股份公司

Servicios Médicos Dra. Carolina Lara SpA

CONSTITUCIÓN — 2020年1月30日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2020-01-30查看 PDF(CVE 1719898)

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana

公司目的

La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, otorgamiento de atención de salud, procedimientos quirúrgicos, atención a domicilio y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股份

100

股東(2)

姓名持股比例

CAROLINA DEL CARMEN LARA FLORES

Accionista

10%

CARMEN GLORIA FLORES LARA

Accionista

90%

摘要官方正文

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 24/01/2020 ante mí: CAROLINA DEL CARMEN LARA FLORES, de nacionalidad chilena, soltera, médico cirujano, con domicilio en Agustinas número mil quinientos ochenta y uno, departamento seiscientos dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana y CARMEN GLORIA FLORES LARA, de nacionalidad chilena, viuda, factor de comercio, con domicilio en Agustinas número mil quinientos ochenta y uno, departamento seiscientos dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, mayores de edad, constituyeron una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Servicios Médicos Dra. Carolina Lara SpA”, sin perjuicio se usar el nombre de fantasía o sigla comercial de “CLARAF SpA” pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, otorgamiento de atención de salud, procedimientos quirúrgicos, atención a domicilio y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a un millón de pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal ; a) se suscriben diez acciones íntegramente por doña CAROLINA DEL CARMEN LARA FLORES , equivalentes al diez por ciento del capital social y diez por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de cien mil pesos, ya ingresado a caja social; b) se suscriben noventa acciones íntegramente por doña CARMEN GLORIA FLORES LARA, equivalentes al noventa por ciento del capital social y noventa por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de novecientos mil pesos, ya ingresado a caja social . Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 27 de Enero de 2020.

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