Servicios Medicos Cylé SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y telemedicina, y cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con la medicina, en forma directa o mediante convenios sean estos particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituto de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, o de Organismos del sector Publico, Municipal o privado, también comprende actividades de profesionales paramédicos, ejercicio, gestión y prestación de servicios profesionales médicos, en todas sus especialidades, incluyendo consultas, procedimientos, cirugías, telemedicina, atenciones domiciliarias, controles y urgencias; administración y explotación de centros médicos, clínicas, pabellones, boxes de atención, salas de procedimientos y centros de diagnósticos, realización de investigacion científica, clínica, epidemiológica, estudios, publicaciones y ensayos clínicos, actividades de docencia, formación médica, cursos, capacitaciones, congresos y simposios, importación, exportación, comercialización y distribución de insumos médicos, equipamiento clínico y tecnologías sanitarias, prestaciones de asesorías en salud, consultorías médicas, evaluación de pacientes, peritajes médicos, pericias judiciales y servicios de auditoria clínica, como también inversión, compra venta, tenencia, arriendo, leasing o administración de bienes raíces urbanos y rurales, inversión mobiliaria y financiera, incluyendo acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos, fondos privados, renta fija, renta variable, ETFs, derivados y cualquier instrumento permitido, participacion en sociedades, nacionales o extranjeras, en calidad de accionista, socia, inversionista, administradora o asesora, inversión en startups, emprendimientos, salud digital, telemedicina, biotecnología, innovación médica y tecnología sanitaria, administración, gestión, explotación, desarrollo y asesoría en toda clase de negocios relacionados o no a la medicina, operaciones o actividades lícitas, tanto en Chile como en el extranjero.
資本
總資本
$20.000.000
實繳資本
$10.000.000
待繳資本
$10.000.000
股份
200
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 26.xxx.xxx-6 | 26.xxx.xxx-6 | 70% | $14.000.000 |
ERNESTO RAUL CASTAÑO GUTIERREZ Accionista 25.xxx.xxx-2 | 25.xxx.xxx-2 | 30% | $6.000.000 |
管理人(1)
SII 代表(1)
摘要官方正文
Ministerio del Interior EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 01 de junio de 2026, bajo el repertorio 2727-26, doña YULEIDIS LUIS CARRAZANA, cubana, casada y separada de bienes, Médico cirujano, cédula de identidad para extranjero número veintiséis millones quinientos cuarenta mil cuatrocientos catorce guion seis, domiciliada en Tabancura número mil cincuenta, departamento novecientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y don ERNESTO RAUL CASTAÑO GUTIERREZ, cubano, casado y separado de bienes, Médico cirujano, cédula de identidad para extranjero número veinticinco millones seiscientos cinco mil novecientos veintiocho guion dos, domiciliado en Tabancura número mil cincuenta, departamento novecientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad RAZON SOCIAL: Bajo la razón social “SERVICIOS MEDICOS CYLÉ SpA”, se constituye una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza mercantil, organizada bajo la forma de Sociedad por Acciones, conforme a las normas de la Ley número veinte mil ciento noventa. La Sociedad tendrá personalidad jurídica propia y distinta de las de sus socios, y sus obligaciones se limitarán al monto de su capital suscrito y pagado, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes sobre abuso de personalidad jurídica o fraude a la ley. La sociedad podrá usar abreviadamente el nombre “SERVICIOS MEDICOS CYLÉ SpA”, o cualquier otro nombre de fantasía derivado de éste, siempre que no induzca a error ni confusión respecto de su naturaleza u objeto. Su régimen se rige por las normas de las Sociedades por Acciones y, supletoriamente, por las disposiciones de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, la Ley número dieciocho mil cuarenta y cinco sobre Mercado de Valores, el Código de Comercio y el Código Civil, en lo que sea compatible con su naturaleza. DOMICILIO: El domicilio legal de la Sociedad será la comuna de Vitacura, Región Metropolitana, sin perjuicio de que, por decisión del Gerente General, puedan establecer sucursales, oficinas, representaciones o agencias en cualquier comuna del país o en el extranjero. La Sociedad podrá fijar domicilio operacional en distintos lugares según la naturaleza de las inversiones o proyectos en desarrollo, y podrá celebrar actos y contratos en Chile o en el exterior. Para los efectos judiciales, la Sociedad se entenderá domiciliada en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de la competencia de los tribunales chilenos o extranjeros en operaciones internacionales. