Sociedad De Profesionales Torres Crispi Abogados Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) Prestar servicios profesionales de abogados por cuenta propia, ajena o de terceros; b) Prestar servicios profesionales en materia legal; c) Prestar servicios profesionales de asesoría jurídica o consultoría legal; d) Representar judicial o extrajudicialmente a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, organismos públicos o privados y todo tipo de entidades con o sin fines de lucro; e) Realizar docencia, asesoría, seminarios o capacitaciones profesionales en materias legales, judiciales, laborales, ambientales, civiles, comerciales o tributarias; h) Prestar o recibir servicios de capacitación o enseñanza en materia legal; i) Desarrollar de cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los servicios profesionales en materia legal; j) Prestar servicios legales en materia de mediación laboral, familia, salud, educación y en todo tema legal; k) Prestar servicios de elaboración de actos, contratos e investigación legal, informe en derecho, y, en general el asesoramiento, orientación o consultoría en el campo del derecho.
資本
總資本
$100.000
實繳資本
$100.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI Socio | - | 50% | $50.000 |
RODRIGO ALEJANDRO TORRES NEIRA Socio | - | 50% | $50.000 |
管理人(1)
LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI
摘要官方正文
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, otorgada ante mi, Repertorio N°3586/2023; LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI, y RODRIGO ALEJANDRO TORRES NEIRA, ambos domiciliados en calle Curicó 160, comuna de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las normas contenidas en la ley 3918 y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y del Código Civil y, en especial, por las estipulaciones que se consignan en el estatuto. Nombre: Razón social SOCIEDAD DE PROFESIONALES TORRES CRISPI ABOGADOS LIMITADA, pudiendo actuar inclusive ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía de LEGALEX ABOGADOS LTDA. Capital: es la suma de $100.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A.- LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI, aporta y entera en este acto la suma de $50.000 al contado y en dinero efectivo y que han ingresado en arcas sociales, representa un 50% del capital social.-B.- RODRIGO ALEJANDRO TORRES NEIRA, aporta y entera en este acto la suma de $50.000 al contado y en dinero en efectivo, han ingresado en arcas sociales, lo cual representa un 50% del capital social. De este modo, el capital social se encuentra debidamente aportado y enterado.- Objeto: a) Prestar servicios profesionales de abogados por cuenta propia, ajena o de terceros; b) Prestar servicios profesionales en materia legal; c) Prestar servicios profesionales de asesoría jurídica o consultoría legal; d) Representar judicial o extrajudicialmente a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, organismos públicos o privados y todo tipo de entidades con o sin fines de lucro; e) Realizar docencia, asesoría, seminarios o capacitaciones profesionales en materias legales, judiciales, laborales, ambientales, civiles, comerciales o tributarias; h) Prestar o recibir servicios de capacitación o enseñanza en materia legal; i) Desarrollar de cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los servicios profesionales en materia legal; j) Prestar servicios legales en materia de mediación laboral, familia, salud, educación y en todo tema legal; k) Prestar servicios de elaboración de actos, contratos e investigación legal, informe en derecho, y, en general el asesoramiento, orientación o consultoría en el campo del derecho.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, representaciones o sucursales que pueda establecer en otras ciudades del territorio nacional o en el extranjero.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida, si uno o más de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la sociedad, deberá comunicarlo a los otros socios por cualquier medio por al menos con noventa días de anticipación al cese efectivo. Administración, representación y uso de la razón social será ejercida por LILIAN DEL PILAR NAVARRETE CRISPI. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de Marzo de 2023.-
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- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES TORRES CRISPI ABOGADOS LIMITADA
CVE 2286697
