有限责任公司76.098.113-3

Asesorías E Inversiones Santa María Limitada

MODIFICACIÓN — 2023年1月28日

Diario Oficial

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公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales
管理方式: La administración y uso de la razón social corresponderá en forma individual y con amplias facultades a don FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE.

公司目的

La inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes corporales e incorporales, tales como, valores mobiliarios, fondos mutuos, valores, créditos, bonos, debentures, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble, y cualquier otro negocio que los socios quieran hacer en el futuro.

资本

总资本

$752.962

实缴资本

$752.962

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE

Socio

9.xxx.xxx-6

90%

MARÍA FRANCISCA CÓRDOVA ARAVENA

Socio

13.xxx.xxx-6

10%

管理人(1)

FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE

9.xxx.xxx-6Administrador

SII 代表(1)

FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE

9.xxx.xxx-6Representante

摘要官方正文

ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, según Decreto ya protocolizado en esta Notaría, de este domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 21 de diciembre de 2022, ante mí, comparecen Don FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos guion seis, y Doña MARÍA FRANCISCA CÓRDOVA ARAVENA, chilena, cónyuge del anterior, periodista, cédula nacional de identidad número trece millones cincuenta y cinco mil seiscientos ocho guion seis, ambos domiciliados para estos efecto Avenida José Alcalde Délano número diez mil quinientos cuarenta y cinco Lote Uno A, SB guion ochocientos sesenta y dos, doce, departamento doscientos dos, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Los comparecientes, debidamente facultados, modificaron por división la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA MARÍA LIMITADA”, de la siguiente forma: I. DIVISIÓN SOCIAL. Que, los actuales y únicos socios de “ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA MARÍA LIMITADA”, acuerdan en este acto, dividir esta Sociedad, resultando junto a la sociedad actual, una nueva sociedad que será de naturaleza de Responsabilidad Limitada y que nacerá producto de esta división social. La primera sociedad, será la continuadora legal de la existente y que obviamente mantendrá su Rol Único Tributario, nombre o razón social, objeto específico, personalidad y naturaleza jurídica, y que continuará sujeta al mismo estatuto por el que se rige actualmente, salvo las modificaciones relativas a la disminución del capital social, como consecuencia de la división; y la segunda sociedad, se constituirá también como sociedad de responsabilidad limitada, y cuyas estipulaciones se crearán por el presente instrumento. En este sentido, y para los efectos de la presente División, se utilizará un balance general de la Sociedad al día treinta de noviembre del año dos mil veintidós, el cual refleja por una parte, la situación patrimonial de la Sociedad con anterioridad a la División, y luego, la situación patrimonial de la misma con posterioridad a la División. Por último, se refleja también, la situación patrimonial de la nueva sociedad que se crea como consecuencia de la división. Por el presente acto, los socios declaran conocer y aprueban en forma unánime los balances de la empresa “ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA MARÍA LIMITADA”.- La información patrimonial que reflejan los balances mencionados, constan en escritura extractada.- II. APROBAR MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA MARÍA LTDA POR DISMINUCIÓN DE CAPITAL. Como consecuencia de la disminución del capital determinado en las operaciones singularizadas en escritura extractada, los únicos y actuales socios de la sociedad, acuerdan modificar los estatutos sociales de ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA MARÍA LIMITADA reemplazando íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por lo que señala a continuación: ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos cuarenta y siete mil treinta y ocho pesos que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) Don FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE, aporta la suma de doscientos veintidós mil trescientos treinta y cuatro pesos, pagados e ingresando directamente a la caja social y que representa el noventa por ciento de los derechos sociales, y B) Doña MARÍA FRANCISCA CÓRDOVA ARAVENA, aporta la suma de veinticuatro mil setecientos cuatro pesos, pagados e ingresando directamente a la caja social que representa el diez por ciento de los derechos sociales. Por tanto, el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado.- III. CONSTITUCIÓN DE “SOCIEDAD DE INVERSIONES LO ARCAYA LIMITADA”: Que, por el presente acto e instrumento los comparecientes, y producto de la división social antes referida, constituyen una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se crea como consecuencia de la división social, la que se regirá por ley número tres mil novecientos dieciocho del catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones, teniendo además, presentes las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiese estipulado en este contrato. El texto de los estatutos de la nueva sociedad que se crea como consecuencia de la división social, corresponde al siguiente: ESTATUTOS DE “SOCIEDAD DE INVERSIONES LO ARCAYA LIMITADA”.- SOCIOS: Los socios serán: Don FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE, chileno, casado con separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos guion seis; y Doña MARÍA FRANCISCA CÓRDOVA ARAVENA, chilena, cónyuge del anterior, periodista, cédula nacional de identidad número trece millones cincuenta y cinco mil seiscientos ocho guion seis, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida José Alcalde Délano número diez mil quinientos cuarenta y cinco Lote Uno A, SB guion ochocientos sesenta y dos, doce, departamento doscientos dos, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana.- DOMICILIO: El domicilio social será en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que pudiere llegar a tener en el resto del país.- RAZÓN SOCIAL: La razón social bajo la cual operará la sociedad será la de “SOCIEDAD DE INVERSIONES LO ARCAYA LIMITADA” pudiendo usar el nombre de fantasía de INVERSIONES LO ARCAYA.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: La inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes corporales e incorporales, tales como, valores mobiliarios, fondos mutuos, valores, créditos, bonos, debentures, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble, y cualquier otro negocio que los socios quieran hacer en el futuro.- ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma individual y con amplias facultades a don FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE, cédula de identidad número nueve millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos guión seis, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, en todos los actos y contratos que estén comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin limitación alguna, y con las facultades que constan en escritura extractada.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma setecientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta y dos pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: FELIPE EDUARDO CASTAÑO TASVILLE, aporta la suma de seiscientos setenta y siete mil seiscientos sesenta y seis pesos, que equivalen a un noventa por ciento de los derechos sociales, pagados e ingresando directamente a la caja social; y doña MARÍA FRANCISCA CÓRDOVA ARAVENA aporta la suma de setenta y cinco mil doscientos noventa y seis pesos que equivale al diez por cientos restante de los derechos sociales, pagados e ingresando directamente a la caja social. Por tanto, el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes.- DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha en que se hayan cumplido la totalidad de los requisitos legales para su existencia y reconocimiento como persona jurídica y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses, antes del fin del respectivo período.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago, 24 de enero de 2023.-

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