Sociedad Hosteria Restauran El Maule Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$4.000.000
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | $1.680.000 |
Socio | - | - | - |
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2019, otorgada ante mí, don JIMMY ALFREDO GARRIDO PEDREROS, con domicilio en calle General Aldunate número seiscientos veinte oficina setecientos tres, de la ciudad y comuna de Temuco; en representación de don MARIO ISIDORO ULLOA GONZALEZ, de doña ELODIA STELLA ITURRA BASTIAS, y de doña JANETT STELLA ULLOA ITURRA, todos con domicilio en Villa Miramar sin número kilómetro dos coma cinco Puerto Saavedra a la playa, comuna de Saavedra, saneó y rectificó en sentido que se indicará, la escritura de constitución de SOCIEDAD HOSTERIA RESTAURAN EL MAULE LIMITADA, otorgada ante mí con fecha dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en la edición número cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco, de fecha treinta de septiembre del año dos mil diecinueve.- Rectificación y saneamiento consistió: En cláusula sexta de escritura señalada, socios estipularon aportar un capital de cuatro millones de pesos total y por error se señaló que: “DOS) Doña ELODIA STELLA ITURRA BASTIAS aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, de los cuales: quinientos mil aporta en efectivo, ingresando en arcas sociales y el saldo de un millón ciento ochenta mil pesos se enterarán en la medida que las necesidades sociales de la empresa lo requieran”.- Compareciente rectificó los términos de la expresión singularizada entre comillas por la siguiente: “DOS) Doña ELODIA STELLA ITURRA BASTIAS aporta la suma de un millón seiscientos ochenta mil pesos, de los cuales: quinientos mil pesos aporta en efectivo, ingresando en arcas sociales y el saldo de un millón ciento ochenta mil pesos se enterarán en la medida que las necesidades sociales de la empresa lo requieran”.- Dado el error numérico rectificado, citada sociedad no fue inscrita en el plazo dispuesto en el artículo trescientos cincuenta y cuatro del Código de Comercio, por lo que conforme prescribe el inciso final del artículo tercero de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve don JIMMY ALFREDO GARRIDO PEDREROS suscribió escritura de saneamiento que se extracta, a fin de proceder a la inscripción de la sociedad.- Demás estipulaciones en escrituras extractadas.- Temuco, 10 de diciembre de 2019.
公司資料
公司目的
hostería, restaurant, arriendo de cabañas, agroturismo, banquetería, producción de eventos, transportes de pasajeros y carga vía terrestre o fluvial, agencia de viajes, compra de bienes muebles e inmuebles, y toda otra actividad análoga o no; actuar como consultor de toda actividad relacionada con formación, capacitación, investigación, asesoría, publicaciones, organizaciones, eventos, evaluación de proyectos de carácter económico, financieros, laboral, asistencia técnica y crediticia, transferencia tecnológica, desarrollo social y educacional, evaluación, revisión, ejecución, asesorías por cuenta propia y/o ajena, asesorías en materia silvoagropecuarias comprendiendo todas sus ramas o ciencias y participar en toda clase de licitaciones publicas o privadas, concursos públicos de toda índole y naturaleza, y en general la ejecución de actos y contratos complementarios o afines o no con los objetivos sociales que acordaren los socios, en la actualidad o en el futuro presumiéndose el acuerdo de ellos, por la sola circunstancia de su realización
資本
總資本
$4.000.000
實繳資本
$1.420.000
待繳資本
$2.580.000
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $1.680.000 |
Socio | - | - | $1.500.000 |
Socio | - | - | $640.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2019, otorgada ante mí, don MARIO ISIDORO ULLOA GONZALEZ, doña ELODIA STELLA ITURRA BASTIAS, y doña JANETT STELLA ULLOA ITURRA, todos con domicilio en Villa Miramar sin número kilómetro dos coma cinco Puerto Saavedra a la playa, comuna de Saavedra, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: SOCIEDAD HOSTERIA RESTAURAN EL MAULE LIMITADA, pudiendo utilizar, además, en cualquier actuación, nombre fantasía “HOSTERIA EL MAULE LIMITADA”.- Objeto o giro de la empresa será: hostería, restaurant, arriendo de cabañas, agroturismo, banquetería, producción de eventos, transportes de pasajeros y carga vía terrestre o fluvial, agencia de viajes, compra de bienes muebles e inmuebles, y toda otra actividad análoga o no; actuar como consultor de toda actividad relacionada con formación, capacitación, investigación, asesoría, publicaciones, organizaciones, eventos, evaluación de proyectos de carácter económico, financieros, laboral, asistencia técnica y crediticia, transferencia tecnológica, desarrollo social y educacional, evaluación, revisión, ejecución, asesorías por cuenta propia y/o ajena, asesorías en materia silvoagropecuarias comprendiendo todas sus ramas o ciencias y participar en toda clase de licitaciones publicas o privadas, concursos públicos de toda índole y naturaleza, y en general la ejecución de actos y contratos complementarios o afines o no con los objetivos sociales que acordaren los socios, en la actualidad o en el futuro presumiéndose el acuerdo de ellos, por la sola circunstancia de su realización.- Domicilio: ciudad de Temuco de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerden establecer.- Administración: corresponderá INDISTINTAMENTE a cada uno de los socios MARIO ISIDORO ULLOA GONZALEZ y ELODIA STELLA ITURRA BASTIAS.- Facultades en escritura.- Capital: $4.000.000.- que socios aportan y enteran siguiente manera: UNO) Don MARIO ISIDORO ULLOA GONZALEZ , aporta la suma un millón seiscientos ochenta mil pesos de los cuales: doscientos ochenta mil pesos en efectivo ingresado en arcas sociales en acto escritura y el saldo de un millón cuatrocientos mil pesos, se enterarán en la medida que las necesidades sociales de la empresa lo requieran; DOS) Doña ELODIA STELLA ITURRA BASTIAS aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, de los cuales: quinientos mil aporta en efectivo, ingresado en arcas sociales y el saldo de un millón ciento ochenta mil pesos se enterarán en la medida que las necesidades sociales de la empresa lo requieran; TRES) Doña JANETT STELLA ULLOA ITURRA, aporta la suma de seiscientos cuarenta mil pesos en efectivo, ingresado en arcas sociales. Los aportes estarán destinados a la realización de trabajos de relacionados con el giro de la sociedad.- Duración: sociedad regirá a contar de fecha de escritura que extracto, y tendrá una duración de CINCO AÑOS, plazo que se renovará por períodos de CINCO AÑOS en forma tácita y sucesiva, en forma que mencionada el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 26 de septiembre de 2019.-
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