Servicios Médicos Victor Moreno Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la Medicina, y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Cardiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos terapéuticos, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos; b) Establecer Consultas y Centros Médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; d) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes y diagnóstico, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y f) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios.
資本
總資本
$500.000
實繳資本
$500.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
VICTOR HUGO MORENO LAGOS Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 80% | $400.000 |
Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 20% | $100.000 |
管理人(2)
VICTOR HUGO MORENO LAGOS
摘要官方正文
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, Certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de febrero de 2023, Repertorio 819-2023, ante doña CATALINA DEL PINO CONSTANZO, Abogado, Notario Público Suplente, don VICTOR HUGO MORENO LAGOS, chileno, soltero, Médico Cirujano con especialidad en Cardiología, cédula nacional de identidad Número trece millones novecientos mil veintidós guion seis, y doña SUSANA VIANNEY RIQUELME RIFO, chilena, soltera, Educadora de Párvulos, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos treinta y ocho mil seiscientos setenta y siete guion K, ambos domiciliados en calle dieciocho de septiembre números seiscientos veintidós, Torre A, departamento mil ciento cuatro, de la comuna y ciudad de Temuco; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS VICTOR MORENO LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “CARDIOMED LTDA.”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y cualquier organismo público o privado. - OBJETO SOCIAL: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la Medicina, y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Cardiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos terapéuticos, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos; b) Establecer Consultas y Centros Médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; d) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes y diagnóstico, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y f) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don VICTOR HUGO MORENO LAGOS, y a doña SUSANA VIANNEY RIQUELME RIFO, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en los términos estipulados en el pacto social. - CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don VICTOR HUGO MORENO LAGOS, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el OCHENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) doña SUSANA VIANNEY RIQUELME RIFO, aporta la suma de cien mil pesos, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el VEINTE POR CIENTO de los haberes y derechos sociales.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. - DURACIÓN: La sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva.- DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2023.
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La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la Medicina, y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Cardiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos terapéuticos, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos; b) Establecer Consultas y Centros Médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; d) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes y diagnóstico, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y f) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios.
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總資本
$500.000
實繳資本
$500.000
待繳資本
$0
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| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
VICTOR HUGO MORENO LAGOS Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 80% | $400.000 |
Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 20% | $100.000 |
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VICTOR HUGO MORENO LAGOS
摘要官方正文
CATALINA DEL PINO CONSTANZO, Abogado, Notario Público Suplente de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, Certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de Febrero de 2023, repertorio 819-2023, ante mí; don VICTOR HUGO MORENO LAGOS, chileno, soltero, Médico Cirujano con especialidad en Cardiología, casado en régimen de separación total de bienes, cédula nacional de identidad Número trece millones novecientos mil veintidós guion seis, y doña SUSANA VIANNEY RIQUELME RIFO, chilena, soltera, Educadora de Párvulos, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos treinta y ocho mil seiscientos setenta y siete guion K, ambos domiciliados en calle dieciocho de septiembre números seiscientos veintidós, Torre A, departamento mil ciento cuatro, de la comuna y ciudad de Temuco; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS VICTOR MORENO LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “CARDIOMED LTDA.”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y cualquier organismo público o privado. - OBJETO SOCIAL: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la Medicina, y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Cardiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos terapéuticos, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos; b) Establecer Consultas y Centros Médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; d) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes y diagnóstico, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y f) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don VICTOR HUGO MORENO LAGOS, y a doña SUSANA VIANNEY RIQUELME RIFO, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en los términos estipulados en el pacto social. - CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don VICTOR HUGO MORENO LAGOS, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el OCHENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) doña SUSANA VIANNEY RIQUELME RIFO, aporta la suma de cien mil pesos, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el VEINTE POR CIENTO de los haberes y derechos sociales.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. - DURACIÓN: La sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva.- DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de febrero de 2023.
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