura mencionada, en los siguientes sentidos: a) La complementan, indicando que el extracto original de la modificación social del 31/8/17, fue publicado D. Oficial del 2/9/17; y, b) La rectifican, indicando que escritura modificada y complementada, de 31/8/17, fue otorgada ante Notario Temuco, don Rodrigo Sanhueza, Suplente del Titular, don Juan Antonio Loyola Opazo y no ante este último, como erróneamente se señaló en ella y en su extracto; y, 2) Sanean vicio formal de modificación de “SOCIEDAD EDUCACIONAL CRUZ DEL SUR LIMITADA”, de 31/8/2017, otorgada ante Notario Público de Temuco, don Rodrigo Sanhueza Ríos, Suplente del Titular, don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se publicó D. Oficial del 2/9/2017 y que fue modificada y complementada por escritura de 13/10/2017, otorgada ante Notario Público Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se publicó en D. Oficial, del 23/10/2017, por no haberse inscrito ambos extractos oportunamente en Registro Comercio domicilio social. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 20 noviembre 2017.
Corporate information
Capital
Total capital
$62.129.530
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 45% | $27.958.288 |
MARION FELICITAS SCHAUB ALBERTZ Socio | - | 5% | $3.106.477 |
SOCIEDAD DE FOMENTO AGRICOLA DE TEMUCO ASOCIACION GREMIAL Socio | - | 50% | $31.064.765 |
Legal representation (1)
Corporate history on record
- Other act· August 31, 2017
Se otorgó una modificación social previa de la Sociedad Educacional Cruz del Sur Limitada.
- Other act· September 2, 2017
Se publicó el extracto de la modificación anterior en el Diario Oficial.
Official extract text
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Temuco, Prat N° 770 Temuco, certifico que por escritura de fecha 13 de octubre de 2017, ante mí, ÓSCAR ARMANDO RIVAS DÍAZ, MARION FELICITAS SCHAUB ALBERTZ, ambos domiciliados calle Massman 419, ciudad y comuna Temuco y MARCELO ANDRÉS ZIROTTI KEHR, domiciliado en San Martín 828, Temuco, en representación de SOCIEDAD DE FOMENTO AGRICOLA DE TEMUCO ASOCIACION GREMIAL; modifican y complementan escritura de modificación de “SOCIEDAD EDUCACIONAL CRUZ DEL SUR LIMITADA”, RUT Nº 76.150.826-1, de fecha 31/8/2017, otorgada ante Notario Público que autoriza, cuyo extracto se publicó en Diario Oficial en su edición N° 41.850, Sección V, de fecha 2/9/2017, en siguientes sentidos: I.- La modifican, otorgándole nuevo texto a su cláusula cuarta, la que tendrá el siguiente tenor: “CUARTO: Como consecuencia de la modificación que, en virtud del presente instrumento se efectuó a la SOCIEDAD EDUCACIONAL CRUZ DEL SUR LIMITADA, específicamente en lo que dice relación con su capital social, se reemplazan la cláusula quinta del pacto social por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma total de SESENTA Y DOS MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA PESOS, que se aportaron y aportan por los socios de la siguiente forma: A) ÓSCAR ARMANDO RIVAS DÍAZ, aporta la suma de veintisiete millones novecientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho pesos, que ha enterado y entera de la siguiente forma: i) Con la suma de ocho millones setecientos setenta y siete mil seiscientos veintitrés pesos, ya enterados; e, ii) Con la suma de diecinueve millones ciento ochenta mil seiscientos sesenta y cinco pesos, que entera mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes muebles, avaluados por las partes de común acuerdo, en el valor que en cada caso de indica: a) Un Tractor Ford seis mil seiscientos, en la suma de seis millones quinientos mil pesos; b) Una Sembradora John Deere, en la suma de un millón cuatrocientos mil pesos; c) Una Rastra de dieciséis discos, en la suma de dos millones de pesos; d) Un Vibro cultivador, en