Sociedad De Profesionales Consultores Fby Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será la asesoría profesional en el área comercial y de gestión de negocios.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Miguel Alejandro Poblete Ibarra Socio 13.xxx.xxx-4 | 13.xxx.xxx-4 | 99% | $990.000 |
Socio 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 1% | $10.000 |
管理人(1)
Miguel Alejandro Poblete Ibarra
SII 代表(1)
Miguel Alejandro Poblete Ibarra
摘要官方正文
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público de la 21° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, comuna Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 08 de noviembre de 2022, Repertorio Nº 11.074/ 2022, otorgada ante mí: Don MIGUEL ALEJANDRO POBLETE IBARRA, C.I. 13.453.872-4, domiciliado en Apoquindo N° 6410, oficina 605, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y don FELIPE ANDRÉS BELMAR YÁÑEZ, C.I. 16.198.455-8, domiciliado en Huérfanos N° 1117, oficina 613, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyen sociedad profesional de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES CONSULTORES FBY LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o ante cualquier organismo, público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía “DIGITAL FLOW LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la asesoría profesional en el área comercial y de gestión de negocios. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración hecha por carta certificada a los otros socios, y por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, todo ello con una anticipación mínima de seis meses a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según sea el caso. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a don Miguel Alejandro Poblete Ibarra, quien anteponiendo su firma a la razón social podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades. CAPITAL: $1.000.000.- que los socios aportaron a la fecha de la escritura, de la siguiente manera: A) don Miguel Alejandro Poblete Ibarra, aporta la suma de $990.000.-, al contado y en dinero efectivo ingresado a la caja social, correspondiéndole el 99% de los haberes y derechos sociales; y B) don Felipe Andrés Belmar Yáñez, aporta la suma de $10.000.-, al contado y en dinero efectivo ingresado a la caja social, correspondiéndole el 1% de los haberes y derechos sociales. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de noviembre de 2022.-
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- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES CONSULTORES FBY LIMITADA
CVE 2215663