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración indefinida, iniciando sus operaciones a partir de la fecha de su constitución. No obstante, los socios podrán poner término anticipado mediante acuerdo expreso otorgado por escritura pública o declaración firmada electrónicamente con Firma Avanzada, según el régimen utilizado. La disolución anticipada podrá fundarse en razones de conveniencia económica, reorganización societaria, cumplimiento del objeto o transformación en otra forma jurídica. Hasta su disolución efectiva, la Sociedad conservará plena capacidad jurídica y su existencia no se verá afectada por la muerte, incapacidad, insolvencia, cesión de derechos o cualquier modificación en la persona del socio. OBJETO SOCIAL AMPLIO: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y telemedicina, y cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con la medicina, en forma directa o mediante convenios sean estos particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituto de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, o de Organismos del sector Publico, Municipal o privado, también comprende actividades de profesionales paramédicos, ejercicio, gestión y prestación de servicios profesionales médicos, en todas sus especialidades, incluyendo consultas, procedimientos, cirugías, telemedicina, atenciones domiciliarias, controles y urgencias; administración y explotación de centros médicos , clínicas, pabellones, boxes de atención, salas de procedimientos y centros de diagnósticos, realización de investigacion científica, clínica, epidemiológica, estudios, publicaciones y ensayos clínicos, actividades de docencia , formación médica, cursos, capacitaciones, congresos y simposios, importación, exportación, comercialización y distribución de insumos médicos, equipamiento clínico y tecnologías sanitarias, prestaciones de asesorías en salud, consultorías médicas, evaluación de pacientes, peritajes médicos, pericias judiciales y servicios de auditoria clínica, como también inversión, compra venta, tenencia, arriendo, leasing o administración de bienes raíces urbanos y rurales, inversión mobiliaria y financiera, incluyendo acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos, fondos privados, renta fija, renta variable, ETFs, derivados y cualquier instrumento permitido, participacion en sociedades, nacionales o extranjeras, en calidad de accionista, socia, inversionista, administradora o asesora ,inversión en startups, emprendimientos, salud digital, telemedicina, biotecnología, innovación médica y tecnología sanitaria, administración, gestión, explotación, desarrollo y asesoría en toda clase de negocios relacionados o no a la medicina, operaciones o actividades lícitas, tanto en Chile como en el extranjero, incluyendo pero sin limitarse a: (a)Inversiones Financieras: Invertir y participar en valores mobiliarios nacionales e internacionales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, instrumentos de deuda, efectos de comercio, certificados de depósito, instrumentos derivados (forwards, futuros, opciones, swaps y otros) con fines de inversión, cobertura o especulación financiera, y en general en cualquier valor o activo financiero permitido por la legislación chilena o extranjera.(b)Inversiones Inmobiliarias: Adquirir, arrendar, enajenar, construir, subdividir, fusionar, urbanizar o administrar bienes raíces urbanos o rurales; celebrar contratos de leasing, comodato, usufructo o hipoteca; ejecutar proyectos inmobiliarios de carácter comercial, habitacional o mixto, en Chile y en el extranjero.(c)Participación en Sociedades: Constituir, adquirir, poseer, enajenar y administrar participaciones en sociedades, empresas, corporaciones o entidades de cualquier naturaleza, tanto chilenas como extranjeras; ejercer derechos políticos y económicos; designar o remover representantes y directores.(d)Propiedad Intelectual e Industrial: Adquirir, registrar, administrar o licenciar marcas comerciales, patentes de invención, nombres de dominio, derechos de autor, programas informáticos, franquicias y know- how, en Chile y en otros países.(e) Consultorías y Asesorías: Prestar servicios de consultoría, asesoría, gestión y planificación en materias financieras, comerciales, tributarias, contables, tecnológicas, de inversiones o de organización empresarial, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.(f) Operaciones Internacionales y Comercio Exterior: Exportar e importar bienes o servicios; celebrar contratos internacionales de representación, distribución o agencia; abrir cuentas bancarias o de inversión en el exterior; constituir filiales, joint ventures o sucursales fuera del país; actuar como holding de inversiones globales.(g) Inversiones Alternativas y Fintech: Invertir en plataformas digitales, criptomonedas, activos virtuales, crowdfunding, tokenización de activos y otros instrumentos tecnológicos emergentes, conforme a la regulación vigente del Banco Central, CMF y UAF.