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Sociedad por AccionesDisuelta76.052.206-6

Parque Eólico Valle de los Vientos SpA

DISOLUCIÓN — 25 mar 2020Absorbida por Empresa Eléctrica Panguipulli S.A.

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2020-03-25Ver PDF (CVE 1744222)

Información societaria

SpA

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 27 de febrero de 2020

    La junta extraordinaria de accionistas aprueba la fusión por incorporación de Parque Eólico Valle de los Vientos SpA en Empresa Eléctrica Panguipulli S.A.

    Parque Eólico Valle de los Vientos SpA · Empresa Eléctrica Panguipulli S.A.

  2. Otro acto· 1 de marzo de 2020

    Parque Eólico Valle de los Vientos SpA se disuelve por absorción y pasa a ser sucedida por Empresa Eléctrica Panguipulli S.A.

    Parque Eólico Valle de los Vientos SpA · Empresa Eléctrica Panguipulli S.A.

Texto oficial del extracto

Iván Torrealba Acevedo, Abogado, Notario Público, Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, certifica que: Por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública, bajo el repertorio N° 4.983-2020 el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Parque Eólico Valle de los Vientos SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 27 de febrero de 2020, en la que se acordó, entre otras materias, lo siguiente: Uno) Aprobar la fusión por incorporación de Parque Eólico Valle de los Vientos SpA en Empresa Eléctrica Panguipulli S.A., a contar de las 00:01 horas del 1 de marzo de 2020, esto es, la absorción de la Sociedad, que se disolverá, por Empresa Eléctrica Panguipulli S.A., sucediéndola esta última en todos su derechos y obligaciones a contar de las 00:01 horas del 1 de marzo de 2020. Dos) Aprobar los estatutos de la sociedad absorbente Empresa Eléctrica Panguipulli S.A., incluyendo todas las modificaciones que acordaron sus accionistas como consecuencia de la fusión; Tres) Aprobar la disolución de la Sociedad, no procediendo su liquidación, con motivo de la aprobación de la fusión, con efectos a contar de las 00:01 horas del 1 de marzo de 2020, fecha en que la sociedad absorbente se hará materialmente cargo de las operaciones de la Sociedad, pasando a ser para todos los efectos legales, la sucesora y continuadora legal de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 12 de marzo de 2020.-

ModificaciónDiario Oficial · 2019-10-16Ver PDF (CVE 1668521)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: Administrador Único / Gerente General

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto a) el desarrollo, construcción y operación de activos de energía eléctrica en base a fuentes de energía renovable no convencional; b) la generación, distribución y comercialización de energía eléctrica y potencia en base a fuente eólica, solar, geotérmica o de cualquier otra fuente de energía no convencional y renovable, así como el almacenamiento de dicha energía a través de cualquier medio tecnológico para dicho efecto, pudiendo realizar todos los actos y contratos necesarios para la consecución de su objeto; c) comprar, arrendar y adquirir el uso y goce de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; d) solicitar, obtener, adquirir o transferir permisos, concesiones y derechos establecidos en la legislación eléctrica, minera, ambiental o en otra normativa sectorial o general que resulte aplicable a las actividades de la Sociedad; e) comprar, vender, permutar, arrendar y/o explotar, en cualquier forma, por si o por intermedio de terceros, todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el desarrollo y explotación de su giro comercial; f) importar y/o exportar, equipos, piezas, partes, repuestos, sistemas y elementos, en general, necesarios o que se relacionen con la instalación, explotación y comercialización de toda clase de sistemas de generación, almacenamiento y distribución de energías, sean estas eléctricas, fotovoltaicas, eólicas, hídricas u otras; y g) la representación de empresas nacionales y extranjeras de los rubros señalados. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá convenir, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, constituir sociedades o ingresar a las ya constituidas.

Capital

Capital total

USD 1.157.022,84

Capital pagado

USD 1.157.022,84

Capital pendiente

USD 0

Acciones

10.000

Socios (2)

NombreParticipación

ENEL CHILE S.A.

Accionista

50%

ENEL GREEN POWER CHILE LIMITADA

Accionista

50%

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la 16° Notaría de Santiago, con domicilio en San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifica: con fecha 23 de septiembre de 2019, Rep. N° 6.848-2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad PARQUE EÓLICO VALLE DE LOS VIENTOS S.A. (actualmente, “PARQUE EÓLICO VALLE DE LOS VIENTOS SpA” y en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 12125, número 7900, del año 2009, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada con fecha 13 de septiembre de 2019, a la que asistieron sus accionistas ENEL CHILE S.A. y ENEL GREEN POWER CHILE LIMITADA, quienes representan el cien por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto y quienes acordaron transformar la sociedad, modificar su régimen de administración y fijar un nuevo texto refundido del estatuto social. Así, en esta modificación, los accionistas acordaron lo siguiente: (i) transformar la sociedad en una sociedad por acciones (“SpA”), denominada PARQUE EÓLICO VALLE DE LOS VIENTOS SpA; Objeto: La Sociedad tiene por objeto a) el desarrollo, construcción y operación de activos de energía eléctrica en base a fuentes de energía renovable no convencional; b) la generación, distribución y comercialización de energía eléctrica y potencia en base a fuente eólica, solar, geotérmica o de cualquier otra fuente de energía no convencional y renovable, así como el almacenamiento de dicha energía a través de cualquier medio tecnológico para dicho efecto, pudiendo realizar todos los actos y contratos necesarios para la consecución de su objeto; c) comprar, arrendar y adquirir el uso y goce de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; d) solicitar, obtener, adquirir o transferir permisos, concesiones y derechos establecidos en la legislación eléctrica, minera, ambiental o en otra normativa sectorial o general que resulte aplicable a las actividades de la Sociedad; e) comprar, vender, permutar, arrendar y/o explotar, en cualquier forma, por si o por intermedio de terceros, todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el desarrollo y explotación de su giro comercial; f) importar y/o exportar, equipos, piezas, partes, repuestos, sistemas y elementos, en general, necesarios o que se relacionen con la instalación, explotación y comercialización de toda clase de sistemas de generación, almacenamiento y distribución de energías, sean estas eléctricas, fotovoltaicas, eólicas, hídricas u otras; y g) la representación de empresas nacionales y extranjeras de los rubros señalados. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá convenir, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, constituir sociedades o ingresar a las ya constituidas.; Duración: indefinida; Domicilio: Santiago; Capital: USD 1.157.022,84.-, dividido en 10.000.-, acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. (ii) Además, los accionistas modificaron el sistema de administración de la Sociedad, reemplazando al directorio por un Administrador Único, quien también se denominará Gerente General, función que podrá ser ejercida por una persona natural o jurídica, quien estará investido de las más amplias facultades de administración que en derecho correspondan, pudiendo delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas. El Administrador Único y/o Gerente General será elegido por los accionistas y cuyas funciones comprenderán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo delegar parte de sus facultades, y quien estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue la Junta. (iii) Finalmente, se aprobó un nuevo texto refundido del estatuto social. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 01 de octubre de 2019.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    Parque Eólico Valle de los Vientos SpA

    CVE 1744222

  2. MODIFICACIÓN

    PARQUE EÓLICO VALLE DE LOS VIENTOS S.A.

    CVE 1668521

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)