有限责任公司76.141.381-3

Moto Encargo Limitada

MODIFICACIÓN — 2024年11月25日

税务信息(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

开始经营

SII 未报告开始经营日期

经济活动

SII 中没有登记的经济活动

盖章文件

SII 中没有登记的盖章文件

Diario Oficial

公司信息

Ltda
管理方式: Juan Francisco Palominos Figueroa, quien contará con las más amplias facultades de administración y representación

股东(2)

姓名持股比例

Juan Francisco Palominos Figueroa

Socio

-

Erickson Michel Labarca Echeverría

Socio

-

管理人(1)

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2014年5月6日

    Se adquiere la totalidad de los derechos de Sociedad Comercial Encargoline Limitada y se modifica la razón social a Moto Encargo Limitada.

    Sergio Jhonattan Rivas Barraza · Marta Elena Barraza Riquelme · Juan Francisco Palominos Figueroa · Erickson Michel Labarca Echeverría

  2. 股东退出· 2024年11月15日

    Sergio Jhonattan Rivas Barraza cede la totalidad de sus derechos a Juan Francisco Palominos Figueroa.

    Sergio Jhonattan Rivas Barraza · Juan Francisco Palominos Figueroa

  3. 股东退出· 2024年11月15日

    Marta Elena Barraza Riquelme cede la totalidad de sus derechos a Erickson Michel Labarca Echeverría.

    Marta Elena Barraza Riquelme · Erickson Michel Labarca Echeverría

  4. 管理人变更· 2024年11月15日

    La administración, representación y uso de la razón social queda a cargo de Juan Francisco Palominos Figueroa.

    Juan Francisco Palominos Figueroa

摘要官方正文

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos Nº 835, P.18, certifica por escritura pública de fecha 15 de noviembre de 2024, hoy ante mí suplente doña JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA; Sergio Jhonattan Rivas Barraza, Marta Elena Barraza Riquelme, Juan Francisco Palominos Figueroa y Erickson Michel Labarca Echeverría, todos mayores de edad. Por escritura pública de fecha 6 de mayo de 2014, otorgada ante el Notario público de Santiago don Feliz Jara Cadot, entonces titular de la Cuadragésima Primera Notaría adquirieron totalidad de los derechos de Sociedad Comercial Encargoline Limitada, modificando en el mismo acto la razón social a Moto Encargo Limitada, acto que quedó inscrito en el Registro de Comercio C.B.R. Santiago al margen de fojas 41.483, número 25.796, año 2014, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en el D.O. el día 7 de junio de 2014. Presente instrumento se retira de la sociedad Sergio Jhonattan Rivas Barraza, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y participación en el capital social, a Juan Francisco Palominos Figueroa, quien los compra, acepta y adquiere para sí en $400.000, que paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último que los recibe conforme y a su entera satisfacción. De igual forma, Marta Elena Barraza Riquelme, se retira de la sociedad, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y participación en el capital social, a Erickson Michel Labarca Echeverría, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma en $200.000, que paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último que los recibe conforme y a su entera satisfacción. Como consecuencia de las cesiones de derecho antes señaladas, quedan como únicos socios de "Moto Encargo Limitada", Juan Francisco Palominos Figueroa y Erickson Michel Labarca Echeverría, ambos de derechos, acciones y participación en el capital social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. actuales y únicos socios de Moto Encargo Limitada, acuerdan introducir las siguiente modificaciones al pacto social constituido: Modifican la cláusula tercera relativa a la ADMINISTRACION representación y uso de la razón social, la cual corresponderá a Juan Francisco Palominos Figueroa, quien contará con las más amplias facultades de administración y representación, todas ellas señaladas en el pacto social constitutivo y modificaciones posteriores, todas las cuales se dan por expresamente reproducidas una a una en este instrumento. utilidades se distribuirán, y las eventuales pérdidas se soportarán, por los socios, en proporción a su participación en el capital social. Asimismo, los socios, de común acuerdo, podrán no distribuir, total o parcialmente, las utilidades y, en tal caso, constituir fondos de reserva. En todo lo no modificado por el presente instrumento continúan plenamente vigentes cláusulas del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de noviembre de 2024.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    Moto Encargo Limitada

    CVE 2575150

公司关系

公司人物Diario Oficial历史关系(已结束)