Sociedad Alimentos Especializados SpA
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$15.000.000
實繳資本
$15.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $7.500.000 |
Accionista | - | 50% | $7.500.000 |
摘要官方正文
CECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con domicilio en Av. Libertad N.º 1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 15 de abril del 2020, repertorio 1394, ante mí, don GABRIEL ÓSCAR URRA VARAS, domiciliado en calle Los Arrayanes ciento treinta y uno - C, Peñablanca, comuna de Villa Alemana y don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, domiciliado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, Viña del Mar, rectificaron escritura pública de rectificación de fecha 5 de marzo del año 2020, suscrita en esta misma Notaria, número de repertorio 938 del año 2020, que a su vez, rectificaba escritura pública de constitución de la SOCIEDAD ALIMENTOS ESPECIALIZADOS SPA., de fecha 21 de enero del 2020, número de repertorio 218-2020, en su cláusula segundo sentido que sigue: a) Se mantiene la primera parte de la cláusula “Segundo”: “SEGUNDO: RECTIFICACIÓN. Por este acto se viene en rectificar la escritura pública singularizada precedentemente, en sus Disposiciones Transitorias, cláusula Primero Transitorio: “Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS quien las paga mediante la dación en pago del inmueble de su propiedad, avaluado en la suma de siete millones quinientos mil pesos, correspondiente al inmueble ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados.. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece . El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja.” b) se elimina: “en su reemplazo debe decir, “Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS quien las paga mediante la cesión del inmueble de su propiedad, avaluado en la suma de siete millones quinientos mil pesos, correspondiente al inmueble ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece . El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja. c) Se complementa escritura de rectificación, en la segunda parte de la cláusula Segunda” con “en su reemplazo debe decir, Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta, por un valor de siete millones quinientos mil pesos, son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS, que es el valor que las partes asignan al inmueble que se pasa a individualizar, de que él es dueño y que aporta y transfiere en dominio en este acto a la sociedad que aquí se forma. Dicho inmueble se encuentra ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece. El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, por un valor de siete millones quinientos mil pesos, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja. De las correcciones y complementos antes indicados, el tenor de final de la clausula es el siguiente: “SEGUNDO: RECTIFICACIÓN. Por este acto se viene en rectificar la escritura pública singularizada precedentemente, en sus Disposiciones Transitorias, cláusula Primero Transitorio: “Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS quien las paga mediante la dación en pago del inmueble de su propiedad, avaluado en la suma de siete millones quinientos mil pesos, correspondiente al inmueble ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece . El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja.” en su reemplazo debe decir, Primero: Disposiciones Transitorias, cláusula Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta, por un valor de siete millones quinientos mil pesos, son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS, que es el valor que las partes asignan al inmueble que se pasa a individualizar, de que él es dueño y que aporta y transfiere en dominio en este acto a la sociedad que aquí se forma. Dicho inmueble se encuentra ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece. El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, por un valor de siete millones quinientos mil pesos, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja. En lo no modificado se mantiene el contenido de la escritura rectificada. Viña del Mar, 30 abril 2020.
公司資料
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總資本
$15.000.000
實繳資本
$15.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $7.500.000 |
Accionista | - | 50% | $7.500.000 |
摘要官方正文
CECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, domiciliada en Av. Libertad N.º 1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 05 de marzo del 2020, Repertorio 938, ante mí, don GABRIEL ÓSCAR URRA VARAS, domiciliado en calle Los Arrayanes ciento treinta y uno - C, Peñablanca, comuna de Villa Alemana y don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, domiciliado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, Viña del Mar, rectificaron escritura pública de fecha 21 de enero del año 2020, suscrita en esta misma Notaria, número de repertorio doscientos dieciocho guión dos mil veinte, de constitución de la SOCIEDAD ALIMENTOS ESPECIALIZADOS SPA., en el sentido de rectificar la escritura pública en sus Disposiciones Transitorias, cláusula Primero Transitorio: en donde dice “Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS quien las paga mediante la dación en pago del inmueble de su propiedad, avaluado en la suma de siete millones quinientos mil pesos, correspondiente al inmueble ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece . El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja.” en su reemplazo debe decir, Primero Transitorio: El capital social asciende a la suma de quince millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. De las referidas acciones, cincuenta son suscritas por GABRIEL OSCAR URRA VARAS quien las paga mediante la cesión del inmueble de su propiedad, avaluado en la suma de siete millones quinientos mil pesos, correspondiente al inmueble ubicado en Avenida Blanca Vergara número mil seiscientos sesenta y tres, Forestal Alto, que corresponde al Lote Ocho-A de la población Comunidad Tranque Vergara de la Comuna de Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el número tres mil doscientos cincuenta y dos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año dos mil dos, cuyos deslindes encerrados en el Polígono A-E-F-B-A, son los siguientes: NORTE, en once coma novecientos cincuenta y un metros con Lote Ocho-B; SUR, en doce metros con Avenida Blanca Vergara; ORIENTE, en cuarenta coma trecientos setenta y dos metros con propiedad de Ismael Urra; y PONIENTE, en treinta y nueve coma novecientos noventa metros con propiedad de Luis Santander, encerrando una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y dos coma quince metros cuadrados. Adquirió dicha propiedad por adjudicación que se le hizo en la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre don GABRIEL ÓSCAR URRA VARGAS y doña MARÍA DEL ROSARIO RIQUELME NÚÑEZ. Así consta de la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Marcos Andrés Díaz León, con fecha dos de Abril del año dos mil trece y de la escritura pública de Rectificación, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, con fecha 20 de Mayo del año dos mil trece. El titulo de dominio a su nombre rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil novecientos diecisiete, número cinco mil setecientos treinta y ocho en el Registro de Propiedad del año dos mil trece que lleva a su cargo el Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Rol de Avalúo número mil trecientos treinta guión veintisiete; en tanto don NICOLÁS EDUARDO URRA RIQUELME, suscribe cincuenta acciones, quien las paga en dinero en efectivo, íntegramente cancelado en este acto, ya ingresado a caja. En lo no modificado se mantiene el contenido de la escritura rectificada. Viña del Mar, 09 de marzo de 2020.-
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