Rentas Mvd Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.
資本
總資本
$2.000.000
實繳資本
$2.000.000
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 75% | $1.500.000 |
Socio | - | 6.25% | $125.000 |
FLORENCIA MARÍA DE ELORRIAGA MIRA Socio | - | 6.25% | $125.000 |
JACINTA MARÍA DE ELORRIAGA MIRA Socio | - | 6.25% | $125.000 |
FRANCISCO JAVIER DE ELORRIAGA MIRA Socio | - | 6.25% | $125.000 |
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摘要官方正文
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera No. 4.886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de julio de 2022, Repertorio No. 4.139-2022, ante mí, doña MARÍA GABRIELA MIRA MORA, doña VALENTINA MARÍA VIDELA MIRA, doña FLORENCIA MARÍA DE ELORRIAGA MIRA, doña JACINTA MARÍA DE ELORRIAGA MIRA y don FRANCISCO JAVIER DE ELORRIAGA MIRA, los últimos tres compareciendo representados legalmente por sus padres, don FRANCISCO JAVIER DE ELORRIAGA BALLART y doña MARÍA GABRIELA MIRA MORA, todos domiciliados para estos efectos en Marcela Paz No. 2.037, de la comuna de Temuco, Región de la Araucanía y de paso en ésta; constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “RENTAS MVD LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “MVD LTDA.”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2040, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que las socias aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña María Gabriela Mira Mora aporta la suma de $1.500.000, equivalentes al 75% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; b) Doña Valentina María Videla Mira aporta la suma de $125.000, equivalentes al 6,25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; c) Doña Florencia María de Elorriaga Mira aporta la suma de $125.000, equivalentes al 6,25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; d) Doña Jacinta María de Elorriaga Mira aporta la suma de $125.000, equivalentes al 6,25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; y e) Don Francisco Javier de Elorriaga Mira aporta la suma de $125.000, equivalentes al 6,25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida única y exclusivamente por doña María Gabriela Mira Mora, quién anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada, las cuales se dan por reproducidas de manera expresa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de agosto de 2022.
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- CONSTITUCIÓN
RENTAS MVD LIMITADA
CVE 2168438
