Transportes Inès Carmona Jara E.I.R.L..
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El transporte terrestre por carretera o ferrocarril de carga viva o inerte, enseres, guarniciones, materiales de construcción, alimentos, y todo otro material transportable por esta vía así como también el transporte terrestre de escolares, trabajadores de temporada o permanente, Turistas y pasajeros, sea que el transporte lo realice de forma regular o esporádica, así como también, poder efectuar fletamentos marítimos o aéreos, con todo, podrán, también comprar, vender, exportar, importar cualquier clase de vehículo motorizado con tal de dar cumplimiento a los fines del giro social. Para esto podrá participar en todo tipo de proyectos sean de carácter privado o público, afines al giro de Transporte de cargas o personas. Para todo lo anterior las administradoras podrán efectuar subcontrataciones y compra de todo tipo de servicios, proyectos y asesorías, la compra, venta, permuta, dar o tomar en arriendo artículos, productos y servicios relacionados al giro empresarial, y toda otra actividad conexa con el giro de la Empresa que por este acto se constituye.
資本
總資本
$7.000.000
實繳資本
$7.000.000
待繳資本
$0
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Titular 1.xxx.xxx-1 | 1.xxx.xxx-1 | 100% | $7.000.000 |
管理人(4)
Sandra Lorena de Lourdes Morales Carmona
Rodrigo Marcelo Morales Carmona
Alfredo Javier Morales Carmona
摘要官方正文
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Titular de la Tercera Notaría Pública de Rancagua, Campos 377, certifica: Que por escritura pública hoy, ante mí; doña INÉS HAYDEÉ CARMONA JARA, chilena, viuda, Empresaria Transportista, ochenta y tres años de edad, cédula nacional de identidad número un millón novecientos diez mil ciento cincuenta y cuatro guión uno, domiciliada, para estos efectos en Calle París ciento noventa y dos, Población Recreo Dos, ciudad y comuna de Rancagua, constituyó Empresa individual de Responsabilidad Limitada, cuya RAZÓN SOCIAL, “TRANSPORTES INÈS CARMONA JARA E.I.R.L.”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía para todos los efectos legales, fines publicitarios, ante el Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras o cualquier otros organismos, sean del orden público o privado, la expresión “TRANSPORTES CARMONA JARA E.I.R.L.”.- OBJETO, el objeto de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada que por esta escritura se constituye será: El transporte terrestre por carretera o ferrocarril de carga viva o inerte, enseres, guarniciones, materiales de construcción, alimentos, y todo otro material transportable por esta vía así como también el transporte terrestre de escolares, trabajadores de temporada o permanente, Turistas y pasajeros, sea que el transporte lo realice de forma regular o esporádica, así como también, poder efectuar fletamentos marítimos o aéreos, con todo, podrán, también comprar, vender, exportar, importar cualquier clase de vehículo motorizado con tal de dar cumplimiento a los fines del giro social. Para esto podrá participar en todo tipo de proyectos sean de carácter privado o público, afines al giro de Transporte de cargas o personas. Para todo lo anterior las administradoras podrán efectuar subcontrataciones y compra de todo tipo de servicios, proyectos y asesorías, la compra, venta, permuta, dar o tomar en arriendo artículos, productos y servicios relacionados al giro empresarial, y toda otra actividad conexa con el giro de la Empresa que por este acto se constituye.- DURACIÓN, Indefinida.- DOMICILIO, El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales que en el futuro se puedan establecer en el resto del país o en el extranjero. .- CAPITAL, será la suma de siete millones de pesos, aportados y enterados por la constituyente de la siguiente forma: A) En especie, aportará dentro del plazo de tres meses un vehículo tipo Chassis, placa patente única TL.6575-8, año 2000, marca Volkswagen, modelo 15.180, número de motor 6035171, número de chasis 9BWXTAEP2XRX09350, color verde, aporte que la constituyente avalúa en la suma de cinco millones de pesos, y B) En especie, aportará dentro del plazo de tres meses un vehículo tipo semirremolque, placa patente única JF.9932-6, año 1989, marca Fernández, color azul, aporte que la constituyente avalúa en la suma de dos millones de pesos. El capital de la empresa podrá ser disminuido o aumentado en forma proporcional cuando la constituyente lo estime pertinente o lo haga necesario el ejercicio empresarial, pudiendo ser en forma de capitalización de utilidades o de nuevos aportes de la constituyente, todo ello con las formalidades legales. La constituyente limita su responsabilidad hasta el límite de sus aportes. ADMINISTRACIÓN. La administración y el uso del nombre o razón de la empresa, corresponderá a la constituyente, ya individualizada, a doña Sandra Lorena de Lourdes Morales Carmona, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empleada, cedula de identidad número once millones doscientos setenta y cinco mil trescientos sesenta y dos guión uno, a don Rodrigo Marcelo Morales Carmona, chileno, casado y separado totalmente de bienes, profesor, cedula de identidad número trece millones novecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos doce guión k, y a don Alfredo Javier Morales Carmona, chileno, divorciado, empleado, cedula de identidad número nueve millones quinientos sesenta y tres mil seiscientos ochenta y cuatro guión cinco, todos de su mismo domicilio, quienes actuando de forma conjunta o individualmente, por la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y anteponiendo el nombre de ésta a su firma, la representarán con las más amplias facultades; sin perjuicio de que en acto posterior, y sin que ello importe modificar esta escritura, se entregue la administración a un tercero con las facultades que al efecto se le señalen. Pudiendo en todo caso, ya por los administradores, ya por un tercero administrador previa autorización de la Empresaria, en nombre y representación de la sociedad actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, obligando a la entidad en toda clase de actos, contratos y negocios que digan relación con el objeto y actividades económicas descritas o que sean necesarias o convenientes para sus fines. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Rancagua, 22 de mayo de 2018.-
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- CONSTITUCIÓN
TRANSPORTES INÈS CARMONA JARA E.I.R.L.
CVE 1407612
