Sociedad Prestadora De Servicios De Ingenieria Carreño Estay Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$2.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $600.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
MONICA PATRICIA ESTAY RODRIGUEZ Socio | - | 20% | $400.000 |
Administrators (1)
Legal representation (1)
Corporate history on record
- Incorporation· April 14, 2009
Se constituyó la sociedad en Iquique.
SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE INGENIERIA CARREÑO ESTAY LIMITADA
Official extract text
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, certifico: Por escritura 01 Agosto 2019, ante mí, JUAN CARLOS CARREÑO CARMONA por sí y en representación de MONICA PATRICIA ESTAY RODRIGUEZ, ambos Avda. Arturo Prat 3783, Depto. 1502, Torre A, comuna de Iquique y de paso en ésta; y GIOVANNI PAOLO PRELLE NAVARRO, Primera Avenida 1178, Depto. 301, San Miguel; modificaron SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE INGENIERIA CARREÑO ESTAY LIMITADA, constituida 14 Abril 2009, Notaría de Iquique de don Carlos Ernesto Vila Molina. Un extracto de la misma se inscribió a fojas 404, N° 381, en el Registro de Come rcio de Iquique, del año 2009. Dicha sociedad no ha sufrido modificaciones. Don JUAN CARLOS CARREÑO CARMONA, ya individualizado, viene en vender, ceder y transferir un 30% del haber social a don GIOVANNI PAOLO PRELLE NAVARRO, quien los compra y adquiere para si, en $600.000, este acto efectivo. En consecuencia, cláusula 5ª, quedará de la siguiente manera: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma total de dos millones de pesos, los que serán aportados y enterados por los socios de la siguiente forma: UNO.- El socio don GIOVANNI PAOLO PRELLE NAVARRO, aporta la suma de SEISCIENTOS MIL PESOS, equivalentes al treinta por ciento del haber social, los que se enteran en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que ingresa directamente a caja social; DOS.- El socio don JUAN CARLOS CARREÑO CARMONA, aporta la suma de UN MILLON DE PESOS, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social, los que se enteran de la siguiente forma: en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que ingresa directamente a caja social; TRES.- El socio doña MONICA PATRICIA ESTAY RODRIGUEZ, aporta la suma de CUATROCIENTOS MIL PESOS, equivalentes al veinte por ciento del haber social, los que se enteran de la siguiente forma: en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que ingresa directamente a caja social”.- Las partes introducen la siguiente cláusula de limitación de administración, en el sentido de que todas aquellas operaciones que excedan o igualen el monto de $10.000.000 chilenos, deberán contar con la autorización de don JUAN CARLOS CARREÑO CARMONA y de don GIOVANNI PAOLO PRELLE NAVARRO. En consecuencia, el párrafo primero del artículo CUARTO de la escritura de constitución queda de la siguiente manera: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva al socio don JUAN CARLOS CARREÑO CARMONA, quien actuando a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las más amplias facultades, con la única limitación de tener que suscribir los actos de forma conjunta con don GIOVANNI PAOLO PRELLE NAVARRO, en todas aquellas operaciones que excedan el monto de diez millones de pesos chilenos”.- En todo aquello que no es objeto de modificación los socios ratifican el pacto social siguiendo con plena vigencia lo establecido en la constitución de sociedad.- SANTIAGO, 07 de Agosto del 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE INGENIERIA CARREÑO ESTAY LIMITADA
CVE 1641636
