股份有限公司76.083.665-6

Transrucatayo S.A.

MODIFICACIÓN — 2025年2月12日

Diario Oficial

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公司信息

S.A.

公司目的

explotar y desarrollar sistemas eléctricos, de su propiedad o de terceros, destinados al transporte o transmisión de energía eléctrica, pudiendo para tales efectos obtener, adquirir y gozar las concesiones y permisos respectivos y ejercer todos los derechos y facultades que la legislación vigente confiera a las empresas eléctricas. Se comprende en el objeto social la comercialización de la capacidad de transporte de las líneas y de transformación de las subestaciones y equipos asociados a ellas, con el objeto que las centrales generadoras, tanto nacionales como extranjeras, puedan transmitir la energía eléctrica que producen y llegar hasta sus centros de consumo; el desarrollo de proyectos de almacenamiento de energía; la prestación de servicios complementarios; la prestación de servicios de consultoría en las especialidades de la ingeniería y de la gestión de empresas relacionadas con el objeto principal; el desarrollo de otras actividades comerciales e industriales que se relacionen con el aprovechamiento de la infraestructura destinada a la transmisión eléctrica, como por ejemplo apoyos en las estructuras físicas para empresas de telecomunicaciones u otros servicios como televisión, televisión por cable y la utilización de las mismas líneas para la transmisión de servicios de voz, imagen, vía Carrier por las líneas eléctricas, entre otros. En el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá actuar, directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, tanto en el país como en el extranjero, en materias relacionadas con su objeto. En el cumplimiento de sus objetos la compañía podrá desarrollar las siguientes facultades: promover, organizar, constituir, modificar, disolver o liquidar sociedades civiles o comerciales cuyo objeto social sea directa o indirectamente afín al de la compañía

资本

总资本

USD7.874.610,75

实缴资本

USD7.874.610,75

待缴资本

$0

股份

5,551,186

摘要官方正文

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Número 941, Local 302, comuna de Santiago, certifico que con fecha 28 de enero de 2025, Rep. Nº 1789/2025, ante Notario Suplente, se redujo a escritura pública, acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Transrucatayo S.A., celebrada con fecha 23 de diciembre de 2024, ante mí, en la que se acordó: Uno) la modificación del Artículo Cuarto de los Estatutos de la Sociedad relativo al Objeto Social, y como consecuencia de la modificación anterior, se sustituyó el Artículo Cuarto por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. El objeto de la sociedad es explotar y desarrollar sistemas eléctricos, de su propiedad o de terceros, destinados al transporte o transmisión de energía eléctrica, pudiendo para tales efectos obtener, adquirir y gozar las concesiones y permisos respectivos y ejercer todos los derechos y facultades que la legislación vigente confiera a las empresas eléctricas. Se comprende en el objeto social la comercialización de la capacidad de transporte de las líneas y de transformación de las subestaciones y equipos asociados a ellas, con el objeto que las centrales generadoras, tanto nacionales como extranjeras, puedan transmitir la energía eléctrica que producen y llegar hasta sus centros de consumo; el desarrollo de proyectos de almacenamiento de energía; la prestación de servicios complementarios; la prestación de servicios de consultoría en las especialidades de la ingeniería y de la gestión de empresas relacionadas con el objeto principal; el desarrollo de otras actividades comerciales e industriales que se relacionen con el aprovechamiento de la infraestructura destinada a la transmisión eléctrica, como por ejemplo apoyos en las estructuras físicas para empresas de telecomunicaciones u otros servicios como televisión, televisión por cable y la utilización de las mismas líneas para la transmisión de servicios de voz, imagen, vía Carrier por las líneas eléctricas, entre otros. En el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá actuar, directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, tanto en el país como en el extranjero, en materias relacionadas con su objeto. En el cumplimiento de sus objetos la compañía podrá desarrollar las siguientes facultades: promover, organizar, constituir, modificar, disolver o liquidar sociedades civiles o comerciales cuyo objeto social sea directa o indirectamente afín al de la compañía”; Dos) la modificación de la moneda en que se expresa el valor del capital social, pasando de ser de pesos chilenos a dólares, y como consecuencia de la modificación anterior, se sustituyó el Artículo Quinto de los Estatutos de la Sociedad relativo al Capital Social, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la Sociedad es de USD7.874.610,75 dividido en 5.551.186 acciones iguales, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se encuentra suscrito y pagado”. Tres) la modificación de los Estatutos de la Sociedad en otras materias que no son objeto de extracto; Cuatro) a su vez, se otorgó texto refundido de los Estatutos de la Sociedad, para efectos de contener un solo texto en el que se reflejaran las modificaciones a los estatutos acordados en la presente Junta, así como otras modificaciones a los estatutos acordadas con anterioridad a esta fecha. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador para legalización". – Santiago, 04 de Febrero de 2025.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público.

变更Diario Oficial · 2019-08-07查看 PDF(CVE 1632865)

公司信息

S.A.

资本

总资本

$5.446.229.522

实缴资本

$1.253.910.503

待缴资本

$4.192.320.000

股份

5,551,186

摘要官方正文

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Abogado, Notario Público Titular de la 48a Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, piso 6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: mediante Junta Extraordinaria de Accionistas de Transrucatayo S.A., en adelante la “Sociedad”, celebrada con fecha 17 de junio de 2019 en mi presencia y cuya acta se redujo a escritura pública de fecha 23 de julio de 2019, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 8.308/2019, la unanimidad de los accionistas acordó: I) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $1.253.910.503, dividido en 1.278.075 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $5.446.230.503, dividido en 5.551.186 acciones de iguales características, mediante la emisión de 4.273.111 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal representativas de la cantidad de $4.192.320.000, todas las cuales deberán ser emitidas y colocadas en una oportunidad o por parcialidades, al precio mínimo de $981,093 cada una, para ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la Junta; II) Modificar, en consecuencia, los estatutos de la sociedad reemplazando el Artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la sociedad es la suma de $5.446.229.522, dividido en 5.551.186 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.”; e incorporando un Artículo Primero Transitorio en los siguientes términos: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- El capital de la sociedad se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Con la suma de $1.253.910.503, representativos de 1.278.075 acciones que corresponden al capital íntegramente suscrito y pagado a esta fecha; y b) Con la suma de $4.192.320.000, que corresponde al monto total de aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 17 de Junio de 2019, mediante la emisión de 4.273.111 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a un precio mínimo de $981,093 por acción, las que se suscribirán y pagarán en un plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la Junta, en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos en contra de la sociedad.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La sociedad se encuentra inscrita a fojas 62.061, N° 43.491 del año 2009 del Registro de Comercio de Santiago. ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular. Santiago, 29 de julio de 2019.

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  1. MODIFICACIÓN

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