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Red Cultural Para El Fortalecimiento Y Desarrollo De La Economía Creativa En San Nicolás Limitada

CONSTITUCIÓN — 2026年6月10日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2026-06-10查看 PDF(CVE 2822152)

公司資料

Cooperativa
San Nicolás, Ñuble
期限: indefinida
管理方式: La administración se ejerce por miembros titulares: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Gerente Administrador; además de Junta de Vigilancia Provisoria o Inspector/a de Cuentas.

公司目的

La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias igual neutralidad en el ejercicio de sus actividades internas.

資本

總資本

$500.000

實繳資本

$70.000

待繳資本

$430.000

股份

100

股東(7)

姓名持股比例

Blanca Elda Carvajal Serrano

Socio

13.xxx.xxx-8

-

Isabel Margarita Ameyda Duran

Socio

12.xxx.xxx-7

-

Veronica Andrea Lara Rojas

Socio

13.xxx.xxx-2

-

Oscar Alberto Vilches Alvear

Socio

16.xxx.xxx-8

-

Jalime de Lourdes Lazcano Rojas

Socio

7.xxx.xxx-1

-

Juan Eduardo Flores Contreras

Socio

16.xxx.xxx-1

-

Luis Humberto Morales Valderrama

Socio

21.xxx.xxx-9

-

管理人(7)

Blanca Elda Carvajal Serrano

13.xxx.xxx-8Administrador

Isabel Margarita Ameyda Duran

12.xxx.xxx-7Administrador

Veronica Andrea Lara Rojas

13.xxx.xxx-2Administrador

Oscar Alberto Vilches Alvear

16.xxx.xxx-8Administrador

Juan Eduardo Flores Contreras

16.xxx.xxx-1Administrador

Luis Humberto Morales Valderrama

21.xxx.xxx-9Administrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior RODRIGO IGNACIO IRRIBARRA SALAZAR, Notario Público Interino, de la Primera Notaria de San Carlos, Vicuña Mackenna N°529, San Carlos, certifica: Que, por escritura otorgada ante mí, con fecha 03 de junio de 2026, Repertorio N° 1.317, doña VERONICA ANDREA LARA ROJAS, chilena, abogada, casada, cédula de identidad número trece millones novecientos mil cuatrocientos cincuenta y ocho guion dos (13.900.458-2), domiciliada en Curica S/N, comuna de San Nicolás, redujo a escritura pública, El Acta de Sesión Constitutiva de fecha 07 de Mayo de 2026 de la COOPERATIVA DE TRABAJO “RED CULTURAL PARA EL FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO DE LA ECONOMÍA CREATIVA EN SAN NICOLÁS LIMITADA", de nombre de fantasía (o sigla) “CREARED SAN NICOLAS LTDA”, en los términos que se contienen en la Ley General de Cooperativas, su Reglamento, y este Estatuto Social con domicilio en calle BALMACEDA N° 462 DE LA COMUNA DE SAN NICOLAS, PROVINCIA DE PUNILLA, REGION DE ÑUBLE, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. DURACIÓN: La cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO SOCIAL: La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias igual neutralidad en el ejercicio de sus actividades internas. El número de socios que concurrieron a su constitución: SIETE, conformado por los miembros titulares PRESIDENTE: Blanca Elda Carvajal Serrano. C.I N° 13.030.920-8; VICEPRESIDENTE: Isabel Margarita Ameyda Duran. C.I N° 12.973.982-7; SECRETARIO: Veronica Andrea Lara Rojas. C.I N° 13.900.458-2; TESORERO: Oscar Alberto Vilches Alvear; C.I N° 16.263.465-8 GERENTE ADMINISTRADOR: Jalime de Lourdes Lazcano Rojas. C.I N° 7.813.589-1; Y EN JUNTA DE VIGILANCIA PROVISORIA O INSPECTOR/A DE CUENTAS: Los miembros titulares Juan Eduardo Flores Contreras. C.I N° 16.674.538-1; Luis Humberto Morales Valderrama. C.I N° 21.097.467-9. El capital social es de 500.000 pesos, dividido en 100 cuotas de participación, de un valor inicial de 5.000 pesos cada una, que los socios suscriben y pagan así: a) con 10.000 pesos que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo; y b) el saldo equivalente a 430.000 pesos por cada socio, será aportado en el plazo de diez (10) meses contados desde su autorización de existencia legal, pudiéndose adelantar pagos por este concepto. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 02 Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronuncie sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca la División de Asociatividad y Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este Estatuto. Demás estipulaciones constan en la escritura reducida. - San Carlos tres de junio de 2026. Rodrigo Ignacio Irribarra Salazar, Notario Público Interino, Primera Notaria de San Carlos.- San Carlos, Junio 05, de 2026.

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    RED CULTURAL PARA EL FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO DE LA ECONOMÍA CREATIVA EN SAN NICOLÁS LIMITADA

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