Servicios Comunicacionales CCP Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
la prestación de servicios profesionales en el área de las comunicaciones corporativas, las tecnologías de la información, diseño gráfico, diseño de servicios, diseño de experiencia de usuario y producción audiovisual
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $334.000 |
Socio | - | - | $333.000 |
Rodrigo Ignacio Polidura Álvarez Socio | - | - | $333.000 |
管理人(3)
摘要官方正文
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO Notario Público Interino de Santiago, con oficio en avenida Apoquindo N°3076, oficina 601, Las Condes, Santiago certifica: por escritura pública de fecha 20 de enero de 2023, Repertorio N° 1175-2023 otorgada ante mí: Iván Sebastián Correa Hasbún, Felipe Tomás Cádiz Herrera y Rodrigo Ignacio Polidura Álvarez, todos domiciliados para estos efectos en calle Del Inca N°4724, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “Servicios Comunicacionales CCP Limitada”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Reactor Ltda.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer sucursales en el país. Objeto: la prestación de servicios profesionales en el área de las comunicaciones corporativas, las tecnologías de la información, diseño gráfico, diseño de servicios, diseño de experiencia de usuario y producción audiovisual. Capital: $1.000.000.- que se entera y paga por los socios de la siguiente forma: a) don Iván Sebastián Correa Hasbún, la suma de $334.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social; b) don Felipe Tomás Cádiz Herrera, la suma de $333.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social; y c) don Rodrigo Ignacio Polidura Álvarez, la suma de $333.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: Corresponderá a los socios señores Iván Sebastián Correa Hasbún, Felipe Tomás Cádiz Herrera y Rodrigo Ignacio Polidura Álvarez, actuando uno cualquiera de ellos indistintamente, con las limitaciones indicadas en los estatutos sociales. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 01 de febrero de 2023.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 2266320
