Sociedad De Prestación De Servicio De Asistencia Tecnica Eco Dreams House SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
prestar los servicios de asistencia técnica y social que se señalan en la resolución, para el Sistema de Subsidio Habitacional Rural regulado por el D.S. N°117, (V. y U.), de 2002 o para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el D.S. N°255, (V. y U.), de 2006, respectivamente, programas regulados por el D.S. N°174, (V. y U.), de 2006, o los PSAT en el Sistema de Subsidio Habitacional Rural regulado por el D.S. N°117, (V. y U.), de 2002, o los PPPF en el Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el D.S. N°255, (V. y U.), de 2006
資本
總資本
$10.000.000
股份
100
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
WILLEALDO JAVIER EYZAGUIRRE TOLEDO Accionista 14.xxx.xxx-8 | 14.xxx.xxx-8 | - | - |
SILVANA FRANCHESCA RIBOTTA OLIVARES Accionista 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | - | - |
EDUARDO HUMBERTO ZELAYA ALVAREZ Accionista 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | - | - |
Accionista 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | - | - |
管理人(2)
EDUARDO HUMBERTO ZELAYA ALVAREZ
WILLEALDO JAVIER EYZAGUIRRE TOLEDO
摘要官方正文
LIDIA MARÍA CHAHUÁN ISSA, Notario Público La Calera, Diego Lillo número 331, certifica que por escritura pública de hoy, ante mí, don WILLEALDO JAVIER EYZAGUIRRE TOLEDO, chileno, ilustrador digital, soltero, cédula de identidad y rol único tributario número catorce millones quinientos cincuenta y cuatro trescientos setenta y ocho guión ocho; doña SILVANA FRANCHESCA RIBOTTA OLIVARES, chilena, Corredora, casada, con separación de bienes según se acredita, cédula de identidad y rol único tributario número trece novecientos ochenta y tres mil trescientos noventa guión dos; don EDUARDO HUMBERTO ZELAYA ALVAREZ, chileno, soltero, Constructor Civil, cédula de identidad y rol único tributario número diecisiete millones, seiscientos dieciocho mil doscientos nueve guión uno; MARIA JOSE SILVA GUERRERO, chilena, soltera, cédula de identidad y rol único tributario número Quince millones ochocientos setenta y dos mil cuatrocientos cinco guión siete, todos domiciliados en calle Prat seiscientos cincuenta y cuatro de la comuna de La Calera, constituyen una sociedad por acciones que funcionara bajo la denominación de "SOCIEDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA ECO DREAMS HOUSE SpA.", pudiendo usar el nombre de fantasía “ PSAT ECO DREAMS HOUSE SpA”, y su domicilio será la ciudad y comuna de La Calera, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. La sociedad tendrá por objeto prestar los servicios de asistencia técnica y social que se señalan en la resolución, para el Sistema de Subsidio Habitacional Rural regulado por el D.S. N°117, (V. y U.), de 2002 o para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el D.S. N°255, (V. y U.), de2006, respectivamente, programas regulados por el D.S. N°174, (V. y U.), de 2006, o los PSAT en el Sistema de Subsidio Habitacional Rural regulado por el D.S. N°117, (V. y U.), de 2002, o los PPPF en el Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el D.S. N°255, (V. y U.), de 2006. La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, El capital de la sociedad será la cantidad de diez millones de pesos (10.000.000.-) dividido en cien acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, por un valor de ciento catorce mil doscientos pesos ($100.000-) cada una de ellas, que se suscriben, enteran y pagan en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios. Las acciones de la sociedad se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital de la sociedad se pagará en la forma que se individualizaran en el artículo primero transitorio. Del mismo, los socios comparecientes podrán tomar, anualmente, la suma de dinero equivalente a cuatro unidades tributarias mensuales, para sus gastos particulares.- El accionista limita expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de su respectivo aporte. La administración provisional de la Sociedad, la representación judicial y extrajudicial y el uso de la razón social corresponderá, hasta la designación del gerente general o gerentes generales definitivos, a don EDUARDO HUMBERTO ZELAYA ALVAREZ Y /O WILLEALDO JAVIER EYZAGUIRRE TOLEDO, quien podrán actuar en forma conjunta o separada, y quienes en su calidad de gerente general provisional y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran y tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes El Administrador queda facultado, desde ya para fijar las fechas de las emisiones, emitir las acciones, tomar todos los acuerdos relativos a la emisión y entregar títulos, entendiéndose facultado para todos los actos relativos a dicho fin.- La Calera, a 26 de Mayo de 2018.-
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA ECO DREAMS HOUSE SpA
CVE 1418027
