Servicios De Educacion Ajedrez Luna & Aguirre Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios educacionales de ajedrez, a instituciones y/o empresas públicas y privadas, y a cualquier persona, pudiendo crear, abrir, mantener, o administrar establecimientos que desarrollen la disciplina, en todas sus modalidades.- b) Realizar actividades relacionadas o complementarias tales como, charlas, conferencias, simultáneas, campeonatos en todos sus niveles dentro y fuera del país.- c) Diseño gráfico y grafica publicitaria en general, marketing publicitario. d) Realizar por cuenta propia o de terceros proyectos, elaboración, diseño, Ilustración, desarrollo y mantención de sitios web.- e) La compra, venta, importación, exportación comercialización, intermediación, por cuenta propia o de terceros de productos merchandising.- f) Producción de eventos públicos o privados.- g) Todas estas actividades sin perjuicio de la explotación industrial y comercial en todas sus formas, sea la actividad de naturaleza civil o comercial propiamente tal y toda actividad lícita que los socios acuerden.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 22.xxx.xxx-9 | 22.xxx.xxx-9 | 50% | $500.000 |
CRISTIAN RODRIGO AGUIRRE CONTRERAS Socio 19.xxx.xxx-6 | 19.xxx.xxx-6 | 50% | $500.000 |
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摘要官方正文
ANDRES VEGA ALVARADO, Notario Público Titular 4 Notaría Puente Alto, Manuel Rodríguez Nº 053, local 206, certifico que por escritura pública hoy ante mí, GIANELLA LUCY LUNA BENALCAZAR, ecuatoriana, estudiante, soltera, C.I.Nº22.424.755-9, Extranjero, domiciliada en Avenida Concha y Toro Nº786, departamento 33, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana y don CRISTIAN RODRIGO AGUIRRE CONTRERAS, chileno, estudiante, soltero, C.I.Nº19.442.134-6, domiciliado en Avenida Nonato Coo Nº1134, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: La razón social será “SERVICIOS DE EDUCACION AJEDREZ LUNA & AGUIRRE LIMITADA”, fantasía “LUNA & AGUIRRE LTDA.”. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios educacionales de ajedrez, a instituciones y/o empresas públicas y privadas, y a cualquier persona, pudiendo crear, abrir, mantener, o administrar establecimientos que desarrollen la disciplina, en todas sus modalidades.- b) Realizar actividades relacionadas o complementarias tales como, charlas, conferencias, simultáneas, campeonatos en todos sus niveles dentro y fuera del país.- c) Diseño gráfico y grafica publicitaria en general, marketing publicitario. d) Realizar por cuenta propia o de terceros proyectos, elaboración, diseño, Ilustración, desarrollo y mantención de sitios web.- e) La compra, venta, importación, exportación comercialización, intermediación, por cuenta propia o de terceros de productos merchandising.- f) Producción de eventos públicos o privados.- g) Todas estas actividades sin perjuicio de la explotación industrial y comercial en todas sus formas, sea la actividad de naturaleza civil o comercial propiamente tal y toda actividad lícita que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN SOCIAL: La representación y administración de la Sociedad y uso de la razón social corresponderá a doña GIANELLA LUCY LUNA BENALCÁZAR.- CAPITAL: El capital social $1.000.000 (un millón de pesos), que los socios aportan de la siguiente forma: GIANELLA LUCY LUNA BENALCÁZAR, 50% capital social equivalente $500.000 (quinientos mil pesos); CRISTIAN RODRIGO AGUIRRE CONTRERAS, 50% capital social equivalente $500.000 (quinientos mil pesos); ya ingresado en arcas sociales.- Los socios limitan expresamente su responsabilidad por negocios sociales hasta montos respectivos aportes.- DOMICILIO: Puente Alto, sin perjuicios apoderados o representantes en otros puntos del país.- DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración o vigencia de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura, a cuyo vencimiento se entenderá automática y sucesivamente renovada por períodos iguales de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del periodo original o al de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puente Alto, 09 de marzo de 2018. Rep. Nº 0197-2018.
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- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS DE EDUCACION AJEDREZ LUNA & AGUIRRE LIMITADA
CVE 1367306
