有限責任公司

Servicios de Fonoaudiología Aranda y Roa Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年2月23日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2023-02-23查看 PDF(CVE 2277009)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Hasta el 31 de diciembre del año 2030, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de tres años
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden, separada e indistintamente, a doña Sofía Andrea Aranda Olivares y a don Pablo Antonio Roa Espinoza.

公司目的

La prestación de servicios de salud relacionados con la fonoaudiología, en especial, el diagnóstico y la rehabilitación de trastornos de la cognición, lenguaje, habla, audición, deglución y voz, por medio de sus socios, asociados o profesionales contratados al efecto.

資本

總資本

$300.000

實繳資本

$300.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Sofía Andrea Aranda Olivares

Socio

50%

Pablo Antonio Roa Espinoza

Socio

50%

管理人(2)

摘要官方正文

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28 de diciembre de 2022, Repertorio N° 19.441 / 2022, ante la Notario Titular, doña Sofía Andrea Aranda Olivares, con domicilio en calle La Rinconada número novecientos quince, departamento cuatrocientos cuatro, comuna de Huechuraba; y don Pablo Antonio Roa Espinoza, con domicilio en calle La Rinconada número novecientos setenta y cinco, departamento ciento cuatro, comuna de Huechuraba; constituyeron la sociedad civil de responsabilidad limitada denominada Servicios de Fonoaudiología Aranda y Roa Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es: la prestación de servicios de salud relacionados con la fonoaudiología, en especial, el diagnóstico y la rehabilitación de trastornos de la cognición, lenguaje, habla, audición, deglución y voz, por medio de sus socios, asociados o profesionales contratados al efecto. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden, separada e indistintamente, a doña Sofía Andrea Aranda Olivares y a don Pablo Antonio Roa Espinoza. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los mismos socios o de terceros. El capital de la sociedad es la suma de trescientos mil pesos, aportado y pagado por los socios en este acto, en dinero efectivo, y que les corresponde como sigue: a) a doña Sofía Andrea Aranda Olivares, en la suma de ciento cincuenta mil pesos; y b) a don Pablo Antonio Roa Espinoza, en la suma de ciento cincuenta mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 21 de febrero de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Servicios de Fonoaudiología Aranda y Roa Limitada

    CVE 2277009

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