股份有限公司76.008.626-6

Club De Deportes Santiago Wanderers S.a.d.p.

MODIFICACIÓN — 2022年11月14日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2022-11-14查看 PDF(CVE 2216477)

公司信息

S.A.
Prat 856

资本

总资本

$12.319.139.000

实缴资本

$12.319.139.000

股份

103,821,676

股东(1)

姓名持股比例

Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers

Accionista

1

公报所载公司沿革

  1. 其他行为· 2008年2月1日

    Se otorgó el Contrato de Concesión entre Joya del Pacífico S.A., Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers y el Fondo de Deporte Profesional.

    Joya del Pacífico S.A. · Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers · Fondo de Deporte Profesional

  2. 资本变更· 2019年4月15日

    Se acordó un aumento de capital de la sociedad.

    Club de Deportes Santiago Wanderers SADP

  3. 其他行为· 2021年6月11日

    Se modificaron los artículos décimo segundo, vigésimo octavo y trigésimo de los estatutos sociales.

    Club de Deportes Santiago Wanderers SADP

  4. 资本变更· 2021年10月8日

    Se aprobó rectificar el monto del capital suscrito y pagado informado en la junta extraordinaria de accionistas de 15 de abril de 2019.

    Club de Deportes Santiago Wanderers SADP

摘要官方正文

PABLO MARTINEZ LOIZA, Notario Público Valparaíso, con domicilio en Prat 856, Valparaíso, certifica; hoy ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria Accionistas del Club de Deportes Santiago Wanderers SADP inscrita en fs. 152 vta. Número 138 Registro Comercio Valparaíso del año 2008, celebrada ante mí, con fecha 30 de septiembre de 2022, en la que se acordó practicar el saneamiento de la sociedad conforme a la ley 19.499, de los vicios que la comisión para el mercado financiero observó a la sociedad por oficio ord 61716 de 10 de agosto de 2022, en los términos que se indica a continuación: 1.- En el acta de la junta extraordinaria de accionistas de CLUB DE DEPORTES SANTIAGO WANDERERS S.A.D.P., celebrada el 8 de octubre de 2021, reducida a escritura pública de 14 de octubre de 2021, se aprobó rectificar el monto del capital suscrito y pagado informado en la Junta Extraordinaria del quince de abril del año dos mil diecinueve, se aumentó el capital de la sociedad, y en consecuencia se modificó el artículo 1° transitorio de los estatutos sociales, en el cual se señala que, el capital social de $12.319.139.000 dividido en 1 acción preferente serie A y 103.821.676 acciones ordinarias serie B (Total 103.821.677 acciones), se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Con $7.219.139.000 correspondiente a 1 acción serie A preferida y 6.358.438 acciones serie B ordinarias (Total 6.358.439 acciones), suscritas y pagada al 25 de noviembre de 2017 y b) Con $5.200.000.000, correspondientes a 97.463.238 acciones serie B ordinarias acordadas en junta extraordinaria de accionistas del 15 de abril de 2019. En el aumento de capital aprobado, y en las modificaciones incorporadas al artículo primero transitorio de los estatutos se incurrió en un error debido a que en la letra a) se debió indicar la suma de $7.119.139.000, correspondiente a 1 acción serie A preferida y a 6.358.437 acciones serie B ordinarias (Total 6.358.438 acciones), equivalentes al capital íntegramente pagado al 25 de noviembre de 2017. De esta misma manera, debió señalarse en el mismo artículo primero transitorio que el nuevo capital social de $12.319.139.000 se encontraba dividido en 1 acción preferente serie A y 103.821.675 acciones ordinarias serie B. De esta manera, se modificó el artículo QUINTO y Primero Transitorio de los estatutos, reflejando los saneamientos antes señalados, los que quedaron del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la sociedad es la suma de doce mil trescientos diecinueve millones ciento treinta y nueve mil pesos, dividido en Una acción nominativa preferida Serie A, sin valor nominal y ciento tres millones ochocientas veintiún mil seiscientas setenta y cinco acciones nominativas, ordinarias Serie B, sin valor nominal. La acción preferida Serie A será de propiedad de la Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers y dará a su titular los siguientes privilegios: (i) no recibir dividendos, ni acciones liberadas de pago ni disminuciones de capital y (ii) designar a dos directores de la Sociedad. La división de las acciones en series A y B y las preferencias de las acciones serie A durarán hasta el primero de febrero del año dos mil treinta y ocho, a menos que con anterioridad a dicho plazo, se declare por tribunal competente la resolución del Contrato de Concesión celebrado entre Joya del Pacífico S.A. por una parte y Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers y el Fondo de Deporte Profesional por la otra, suscrito por escritura pública otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fischer Yávar con fecha primero de febrero de dos mil ocho, repertorio número mil doscientos nueve guión dos mil ocho, en cuyo caso la preferencia vencerá el día en que la sentencia que declaró la resolución se encuentre firme o ejecutoriada. Vencido el plazo o declarado resuelto el Contrato de Concesión citado, y salvo modificación de los estatutos sociales en un sentido diferente, se extinguirá la preferencia establecida a favor de la acción de la serie A, pasando todas las acciones desde ese momento a ser acciones