有限責任公司

Servicios Gastronómicos GRÖN Limitada

CONSTITUCIÓN — 2019年10月30日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2019-10-30查看 PDF(CVE 1675410)

公司資料

Ltda
Rancagua, O'Higgins
期限: tres años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
管理方式: indistinta por cualquiera de los socios individualizados, con actuación conjunta excepcional para apertura de cuentas bancarias y solicitudes de créditos bancarios

公司目的

a) Elaboración y expendio de comidas, bebidas y productos; b) Explotación de restaurantes, establecimientos de comida rápida, bares y cantinas, c) prestación de servicios de catering, banquetería, y toda clase de eventos, d) Fabricación de comida envasada y productos pre elaborados para comercialización, e) compra, venta, comercialización y distribución de productos y suplementos alimenticios saludables; y f) El ejercicio de cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, sin que esta enumeración sea taxativa

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

Bárbara Andrea Castro Jordán

Socio

15.xxx.xxx-0

30%

José Ignacio Castro Jordán

Socio

17.xxx.xxx-6

30%

Felipe Eduardo Muñoz Díaz

Socio

15.xxx.xxx-9

40%

管理人(3)

Bárbara Andrea Castro Jordán

15.xxx.xxx-0Administrador

José Ignacio Castro Jordán

17.xxx.xxx-6Administrador

Felipe Eduardo Muñoz Díaz

15.xxx.xxx-9Administrador

摘要官方正文

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público titular de la 3° Notaria Rancagua Campos 377, Certifica: Por escritura otorgada ante mí con fecha 14 de Octubre de 2019, doña Bárbara Andrea Castro Jordán, chilena, soltera, médico cirujano, cédula nacional de identidad número quince millones ciento treinta y ocho mil ochocientos guión cero, domiciliada en calle Domingo Bondi número mil ciento noventa, departamento cuatrocientos ocho, comuna de Las Condes, Santiago, don José Ignacio Castro Jordán, chileno, soltero, Administrador de Artes Culinarias y Servicios, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento treinta y nueve mil quinientos cincuenta y dos guión seis, domiciliado en Ruta H-40, sin número interior, parcela cuarenta y nueve, el Mirador de Olivar, comuna de Olivar, Sexta región, y don Felipe Eduardo Muñoz Díaz, chileno, casado, Empresario, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos cuatro mil novecientos trece guión nueve, domiciliado en Las Acacias i8A, Club de Golf Los Lirios, comuna de Requínoa, Sexta Región; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es "Servicios Gastronómicos GRÖN Limitada", pudiendo actuar con el nombre de fantasía “NUM Restaurant”. OBJETO. El objeto de la Sociedad será: a) Elaboración y expendio de comidas, bebidas y productos; b) Explotación de restaurantes, establecimientos de comida rápida, bares y cantinas, c) prestación de servicios de catering, banquetería, y toda clase de eventos, d) Fabricación de comida envasada y productos pre elaborados para comercialización, e) compra, venta, comercialización y distribución de productos y suplementos alimenticios saludables; y f) El ejercicio de cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, sin que esta enumeración sea taxativa, DOMICILIO: La ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero. ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la empresa, el uso de su nombre, del nombre de fantasía, y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá indistintamente a doña Bárbara Andrea Castro Jordán, a don José Ignacio Castro Jordán, y don Felipe Eduardo Muñoz Díaz, quienes la representarán de acuerdo a lo expuesto en la cláusula sexta de la escritura de constitución de la sociedad. Excepcionalmente, los socios ya individualizados, deberán actuar conjuntamente, ya sea en forma directa o a través de mandatarios debidamente facultades, en todas aquellas facultades relacionadas con la apertura de cuentas bancarias y solicitudes de créditos bancarios, detallados en la cláusula sexta de la escritura de constitución de la sociedad. CAPITAL: El capital social es la suma de $1.000.000, cantidad que los socios aportan y enteran en las siguientes proporciones: a) doña Bárbara Andrea Castro Jordán paga la suma de $300.000, que equivale al 30% del capital común; b) don José Ignacio Castro Jordán paga la suma de $300.000 que equivale al 30% del capital común, y c) don Felipe Eduardo Muñoz Díaz paga la suma de $400.000, que equivale al 40% del capital común. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de tres años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 14 de Octubre de 2019.

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