Cooperativa Campesina Tres Piedras
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$900.000
Official extract text
Ministerio del Interior MARIA ANGELICA RAMIREZ FUENTES, Notaria Interina de la Primera Notaria de Talca, con oficio en calle 1 norte 963, oficina 103, de la Comuna de Talca, CERTIFICO: que mediante escritura pública de 21 de noviembre de 2025, ante mí, Repertorio N°2084-2025 , doña REBECA SOLEDAD TRONCOSO DIAZ, chilena, soltera, asesora, domiciliada en calle 1 sur número 898 de Talca, cedula nacional de identidad N°8.887.360-2, en representación de la COOPERATIVA CAMPESINA TRES PIEDRAS, RUT 65.194.014-1, SANEA escritura pública del Acta de la Junta General de Socios año 2022 de la Cooperativa Campesina Tres Piedras, de fecha 22 de noviembre de 2022, otorgada ante Notario Interino de la Primera Notaría de Talca don Héctor Bobadilla Toledo, Rep. 2346-2022, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de noviembre de 2022 e inscrito a fojas 5 vuelta N°4 del año 2023 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chanco, que contiene los siguientes vicios o errores: La inscripción del extracto publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de noviembre de 2022 se realizó fuera del plazo legal. En lo que no se haya expresamente saneado, se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones de la Junta general año 2022. El Capital de la cooperativa es la suma de Capital $900.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. TALCA, 26 de noviembre de 2025.
Corporate information
Capital
Total capital
$900.000
Shares
90
Official extract text
HECTOR ENRIQUE BOBADILLA TOLEDO, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte N° 963 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 22 de noviembre de 2022, Repertorio 2346 se redujo a escritura pública Acta de la Junta General de Socios de la COOPERATIVA CAMPESINA TRES PIEDRAS, Rut N° 65.194.014-1, celebrada con fecha 23 de junio de 2022. La Cooperativa tiene un capital de $180.000.-, y se encuentra inscrita a fojas 3 N° 3 del año 2020, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chanco; cuyos socios asistentes acordaron por unanimidad modificar los estatutos de la cooperativa, para cumplir con la Ley General de Cooperativas, en el siguiente sentido: a) Modifica ARTICULO 6, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $900.000 (novecientos mil pesos), dividido en 90 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $10.000 (diez mil pesos) cada una. (...).”; b) Modifica ARTICULO 8, corrección monetaria, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 8°: CORRECCIÓN MONETARIA: Para los efectos tributarios la Cooperativa deberá corregirá monetariamente sus activos y pasivos de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley N° 824, de 1974.”; c) Modifica ARTICULO 12, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 12°: DISTRIBUCIÓN DE LOS REMANENTES: El saldo favorable del ejercicio económico, que se denominará Remanente, se destinará a absorber las pérdidas acumuladas, si las hubiere. Hecho lo anterior, se destinará a la constitución e incremento de los Fondos de Reserva, en el caso que éstos sean obligatorios, o a la constitución e incremento de reservas voluntarias y al pago de intereses al capital de conformidad con el estatuto.”; d) Modifica ARTICULO 12, quedando de la siguiente forma: ARTICULO 12°: RESERVAS. Se elimina el numeral 1.a) del artículo 13.”; e) Modifica ARTICULO 29, letra b), quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 29°: DE LA RENUNCIA: b) Si se encontrarse sujeta a un procedimiento concursal de reorganización o liquidación ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. “; f) Modifica el ARTICULO 42, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 42°: DE LOS ACUERDOS DE LAS JUNTAS GENERALES: Los acuerdos de las Juntas Generales de Socios y Socias se tomarán por mayoría simple de quienes estén presentes o representados/as, salvo en los casos en que la Ley General de Cooperativas, su Reglamento o el presente Estatuto Social exijan una mayoría especial. Requerirán la conformidad de los dos tercios de los socios presentes o representados en la Junta General respectiva los acuerdos relativos a las materias de las letras d), e), f), h), i), j), k), l), m), y, ñ) los que deberán ser tratados solo en juntas generales especialmente citadas con tal objeto. Los acuerdos relativos a las demás materias de conocimiento de la junta general se adoptarán por la mayoría simple de los socios presentes o representados en ella.”; g) Modifica el ARTICULO 46, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 46°: DE LOS ACUERDOS: Los acuerdos de las Juntas Generales se tomarán por la mayoría absoluta de los socios presentes o representados, (...)“; h) Modifica el ARTICULO 59, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 59°: DE LA COMPOSICIÓN Y DURACIÓN: La Junta de Vigilancia se compondrá de 3 miembros titulares, (...); i) Modifica el ARTICULO 67, quedando de la siguiente forma: “ARTICULO 67°: La Cooperativa, además, podrá ser disuelta por sentencia judicial ejecutoriada, a solicitud de sus miembros, del Departamento de Cooperativas, si concurre alguna de las causales que al efecto establece la Ley. Lo anterior se entiende sin perjuicio del procedimiento concursal de liquidación o reorganización ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que pueda declararse de acuerdo con las normas generales.”. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 24 de noviembre de 2022. -
Corporate information
Corporate purpose
La Cooperativa tiene como objetos: 1) dedicarse a la compraventa, distribución, servicios y producción de frutilla fresca, congelada, pulpa de frutillas y todos su derivados; 2) Dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la producción de frutillas, y actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella; 3) cultivos en general, cultivo de productos de mercado, horticultura; 4) Proporcionar a sus socios los bienes y servicios que éstos requieran para el desempeño de sus actividades frutilleras y agrícolas, y propender al desarrollo económico, técnico, cultural, social y de bienestar general de sus socios; y 5) cualquier otro objeto o actividad que en el futuro acuerden los cooperados. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas.
Capital
Total capital
$180.000
Paid-in capital
$180.000
Shares
18
Official extract text
IGNACIO VIDAL DOMINGUEZ, Notario Público Titular de Talca, con domicilio en 1 norte N°963, oficina 103, de Talca, certifica que fue reducida a escritura pública hoy, ante mí, el acta de la Junta constitutiva de fecha 10 de enero de 2020, mediante la cual se constituyó la “COOPERATIVA CAMPESINA TRES PIEDRAS”, y su sigla será “COOP TRES PIEDRAS”, con la que podrá actuar en todas sus operaciones sociales. Domicilio: Chanco, Provincia de Cauquenes, y sucursales en cualquiera región del país. Duración: Indefinida. Objeto:La Cooperativa tiene como objetos: 1) dedicarse a la compraventa, distribución, servicios y producción de frutilla fresca, congelada, pulpa de frutillas y todos su derivados; 2) Dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la producción de frutillas, y actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella; 3) cultivos en general, cultivo de productos de mercado, horticultura; 4) Proporcionar a sus socios los bienes y servicios que éstos requieran para el desempeño de sus actividades frutilleras y agrícolas, y propender al desarrollo económico, técnico, cultural, social y de bienestar general de sus socios; y 5) cualquier otro objeto o actividad que en el futuro acuerden los cooperados. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Capital suscrito y pagado: $180.000 pesos, dividido en 18Cuotas de Participación. Concurrieron 9socios a Junta Constitutiva. -Talca, 22 ENERO de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Cooperativa Campesina Tres Piedras
CVE 2735515
- MODIFICACIÓN
COOPERATIVA CAMPESINA TRES PIEDRAS
CVE 2224449
- CONSTITUCIÓN
COOPERATIVA CAMPESINA TRES PIEDRAS
CVE 1718478
Corporate relationships
Cooperativa Campesina Tres Piedras
No linked corporate relationships for now
