Transportes Silvo Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) La prestación de servicios de transportes de carga, en vehículos propios o de terceros; b) La prestación de servicios de transporte de pasajeros, en vehículos propios o de terceros; c) Embalaje de toda clase de bienes muebles, ya sea mercadería, muebles domésticos o de cualquier otro uso, menaje y cualquiera cosa que sea necesario preparar para su traslado de un domicilio a otro, sea dentro del país, sea para o desde el extranjero. Asimismo, podrá contratar, para sí, o para terceros, fletes con otras empresas de transporte; d) Arrendamiento de vehículos sea dentro del país o en el extranjero; e) Servicio de logística en transporte sea dentro del país, sea para o desde el extranjero; f) Inversiones en capitales mobiliarios tales como acciones, depósitos a plazo, fondos mutuos, entre otros que en derecho existan; g) Participación en sociedades; h) Asesorías, corretajes e intermediaciones; i) Además, podrá desarrollar cualquier otro giro o actividad que resulten útiles o convenientes, o que el compareciente decida abarcar o emprender en el futuro
資本
總資本
$20.000.000
實繳資本
$20.000.000
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $4.000.000 |
Socio | - | 20% | $4.000.000 |
Socio | - | 20% | $4.000.000 |
Socio | - | 20% | $4.000.000 |
ANDRÉS ALEJANDRO SURBER MACHADO Socio | - | 20% | $4.000.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
Harry Winter Aguilera, Notario Público Titular Osorno, con Oficio en Ramírez Nº 910, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Diciembre de 2018, ante mí: JUAN EMILIO SURBER MOHR, MIREYA ELENA MACHADO MARTÍNEZ, CATALINA ELENA SURBER MACHADO, EMILIO EDUARDO SURBER MACHADO, y, ANDRÉS ALEJANDRO SURBER MACHADO, todos domiciliados en Fundo Las Quemas, Osorno, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, conforme Ley Nº 3.918 y sus modificaciones. Nombre: TRANSPORTES SILVO LIMITADA, nombre de fantasía TRANSPORTES SILVO LTDA..- Objeto: a) La prestación de servicios de transportes de carga, en vehículos propios o de terceros; b) La prestación de servicios de transporte de pasajeros, en vehículos propios o de terceros; c) Embalaje de toda clase de bienes muebles, ya sea mercadería, muebles domésticos o de cualquier otro uso, menaje y cualquiera cosa que sea necesario preparar para su traslado de un domicilio a otro, sea dentro del país, sea para o desde el extranjero. Asimismo, podrá contratar, para sí, o para terceros, fletes con otras empresas de transporte; d) Arrendamiento de vehículos sea dentro del país o en el extranjero; e) Servicio de logística en transporte sea dentro del país, sea para o desde el extranjero; f) Inversiones en capitales mobiliarios tales como acciones, depósitos a plazo, fondos mutuos, entre otros que en derecho existan; g) Participación en sociedades; h) Asesorías, corretajes e intermediaciones; i) Además, podrá desarrollar cualquier otro giro o actividad que resulten útiles o convenientes, o que el compareciente decida abarcar o emprender en el futuro.- Domicilio: La ciudad de Osorno, sin perjuicio de las agencias y/o sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Capital: $20.000.000.- que los socios suscriben y pagan de la siguiente forma: a) $4.000.000.- aporta don JUAN EMILIO SURBER MOHR, que paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo; b) $4.000.000.- aporta doña MIREYA ELENA MACHADO MARTÍNEZ, que paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo; c) $4.000.000.- aporta doña CATALINA ELENA SURBER MACHADO, que paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo; d) $4.000.000.- aporta don EMILIO EDUARDO SURBER MACHADO, que paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo; y, e) $4.000.000.- aporta don ANDRÉS ALEJANDRO SURBER MACHADO, que paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo, todas las sumas ingresadas a las arcas sociales.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: Corresponderá ejercerla indistintamente a don JUAN EMILIO SURBER MOHR y a don EMILIO EDUARDO SURBER MACHADO, con amplias facultades indicadas en la cláusula octava de la escritura extractada.- Duración: Hasta el 31 de diciembre de 2023, renovándose tácita y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Osorno, 10 de Enero de 2019.-
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
TRANSPORTES SILVO LIMITADA
CVE 1528213
