有限責任公司

Sociedad Comercial Green Wanu Limitada

CONSTITUCIÓN — 2018年1月25日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2018-01-25查看 PDF(CVE 1342100)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 10 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogables automáticamente por períodos sucesivos de 5 años en la forma y condiciones señaladas en la escritura social
管理方式: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios

公司目的

La sociedad tendrá por objeto la comercialización, producción, fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución, arriendo, y cualquier acto o convención que recaiga sobre cualquier clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, comprendiendo especialmente fertilizantes e insumos y todo tipo de productos, aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias, vehículos u otros elementos afines; la prestación de toda clase de servicios; y la realización de toda otra actividad o negocio relacionado con los anteriores, que derive directa o indirectamente de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos así como cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, pudiendo al efecto inclusive formar, constituir y/o participar en otras sociedades, comunidades o asociaciones, administrarlas, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio; pudiendo también participar en todo tipo de proyectos de inversión y celebrar cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores.

資本

總資本

$5.010.000

股東(3)

姓名持股比例

Andrés Antonio Campillay Morales

Socio

12.xxx.xxx-6

33.3%

Augusto Patricio Peñaloza Villalobos

Socio

12.xxx.xxx-2

33.3%

Cristián Emilio Pizarro Robles

Socio

8.xxx.xxx-0

33.3%

管理人(3)

Andrés Antonio Campillay Morales

12.xxx.xxx-6Administrador

Augusto Patricio Peñaloza Villalobos

12.xxx.xxx-2Administrador

Cristián Emilio Pizarro Robles

8.xxx.xxx-0Administrador

摘要官方正文

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de 23 de enero de 2018, bajo el Repertorio Nº 5.003 ante mí, Andrés Antonio Campillay Morales, C.I. 12.471.983-6, domiciliado en calle Viña Cousiño 3770 Manzana 2 Casa 19, Peñalolén, Santiago, Región Metropolitana; Augusto Patricio Peñaloza Villalobos, C.I. 12.225.695-2, domiciliado calle Viña Cousiño 3770 Manzana 2 Casa 3, Peñalolén, Santiago, Región Metropolitana; y Cristián Emilio Pizarro Robles, C.I. 8.217.891-0, domiciliado en calle Interior Cuatro número 3.656, Iquique, Región de Tarapacá, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, de acuerdo a lo siguiente: /a/ Razón Social: “Sociedad Comercial Green Wanu Limitada”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios, publicitarios y tributarios la denominación “Green Wanu Ltda.” o “GreenWanu Ltda.”. /b/ Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, República de Chile, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares dentro y fuera del país. /c/ Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la comercialización, producción, fabricación, compra, venta, importación, exportación, distribución, arriendo, y cualquier acto o convención que recaiga sobre cualquier clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, comprendiendo especialmente fertilizantes e insumos y todo tipo de productos, aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias, vehículos u otros elementos afines; la prestación de toda clase de servicios; y la realización de toda otra actividad o negocio relacionado con los anteriores, que derive directa o indirectamente de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos así como cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, pudiendo al efecto inclusive formar, constituir y/o participar en otras sociedades, comunidades o asociaciones, administrarlas, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio; pudiendo también participar en todo tipo de proyectos de inversión y celebrar cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores. /d/ Duración: 10 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogables automáticamente por períodos sucesivos de 5 años en la forma y condiciones señaladas en la escritura social. /e/ Capital: El capital de la sociedad es la suma $5.010.000, que los socios aportan y enteran de la forma y en las proporciones que se señalan a continuación: /i/ Andrés Antonio Campillay Morales aporta en este acto la suma de $1.670.000, representativos del 33,3% de los derechos sociales, que se pagarán en dinero efectivo a medida que lo requieran las necesidades sociales y a más tardar en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura social; /ii/ Augusto Patricio Peñaloza Villalobos aporta en este acto la suma de $1.670.000, representativos del 33,3% de los derechos sociales, que se pagarán en dinero efectivo a medida que lo requieran las necesidades sociales y a más tardar en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura social; y /iii/ Cristián Emilio Pizarro aporta en este acto la suma de $1.670.000, representativos del 33,3% de los derechos sociales, que se pagarán en dinero efectivo a medida que lo requieran las necesidades sociales y a más tardar en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura social. Se deja expresa constancia que la indicación del porcentaje de participación de cada socio en el capital social es aproximada y se consigna a título meramente ilustrativo, primando por sobre dichos porcentajes la proporción que representa el aporte efectivo de cada socio. /f/ Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios Andrés Antonio Campillay Morales, Augusto Patricio Peñaloza Villalobos y Cristián Emilio Pizarro Robles. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de enero de 2018.

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  1. CONSTITUCIÓN

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    CVE 1342100

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