Servicios Deportivos Gimnasio Y Salud Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Administrators (3)
ERIKA MARGARITA ZAMORANO ZAMORA
MIGUEL ANDRES FERNÁNDEZ AINZÚA
Legal representation (2)
IVAN LUIS ZAMORANO ZAMORA
IVAN LUIS ZAMORANO ZAMORA
Official extract text
MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Suplente de EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34º Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública del 13 de Octubre de 2016, otorgada ante el Titular, IVAN LUIS ZAMORANO ZAMORA, chileno, en representación según se acreditará de la sociedad “DEL INCA SOCIEDAD DE INVERSIONES LIMITADA” y además don IVAN LUIS ZAMORANO ZAMORA, actuando en representación de “DEL INCA SOCIEDAD DE INVERSIONES LIMITADA” en calidad de socia administradora a su vez de “CIUDAD DEPORTIVA IVAN ZAMORANO LIMITADA” todos los anteriores domiciliados en Avenida Padre Hurtado Nº 2650, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, las referidas sociedades y actuales únicas socias de “SERVICIOS DEPORTIVOS GIMNASIO Y SALUD LIMITADA” inscrita fojas 42.590 bajo el Nº 30.475 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2007, modificaron cláusula séptima del pacto social referente al a la administración y uso de la razón social estipulándose a partir de ésta fecha administración y uso de la razón social corresponderá individualmente a doña ERIKA MARGARITA ZAMORANO ZAMORA en todos aquellos actos o contratos no superiores a la suma de $5.000.000 en total con la misma contraparte de la sociedad, con las amplias facultades y además en especial para la celebración de todos los actos y contratos entre otros los consignados a modo ejemplar en la cláusula séptima del pacto social vigente referente a la administración y uso de la razón social sin perjuicio de que contará además con las facultades señaladas a modo ejemplar en cláusula segunda de escritura de modificación. Mismas facultades de administración anteriores se confieren a don SERGIO ALEJANDRO KOCK SCHULZ quien las ejercerá conjuntamente con don MIGUEL ANDRES FERNANDÉZ AINZÚA para todos aquellos actos o contratos que comprometan la responsabilidad social u obliguen el patrimonio de la sociedad por una cantidad superior a $5.000.000, exigiéndose la actuación conjunta de ambos mandatarios para obligar válidamente a la sociedad. En lo no modificado rigen plenamente los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Diciembre de 2016.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS DEPORTIVOS GIMNASIO Y SALUD LIMITADA
CVE 1148175
