Centro - Hostería Bosqueluz Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 90% | $1.800.000 |
Socio | - | 10% | $200.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Incorporation· October 13, 2010
Se constituye la sociedad CENTRO – HOSTERÍA BOSQUELUZ LIMITADA, o BOSQUELUZ.
- Transfer of rights· August 29, 2022
MARIA CAROLINA MARTA JULIA BLANCO BEARD cede 40% de sus derechos a MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO y 10% a SOFÍA GARCÍA PANTOJA.
MARIA CAROLINA MARTA JULIA BLANCO BEARD · MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO · SOFÍA GARCÍA PANTOJA
- Partner withdrew· August 29, 2022
Se retira de la sociedad MARIA CAROLINA MARTA JULIA BLANCO BEARD e ingresa SOFÍA GARCÍA PANTOJA.
MARIA CAROLINA MARTA JULIA BLANCO BEARD · SOFÍA GARCÍA PANTOJA
- Change of administrator· August 29, 2022
Se modifica la administración para que corresponda separada e indistintamente a MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO y SOFÍA GARCÍA PANTOJA.
- Capital change· August 29, 2022
Se fija el capital social en $2.000.000, distribuido entre MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO y SOFÍA GARCÍA PANTOJA.
Official extract text
Fernando Celis Urrutia, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña MARIA CAROLINA MARTA JULIA BLANCO BEARD, domiciliada en calle José Tomas Urmeneta 1107-C, depto. 842, Limache, Quinta Región, Don MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO, domiciliado en calle Hijuela Santa Luisa, parcela 3, El Quisco, Quinta Región, y doña SOFÍA GARCÍA PANTOJA, domiciliada en calle Candelaria Goyenechea 3983, depto. 204, comuna de Vitacura, Santiago; modifican la sociedad de responsabilidad limitada “CENTRO – HOSTERÍA BOSQUELUZ LIMITADA”, o nombre de fantasía “BOSQUELUZ”, RUT N° 76.118.679-5, la que se constituyó por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2010, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia; un extracto de la referida Escritura Pública de Constitución Social se inscribió a fojas 54554, número 37946 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010; y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 39791 de fecha viernes 22 de octubre del año 2010.- La sociedad no ha sido modificada.- Modificación consiste: a) la socia doña Maria Carolina Marta Julia Blanco Beard, vende, cede y transfiere el cuarenta por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Mauricio García Castelblanco, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de ochocientos mil pesos, suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- b) la socia doña Maria Carolina Marta Julia Blanco Beard, vende, cede y transfiere el diez por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a doña Sofía García Pantoja, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de doscientos mil pesos, suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- Como consecuencia de las cesiones, se retira de la sociedad doña Maria Carolina Marta Julia Blanco Beard e ingresa a la sociedad doña Sofía García Pantoja, quedando las participaciones sociales del modo siguiente: a) Don Mauricio García Castelblanco, con un 90% del capital social y propiedad de la sociedad; y b) Doña Sofía García Pantoja, con un 10% del capital social y propiedad de la sociedad.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula TERCERA del pacto social primitivo, referente a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “TERCERO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a don MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO, y a doña SOFÍA GARCÍA PANTOJA. Tales administradores, actuando en forma separada por la sociedad, estarán investidos de todas las facultades de administración detalladas en escritura extractada”.- Los actuales socios, modifican la cláusula CUARTA del pacto social primitivo, referente al capital de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de dos millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don MAURICIO GARCÍA CASTELBLANCO, aporta y entera la suma de un millón ochocientos mil pesos, equivalentes al noventa por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; y b) Doña SOFÍA GARCÍA PANTOJA, aporta y entera la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social”.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rigen todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Santiago, 23 de agosto del año 2022.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
CENTRO - HOSTERÍA BOSQUELUZ LIMITADA
CVE 2179761
