Sociedad Factosur Sociedad Anónima
Diario Oficial
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Ministerio del Interior EUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS, Abogada, Notario Público Suplente de la Quinta Notaría de Puerto Montt, con oficio en Pedro Montt N° 180, Comuna de Puerto Montt, certifico: Por escritura pública otorgada ante la Notario Titular doña LEBBY CAROLIN BARRIA GUTIERREZ, de fecha 06 de febrero de 2026, Repertorio N°553-2026, se redujo a escritura pública ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la “SOCIEDAD FACTOSUR SOCIEDAD ANÓNIMA” o “FACTOSUR S.A.", de fecha 06 de febrero de 2026, en que se acuerda modificar el artículo décimo del estatuto social, quedando como sigue: “TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION.- ARTICULO DECIMO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por CUATRO miembros titulares, cada uno de los cuales podrá tener su respectivo suplente, que podrá reemplazarlo en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria en caso de ausencia o impedimento temporal del titular Los directores titulares y sus suplentes podrán ser o no accionistas de la sociedad, y podrán ser reelegidos indefinidamente. El Directorio durará un período de dos años en sus funciones.-” Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Montt, 10 de febrero de 2026.
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Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de marzo de 2019, repertorio N°894-2019, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la “SOCIEDAD FACTOSUR SOCIEDAD ANÓNIMA” o “FACTOSUR S.A.", RUT.: 76.065.035-8, de fecha 06 de marzo de 2019, en que se acuerda modificar el artículo décimo del estatuto social, quedando como sigue: “TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION.- ARTICULO DECIMO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por CINCO miembros titulares, cada uno de los cuales podrá tener su respectivo suplente, que podrá reemplazarlo en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria en caso de ausencia o impedimento temporal del titular Los directores titulares y sus suplentes podrán ser o no accionistas de la sociedad, y podrán ser reelegidos indefinidamente. El Directorio durará un período de dos años en sus funciones.-” Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 13 marzo 2019.
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