la suma de un millón ochocientos mil pesos; e) Un Rodón, en la suma de un millón ciento cincuenta mil pesos; f) Un Motocultor con fumigadora, roto fresadora, en la suma de dos millones ciento cincuenta mil pesos; g) Un Coloso de tres mil Kilógramos, en la suma de novecientos cincuenta mil pesos; h) Una Cosechadora de papas, en la suma de un millón trescientos cincuenta mil pesos; i) Una motobomba cero coma cinco pulgadas, en la suma de treinta y un mil ochocientos sesenta y cinco pesos; j) Un Galletero, en la suma de veinticinco mil quinientos pesos; k) Un Serrucho eléctrico, en la suma de setenta y tres mil trescientos pesos; l) Una Motosierra Husquarna sesenta, en la suma de doscientos cincuenta mil pesos; y, m) Un Chancador, caja de comando y motor trifásico, en la suma de un millón quinientos mil pesos, correspondiéndole un cuarenta y cinco por ciento de la participación total en los derechos sociales; B) MARION FELICITAS SCHAUB ALBERTZ, aporta la suma de tres millones ciento seis mil cuatrocientos setenta y siete pesos, que ha enterado y entera de la siguiente forma: i) Con la suma de novecientos setenta y cinco mil doscientos noventa y dos pesos en dinero en efectivo, ya enterados; ii) Con el aporte en dominio, de los siguientes bienes muebles, avaluados por las partes de común acuerdo, en el valor que en cada caso de indica: a) Un Coloso de trescientos kilógramos, en la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos; b) Una Motobomba de una coma cinco pulgadas, en la suma de ciento ochenta y cinco mil pesos; c) Una Soldadora Indura ciento sesenta, en la suma de doscientos veinte mil pesos; d) Un Taladro, en la suma de cuarenta y dos mil quinientos pesos; e) Una Romana de quinientos kilógramos, en la suma de cuatrocientos ochenta mil ochocientos pesos; e) Una Romana Electrónica de ciento cincuenta kilógramos, en la suma de cuarenta mil pesos; y, f) Una Fumigadora Solo, en la suma de sesenta y cinco mil pesos; e, iii) Con la suma de seiscientos cuarenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco pesos, que entera y paga en este acto, de contado, correspondiéndole un cinco por ciento de la participación total en los derechos sociales; C) SOCIEDAD DE FOMENTO AGRICOLA DE TEMUCO ASOCIACION GREMIAL, la suma de treinta y un millones sesenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco pesos, que ha enterado y entera de la siguiente forma: i) Con la suma de nueve millones setecientos cincuenta y dos mil novecientos quince pesos en dinero en efectivo, ya enterados; ii) Con la suma de ciento dieciséis mil trescientos cincuenta pesos, pagados de contado, con fecha nueve de Diciembre del año dos mil dieciséis; iii) Con la suma de cinco millones ciento noventa y cinco mil quinientos pesos, pagados de contado con fecha veinte de Diciembre del año dos mil dieciséis; e, iv) Con la suma de dieciséis millones de pesos, que entera en este acto, de contado, correspondiéndole un cincuenta por ciento de la participación total en los derechos sociales”; y, II.- La complementan, con declaración jurada del socio, Óscar Armando Rivas Díaz, respecto del Tractor Ford seis mil seiscientos y de la Sembradora John Deere, singularizados respectivamente en las letras a) y b) del número UNO, de la cláusula tercera de la escritura de modificación social complementada, de treinta y uno de agosto del año en curso, en sentido que no cuentan con patentes que permitan su circulación en la vía pública, por los motivos indicados en la cláusula 2 de escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 20 de Octubre de 2017.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD EDUCACIONAL CRUZ DEL SUR LIMITADA
CVE 1306712
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD EDUCACIONAL CRUZ DEL SUR LIMITADA
CVE 1291325
