有限責任公司

Sociedad de Inversiones San Isidro Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年5月7日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2025-05-07查看 PDF(CVE 2643106)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Hasta el 2035-12-31, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a uno cualquiera de los socios, quienes podrán actuar separada e indistintamente.

公司目的

La adquisición de bienes raíces, muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles.

資本

總資本

$254.259.274

實繳資本

$228.833.347

待繳資本

$25.425.927

股東(2)

姓名持股比例

María Carolina Correa Munita

Socio

90%

Luis Felipe Vial Altamirano

Socio

10%

管理人(2)

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, abogado, Notario Público, titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, quinto piso, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 23 de abril de 2025, Repertorio 5028, doña María Carolina Correa Munita y don Luis Felipe Vial Altamirano, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Las Loicas número cuarenta, sitio setenta y siete guión F, Condominio Las Brisas de Santo Domingo, comuna de Santo Domingo, Región de Valparaíso, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada denominada Sociedad de Inversiones San Isidro Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es la adquisición de bienes raíces, muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a uno cualquiera de los socios doña María Carolina Correa Munita y don Luis Felipe Vial Altamirano, quienes podrán actuar separada e indistintamente. El capital de la sociedad es la suma de doscientos cincuenta y cuatro millones doscientos cincuenta y nueve mil doscientos setenta y cuatro pesos, que es aportado y pagado por los socios, con bienes y dinero efectivo, como sigue: a) doña María Carolina Correa Munita aporta la suma de doscientos veintiocho millones ochocientos treinta y tres mil trescientos cuarenta y siete pesos, equivalente a un noventa por ciento del capital social, mediante el aporte en dominio de trescientas treinta y tres mil trescientas treinta y tres acciones de la sociedad denominada Inversiones y Rentas Doña Isabel S.A., que corresponden a todas las acciones de que es titular en dicha compañía, la que se encuentra inscrita a fojas treinta y dos mil ochocientos cuarenta y nueve, número veintiséis mil ochocientos veintitrés del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil uno del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y cuyo Rol Único Tributario es el número noventa y seis millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos guión cuatro, valoradas para estos efectos por ambos comparecientes en la suma de doscientos veintiocho millones ochocientos treinta y tres mil trescientos cuarenta y siete pesos; y b) don Luis Felipe Vial Altamirano aporta la suma de veinticinco millones cuatrocientos veinticinco mil novecientos veintisiete pesos, equivalente a un diez por ciento del capital social, suma que don Luis Felipe Vial Altamirano se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la escritura extractada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta y cinco, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 05 de mayo de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Sociedad de Inversiones San Isidro Limitada

    CVE 2643106

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