Cooperativa de Trabajo Pewün
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Official extract text
PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público titular de la 9 Notaría de Santiago, Teatinos 333 e/p, certifico: Por escritura pública de 04 de Abril de 2018, ante mí, fue reducida a escritura pública, el acta de la Junta General de Socios Especialmente Citada realizada el 26-02-2018, mediante la cual se procedió a reformar los Estatutos de la Cooperativa de Trabajo Pewün. RUT. 65.127.617-9. La citación se realizó a través de correo electrónico. A la Junta asistieron 6 socios. TABLA: 1.- Lectura de oficio de la DAES, 2.- Reforma a Estatutos. 1.-Se acordó por unanimidad realizar las reformas siguientes: En el ARTICULO 7°: PATRIMONIO: Se modifica éste artículo de la siguiente forma: El Patrimonio de la Cooperativa estará conformado por los aportes de capital efectuados por los socios, las reservas legales y voluntarias y los excedentes o pérdidas existentes al cierre del período contable”. En el Artículo 12º La cooperativa se acoge a lo estipulado en el artículo 38 de la LGC incisos tercero y cuarto ya que por ser una cooperativa de trabajo se encuentra excluida de realizar dicha reserva.- Artículo 13º: Se modifica éste artículo de la siguiente forma: Al respecto la cooperativa decide someterse a lo estipulado en la Ley 20.881 promulgada el 6 de enero de 2016.-Artículo 28º, letra b): Se modifica el término “quiebra” por “procedimiento concursal de reorganización o liquidación”.- Artículo 31: Se modifica éste artículo de la siguiente forma: Regulación de las cuotas de participación. Las personas que hayan perdido la calidad de socio por renuncia o exclusión y lo herederos del socio fallecido tendrán derecho a la devolución del monto actualizado de sus cuotas de participación, la que quedara condicionada a que con posterioridad al cierre del ejercicio precedente se hubieren enterado aportes de capital por una suma al menos equivalente al monto de las devoluciones requeridas por estos conceptos y se efectuarán siguiente el orden cronológico de las solicitudes aceptadas. Artículo 38: Se agrega a éste artículo el siguiente punto: “La elección del gerente administrador o inspector de cuentas, cuando corresponda-según señalado en el artículo 24º incisos ocho y nueve de la LGC deberá efectuarse en Junta Especialmente Citada”. Artículo 40: Se modifica éste artículo de la siguiente forma: “La citación a junta se efectuará por medio de un aviso de citación que se publicará en un medio de comunicación social, con una anticipación de no más de quince días ni menos de cinco días de la fecha en que se realizara la junta respectiva. Deberá enviarse, además, una citación a cada socio, por correo regular o correo electrónico, al domicilio o dirección de correo electrónico que este haya registrado en la cooperativa, con una anticipación mínima de quince días a la fecha de celebración de la junta respectiva, la que deberá contener una relación de las materias a ser tratadas en ella y las demás menciones que señale el reglamento”. Artículo 57º: Se modifica éste artículo ya que la Cooperativa de Trabajo Pewün no cuenta con Junta de Vigilancia. Artículo 61º: Se modifica éste artículo en el siguiente punto: “Las cooperativas que tengan 20 socios o menos podrán omitir la designación de un consejo de administración, en su lugar, podrán designar a un gerente administrador, al cual le corresponderán las atribuciones que esta ley y su reglamente confieren al consejo de administración. Sin embargo, la Junta General podrá disponer que el gerente administrador pueda desempeñar el total o parte de las atribuciones correspondientes al Consejo de Administración, en conjunto con uno o más socios que deberá designar. Las cooperativas señaladas en el inciso anterior, tampoco estarán obligadas a designar una junta de vigilancia, en cuyo caso deberán designar un inspector de cuentas titular y suplente, que tendrá las atribuciones que esta ley y su reglamento confieren a la junta de vigilancia”. Disposiciones transitorias artículo 1º: Se modifica éste artículo de la siguiente forma: La Cooperativa de Trabajo Pewün cuenta con menos de 20 socios, por lo que opta por la figura del “Gerente Administrador” y no sólo Gerente. Firman los ministros de fe elegidos por la Junta General de Socios especialmente citada, junto con el Gerente Administrador y la Secretaria. Se deja constancia que la cooperativa a la fecha cuenta con un capital de $1.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada.
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- MODIFICACIÓN
Cooperativa de Trabajo Pewün
CVE 1392315
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