有限責任公司

Serrano Perez Consultores Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年9月28日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2023-09-28查看 PDF(CVE 2383516)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: La duración de la sociedad es de un año contado desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguna de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas.
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a los socios, AUDREY IVONNE SILVA SERRANO y NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades, pudiendo obligarla a toda clase de actos y contratos.

公司目的

La sociedad tiene por objeto el siguiente: a) La prestación de servicios y asesorías profesionales tributarias, contables, laborales y jurídicas; b) La prestación de servicios de Auditoria, Estudio de proyectos, Due Diligence, análisis financiero y comercial; c) Servicios profesionales de Asesorías en la aplicaciones de tecnologías informáticas relacionadas con el control interno contable y laboral, auditorias de procedimientos; y en general, toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con los objetos de la sociedad; necesario o conducente el a su cumplimiento y cualquier otra actividad que los socios acuerden.

資本

總資本

$5.000.000

實繳資本

$5.000.000

股東(5)

姓名持股比例

AUDREY IVONNE SILVA SERRANO

Socio

14.xxx.xxx-8

30%

NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ

Socio

16.xxx.xxx-2

30%

RAQUEL DE LAS MERCEDES ÁLVAREZ NAVARRO

Socio

7.xxx.xxx-7

20%

VALENTINA PAZ MANRÍQUEZ JIMÉNEZ

Socio

18.xxx.xxx-0

10%

SOLANGE ALEJANDRA CONTRERAS ÁLVAREZ

Socio

16.xxx.xxx-4

10%

管理人(2)

AUDREY IVONNE SILVA SERRANO

14.xxx.xxx-8Administrador

NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ

16.xxx.xxx-2Administrador

SII 代表(2)

AUDREY IVONNE SILVA SERRANO

14.xxx.xxx-8Representante

NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ

16.xxx.xxx-2Representante

摘要官方正文

Claudio Salvador Cabezas, Notario Público Titular Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 1, Lo Barnechea, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 15 de septiembre 2023, Repertorio 5932-2023, ante mí doña AUDREY IVONNE SILVA SERRANO, RUT 14.180.153-8, contadora; doña NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ, RUT 16.426.362-2, abogada; doña RAQUEL DE LAS MERCEDES ÁLVAREZ NAVARRO, RUT 7.395.305-7, Secretaría ejecutiva; doña VALENTINA PAZ MANRÍQUEZ JIMÉNEZ, RUT 18.928.139-0, abogada, y doña SOLANGE ALEJANDRA CONTRERAS ÁLVAREZ, RUT 16.710.461-4, titulada en administración de empresas, todas domiciliadas para estos efectos en Santa Beatriz 294, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, Razón social “SERRANO PEREZ CONSULTORES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo usar para fines bancarios, comerciales y de promoción publicitaria el nombre de fantasía "SERRANO PEREZ Y CO. LIMITADA". Objeto social: La sociedad tiene por objeto el siguiente: a) La prestación de servicios y asesorías profesionales tributarias, contables, laborales y jurídicas; b) La prestación de servicios de Auditoria, Estudio de proyectos, Due Diligence, análisis financiero y comercial; c) Servicios profesionales de Asesorías en la aplicaciones de tecnologías informáticas relacionadas con el control interno contable y laboral, auditorias de procedimientos; y en general, toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con los objetos de la sociedad; necesario o conducente el a su cumplimiento y cualquier otra actividad que los socios acuerden. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a los socios, AUDREY IVONNE SILVA SERRANO y NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades, pudiendo obligarla a toda clase de actos y contratos. Capital social: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos, que se entera y paga por los socios en la siguiente forma: a) AUDREY IVONNE SILVA SERRANO aporta la cantidad de un millón quinientos mil pesos, suma que se paga con un millón quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo que en este acto ingresan a la caja social; siendo en consecuencia dueña de un treinta por ciento del capital social. b) NICOLE STEPHANIA SERRANO PÉREZ aporta la cantidad de un millón quinientos mil pesos, suma que se paga con un millón quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo que en este acto ingresan a la caja social; siendo en consecuencia dueña de un treinta por ciento del capital social. c) RAQUEL DE LAS MERCEDES ÁLVAREZ NAVARRO aporta la cantidad de un millón de pesos, suma que se paga con un millón de pesos al contado y en dinero efectivo que en este acto ingresan a la caja social; siendo dueña en consecuencia de un veinte por ciento del capital social. d) VALENTINA PAZ MANRÍQUEZ JIMÉNEZ, aporta la cantidad de quinientos mil pesos, suma que se paga con quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo que en este acto ingresan a la caja social; siendo dueña en consecuencia de un diez por ciento del capital social. e) SOLANGE ALEJANDRA CONTRERAS ÁLVAREZ; aporta la cantidad de quinientos mil pesos, suma que se paga con quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo que en este acto ingresan a la caja social; siendo dueña en consecuencia de un diez por ciento del capital social. De esta forma queda formado el capital. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes, mientras que, las utilidades y pérdidas serán a prorrata de sus aportes. Duración: La duración de la sociedad es de un año contado desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguna de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas. Domicilio: ciudad de Santiago. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 15 de Septiembre de 2023.-

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