ordinarias. Sin perjuicio de lo anterior, al extinguirse la preferencia de la acción serie A por vencimiento del plazo o la resolución del Contrato de Concesión antes citado si esto ocurriere en una fecha anterior al vencimiento, la Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers como titular de la acción serie A, tendrá derecho a que el Directorio, previa autorización que la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad deberá otorgarle al efecto, le canjee dicha acción por un número tal de acciones ordinarias a ser emitidas por la Sociedad, que representen el noventa y nueve coma nueve nueve nueve nueve por ciento del total de las acciones ordinarias de la Sociedad, a fin de que al término de Contrato de Concesión antes referido, la Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers sea el controlador de la Sociedad afiliada a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional o el organismo que legalmente lo reemplace. Con todo, si con anterioridad al vencimiento del plazo de la preferencia o la resolución del Contrato de Concesión, la acción de la serie A de la Sociedad dejare de pertenecer a la Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers, o si ésta perdiere o dejare de tener, de cualquier forma, el uso, goce o disposición, o los derechos políticos que corresponden a dicha acción, o bien, la Corporación Club de Deportes Santiago Wanderers dejare de tener personalidad jurídica, la acción de la serie A pasará, de pleno derecho, a convertirse en una acción de la serie B, transformándose aquella acción, desde ese momento en adelante, en ordinaria. La sociedad deberá mantener un capital mínimo de funcionamiento no inferior a mil unidades de fomento. Si se produjere una disminución patrimonial que afecte el cumplimiento del requerimiento anterior, la sociedad deberá informarlo y subsanarlo en la forma señalada en el artículo nueve del Reglamento de la Ley número veinte mil diecinueve. En caso contrario, se producirá la disolución anticipada de la sociedad y se procederá a su eliminación del Registro de Organizaciones Deportivas Profesionales.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad de doce mil trescientos diecinueve millones ciento treinta y nueve mil pesos, que se divide en una acción nominativa preferida Serie A, sin valor nominal y ciento tres millones ochocientos veintiún mil seiscientas setenta y cinco acciones nominativas, ordinarias Serie B, sin valor nominal, se suscribe y se paga de la siguiente forma: a) Con la cantidad de siete mil ciento diecinueve millones ciento treinta y nueve mil pesos correspondiente a seis millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientas treinta y siete acciones nominativas, de la serie B ordinaria y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, al veinticinco de Noviembre de dos mil diecisiete, y una acción Serie A preferida. b) Con la suma de cinco mil doscientos millones de pesos, correspondientes a noventa y siete millones cuatrocientas sesenta y tres mil doscientos treinta y ocho acciones ordinarias serie B, sin valor nominal, emitidas por el Directorio de la sociedad de conformidad a la autorización otorgada en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha quince de abril de dos mil diecinueve y reducida a escritura pública otorgada en la notaría de Valparaíso ante don Alvaro Téstart Tobar, Notario Suplente del Titular don Pablo Martínez Loaiza, rectificado por el Acuerdo señalado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha ocho de octubre de dos mil veintiuno, reducida a escritura pública en la misma notaría, y que se pagará mediante la emisión, de noventa y siete millones cuatrocientas sesenta y tres mil doscientas treinta y ocho acciones Serie B nuevas ordinarias, sin valor nominal, las cuales el Directorio emitirá y ofrecerá al precio de colocación de cincuenta y tres coma tres cinco tres cuatro cinco pesos por acción, preferentemente a los accionistas con derecho a ellas, las cuales deberán encontrarse totalmente suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de la presente Junta, cualquiera sea la forma de su entero de acuerdo a lo establecido en el artículo veinticuatro de la Ley de sociedades Anónimas. Vencido el plazo establecido sin que se haya enterado el aumento de capital, éste se reducirá en la parte no suscrita hasta esa fecha, esto es, hasta el quince de abril de dos mil veintidós. El Directorio quedó ampliamente facultado en dicha Junta para acordar la emisión y precio mínimo de colocación de las acciones.”. 2.- En la Junta Extraordinaria de accionistas de fecha 11 de junio de 2021, reducida a escritura pública con fecha 16 de junio del mismo año, en la Notaría de Valparaíso de don Pablo Martínez Loaíza, junta en la cual se acordó modificar los artículos décimo segundo, vigésimo octavo y trigésimo de los estatutos sociales, se incurrió en un error en la transcripción del nuevo artículo 28, específicamente en sus numerales 11 y 16, modificándose su texto de la manera señalada en la escritura extractada. Otros acuerdos constan en escritura extractada, Valparaíso, 05 Octubre 2022.-

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    CLUB DE DEPORTES SANTIAGO WANDERERS S.A.D.P.

    CVE 2216477

公司关系

公司人物Diario Oficial历史关系(已结束)