Sociedad De Inversiones Celeste Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) la inversión de dineros y/o valores, en bienes muebles e inmuebles, bienes incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven, así como el financiamiento de proyectos e inversiones, efectuar préstamos y empréstitos en dinero; y b) en general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.
資本
總資本
$15.000.000
實繳資本
$150.000
待繳資本
$14.850.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
VALENTINA ALEJANDRA ORTIZ AGUILAR Socio | - | 1% | $150.000 |
JUANA ALEJANDRA AGUILAR MANSILLA Socio | - | 99% | $14.850.000 |
管理人(1)
JUANA ALEJANDRA AGUILAR MANSILLA
法定代理(1)
摘要官方正文
VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público de Puerto Montt, con domicilio en Guillermo Gallardo 165, Puerto Montt, certifica: Por escritura pública de uno de septiembre de 2021, Repertorio N° 3339, ante mí: Doña JUANA ALEJANDRA AGUILAR MANSILLA, domiciliada en Los Pinis cruce Ciruelillos sin número, de la ciudad y comuna de Puerto Montt; y doña VALENTINA ALEJANDRA ORTIZ AGUILAR, domiciliada en Laguna Manza número mil novecientos sesenta y ocho, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: SOCIEDAD DE INVERSIONES CELESTE LIMITADA ", pudiendo usar nombre de fantasía CELESTE LTDA.", que la obligará misma manera que razón social. Objeto: a) la Inversión de dineros y/o valores, en bienes muebles e inmuebles, bienes incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven, así como el financiamiento de proyectos e inversiones, efectuar préstamos y empréstitos en dinero; y, b) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Administración, representación y uso razón social corresponderá a La administración y uso de la razón social corresponderá a la socia JUANA ALEJANDRA AGUILAR MANSILLA, quien al firmar lo hará con su firma personal precedida de la razón social por lo que tendrá la representación legal de la sociedad con las facultades que se indican en escritura. El capital de la sociedad será la suma de quince millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) la socia doña VALENTINA ALEJANDRA ORTIZ AGUILAR aporta la suma de ciento cincuenta mil pesos, que entera aportando en este acto la suma de ciento cincuenta mil pesos en dinero efectivo ingresada en la caja social. b) La socia doña JUANA ALEJANDRA AGUILAR MANSILLA aporta, cede y transfiere en dominio pleno, en la suma de catorce millones ochocientos cincuenta mil pesos, las siguientes propiedades, tasadas así de común acuerdo con la socia: b.1) la propiedad ubicada en LOTE UNO, que forma parte de un predio ubicado en Panitao Alto, comuna de Puerto Montt, el título de dominio rola inscrito a fojas dos mil ochocientos cincuenta y siete vuelta, número tres mil ochocientos nueve correspondiente al registro de Propiedad del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt. El rol de avaluó de la propiedad es dos mil ciento diez guion trescientos treinta y cuatro, de la comuna de Puerto Montt. Comparece el cónyuge, casado en sociedad conyugal, de la socia constituyente doña JUANA ALEJANDRA AGUILAR MANSILLA, don JAVIER ALEJANDRO ORTIZ ORTEGA, cédula nacional de identidad número cédula nacional de identidad número trece millones quinientos noventa y dos novecientos cuarenta guion nueve, quien declara ser chileno, de profesión comerciante, domiciliado en Laguna Mansa mil novecientos sesenta y ocho, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, quien autoriza el aporte conforme al artículo 1749 del Código Civil. y b.2) La propiedad ubicada en LOTE ONCE, el título de dominio rola inscrito a fojas cuatro mil setecientos noventa y nueve vuelta, número seis mil doscientos treinta y uno correspondiente al registro de Propiedad del año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt. El rol de avaluó de la propiedad es dos mil ciento diez guion trescientos cuarenta y tres, de la comuna de Puerto Montt. Duración: cinco años contados desde el día de la presente escritura, sin embargo, se entenderá renovada por otros periodos iguales y sucesivos, salvo que alguna de las partes manifestara su voluntad de ponerle término al vencimiento previsto o cualquier periodos de prórroga y mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen del Registro de Comercio, donde aparezcan inscrito el contrato social y siempre que la declaración fuere otorgada y presentada al Conservador respectivo para su anotación a lo menos con treinta días de anticipación y debidamente comunicada al otro socio por medio de carta certificada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Puerto Montt, a seis de septiembre dos mil veinte uno.
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- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES CELESTE LIMITADA
CVE 2006815