(h) Actividades Accesorias: Realizar todo acto y contrato civil, comercial o financiero lícito que directa o indirectamente se relacione con los fines anteriores, incluyendo la obtención de créditos, la constitución de garantías, la contratación de servicios y la participación en licitaciones públicas o privadas. Este objeto es amplio, dinámico y complementario, pudiendo la Sociedad realizar y celebrar toda clase de actos y contratos civiles y comerciales, principales o accesorios, destinados directa o indirectamente al cumplimiento del objeto y cualquier operación que le permita el desarrollo integral de su giro de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero. CLÁUSULA CUARTA BIS: MEDICINA ESTÉTICA, CIRUGÍA PLÁSTICA RECONSTRUCTIVA Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS: Sin perjuicio de la amplitud del objeto social establecido en la cláusula precedente, y como desarrollo específico y complementario de éste, la Sociedad tendrá como giro especial, propio e integrante de su objeto, las siguientes actividades: (i) Medicina Estética y Cirugía Plástica: La prestación, administración, gestión y comercialización de servicios médicos en el ámbito de la medicina estética, cirugía plástica reparadora, reconstructiva y estética, dermatología cosmética y procedimientos no invasivos e invasivos de mejora corporal y facial, incluyendo, sin que esta enumeración sea taxativa: consultas, evaluaciones y diagnósticos en medicina estética; cirugías de rinoplastia, blefaroplastia, ritidectomía (lifting facial), otoplastia, mentoplastia, genioplastia y cirugías de contorno facial; mamoplastia de aumento, reducción o mastopexia, ginecomastia y procedimientos periféricos del complejo areola-pezón; abdominoplastia, liposuccion, lipotransferencia, lipolisis laser y body contouring; gluteoplastia, braquioplastia, cruroplastia y cirugías de extremidades; reconstrucción mamaria post-mastectomía, cirugía reconstructiva post- oncológica, reparación de cicatrices, reconstrucción de párpados, labios, pabón auricular y otras estructuras faciales o corporales afectadas por patología, trauma, quemaduras o malformaciones congénitas; procedimientos de rejuvenecimiento facial no quirúrgico, incluyendo aplicación de toxina botulínica tipo A, ácido hialurónico e hidroxiapatita de calcio, bioestimuladores colágenos, plasma rico en plaquetas (PRP), mesoterapia, peelings químicos, dermoabrasión y microdermobrassión; tratamientos con tecnologías de alta potencia, tales como láser CO2 fraccionado, láser Nd:YAG, IPL, radiofrecuencia fraccionada, ultrasonido microfocalizado (HIFU), criolipolisis, electrolipopexia y termage; micropigmentación, tatuajes de camuflaje de cicatrices y areolas; implantes de cabello y trasplante capilar FUE o FUT; tratamientos inyectables de biorevitalización y rejuvenecimiento corporal; y cualquier otro procedimiento médico estético o reconstructivo que sea licitamente practicado conforme a la Ley número diecinueve mil novecientos sesenta y seis sobre Autoridad Sanitaria, el Código Sanitario, el Reglamento de Clínicas y Hospitales (Decreto Supremo número cuarenta y dos del Ministerio de Salud), y las demás normas sectoriales aplicables. Todos los procedimientos quirúrgicos y médicos serán ejecutados exclusivamente por profesionales habilitados y con los títulos correspondientes debidamente validados ante la Superintendencia de Salud, el Ministerio de Salud y el Colegio Médico de Chile A.G., conforme al artículo ciento doce del Código Sanitario, siendo responsabilidad del Gerente General velar por el cumplimiento de los estándares de acreditación y habilitación de prestadores institucionales de salud exigidos por la Superintendencia de Salud conforme a la Ley número diecinueve mil novecientos sesenta y seis. (ii) Infraestructura, Equipamiento y Operación de Centros Médico-Estéticos: La constitución, administración, explotación, arrendamiento y gestión de centros de medicina estética, clínicas de cirugía plástica, consultas dermatológicas cosméticas, spas médicos, unidades de recuperación postoperatoria, pabellones de cirugía menor y cualquier otro establecimiento destinado a la prestación de servicios de salud estética y reconstructiva, ya sea en forma directa o mediante convenios con terceros. Incluye asimismo la adquisición, importación, comercialización, arriendo y mantenimiento de equipamiento médico especializado en medicina estética, tecnologías de rejuvenecimiento, instrumental quirúrgico y demás insumos sanitarios vinculados al giro, de conformidad con las autorizaciones del Instituto de Salud Pública (ISP) y la normativa del Ministerio de Salud sobre dispositivos médicos (Decreto Supremo número ochenta y dos de dos mil cuatro y Ley número veintiuno mil quinientos cuarenta y ocho sobre Dispositivos Médicos). (iii) Importación, Exportación y Comercialización de Productos Cosméticos y de Cuidado Personal: La importación, exportación, distribución, comercialización al por mayor y al detal, representación de marcas y venta —tanto en establecimientos físicos como por canales digitales y comercio electrónico— de toda clase de productos cosméticos, dermocosméticos, nutricosméticos y de cuidado e higiene personal, incluyendo sin limitación: cremas hidratantes, sérums, contornos de ojos, protectores solares, correctores de manchas y tratamientos antiedad para rostro y cuerpo; productos de limpieza facial y corporal; maquillaje, bases, correctores, polvos, rubores, labiales, delineadores y demás productos de coloración y acabado facial; tratamientos capilares, champús, acondicionadores, mascarillas, aceites y seros para el cabello; productos de higiene y bienestar íntimo; suplementos nutricosméticos orientados a la salud de la piel, cabello y uñas; productos de uso postquirúrgico y cicatrizantes de uso tópico; ropa de compresión posquirúrgica y accesorios cosméticos; dispositivos de belleza de uso domiciliario, tales como masajeadores faciales, rodillos de cuarzo, microneedling doméstico y tecnologías de fototerapia LED; y en general, cualquier producto comprendido en la categoría de cosmético o producto de higiene y aseo conforme a las definiciones del Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Cosméticos (Decreto Supremo número ciento treinta y nueve de dos mil mil y sus modificaciones, Ministerio de Salud) y las normas del Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), quien ejerce la fiscalización y registro sanitario de estos productos en Chile. Todos los productos cosméticos que la Sociedad comercialice deberán contar con el correspondiente Registro Sanitario o Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) ante el ISP, conforme a la Resolución Exenta número cuatrocientos sesenta y dos del Ministerio de Salud de dos mil trece y el sistema de notificación vigente. El Gerente General será responsable de mantener actualizados todos los registros sanitarios de los productos comercializados y de velar por el cumplimiento de la normativa de etiquetado, publicidad y protección al consumidor establecida en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y seis sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. (iv) Telemedicina, Asesoría Digital y Plataformas en Medicina Estética: La prestación de servicios de teledermatología cosmética y teleconsulta en medicina estética, mediante plataformas digitales certificadas; el diseño, operación y comercialización de plataformas de agenda, seguimiento postoperatorio y adherencia terapéutica; la comercialización de productos a través de canales de venta digitales propios o de terceros; y la elaboración y distribución de contenidos educativos, audiovisuales y de divulgación científica en materias de salud estética, cirugía plástica y cosmiatría, conforme a la normativa del Ministerio de Salud sobre telemedicina y al reglamento vigente aplicable. (v) Capacitación, Docencia y Formación en Medicina Estética: La organización, gestión y comercialización de cursos, talleres, simposios, congresos y programas de formación continua en cirugía plástica, medicina estética, dermocosmética y disciplinas afines, dirigidos a profesionales de la salud, técnicos en estética y público general; la elaboración y comercialización de material didáctico, publicaciones científicas y manuales de procedimientos; y la prestación de servicios de capacitación al personal de centros médico-estéticos de terceros. (vi) Propiedad Intelectual e Industrial en el Ámbito Estético- Cosmético: El desarrollo, registro, protección, licenciamiento y explotación de marcas comerciales, formulaciones cosméticas propias, patentes de productos o procesos relacionados con la medicina estética y la industria cosmética, nombres de dominio y signos distintivos del giro, ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) y sus equivalentes en el extranjero; y la celebración de contratos de licencia, franquicia, distribución exclusiva o representación de marcas cosméticas o médico-estéticas, nacionales o extranjeras. Las actividades descritas en esta cláusula se entenderán siempre comprendidas dentro del objeto social amplio de la Sociedad y complementan en forma inescindible e indivisible las demás actividades descritas en la cláusula cuarta precedente, sin que su enumeración tenga carácter taxativo. La Sociedad podrá desarrollar todas o algunas de estas actividades en forma directa, mediante convenios, contratos de servicios, representaciones o a través de filiales o sociedades relacionadas, en Chile o en el extranjero. CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES: El capital de la Sociedad se fija en la suma de veinte millones de pesos , dividido en doscientas acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, numeradas correlativamente de
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