Ramírez, Gómez & Madariaga Abogados Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías legales, financieras, de administración, de materias económicas, de educación y de estudios; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; c) desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro.
資本
總資本
$90.000
實繳資本
$90.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Alonzo Ramírez Guerra Socio | - | 33.33% | $30.000 |
Camilo Valentín Gómez Aliste Socio | - | 33.33% | $30.000 |
Francisco Andrés Madariaga Arqueros Socio | - | 33.33% | $30.000 |
管理人(3)
Alonzo Ramírez Guerra
Camilo Valentín Gómez Aliste
Francisco Andrés Madariaga Arqueros
摘要官方正文
RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado, Notario Público Suplente de doña Myriam Amigo Arancibia, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos 578, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 06.07.2022, Repertorio N° 6.142/2022, ante la notario titular, comparecen don ALONZO RAMÍREZ GUERRA, domiciliado en Las Malvas 286, depto. A 11, comuna de Las Condes; don CAMILO VALENTÍN GÓMEZ ALISTE, domiciliado en Montecarmelo 661, comuna de San Miguel; y, don FRANCISCO ANDRÉS MADARIAGA ARQUEROS, domiciliado en Román Díaz 175, depto. 404, comuna de Providencia; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “RAMÍREZ, GÓMEZ & MADARIAGA ABOGADOS LIMITADA”, y nombre de fantasía “RGM Abogados Ltda.”. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Alonzo Ramírez Guerra, a don Camilo Valentín Gómez Aliste y a don Francisco Andrés Madariaga Arqueros, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social o nombre de fantasía. Capital: $90.000 el cual se encuentra pagado y aportado de la siguiente manera: a) don ALONZO RAMÍRZ GUERRA aporta la cantidad de $30.000, equivalentes al 33,33% del capital social; b) don CAMILO VALENTÍN GÓMEZ ALISTE aporta la cantidad de $30.000, equivalentes al 33,33% del capital social; y, c) don FRANCISCO ANDRÉS MADARIAGA ARQUEROS aporta la cantidad de $30.000, equivalentes al 33,33% del capital social. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías legales, financieras, de administración, de materias económicas, de educación y de estudios; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; c) desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro. Duración: La duración de la sociedad será de 15 años contados desde fecha de escritura extractada, prorrogable por períodos iguales y sucesivos de 15 años cada uno, salvo acuerdo en contrario de todos los socios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 11 de julio de 2022.
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- CONSTITUCIÓN
RAMÍREZ, GÓMEZ & MADARIAGA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2156407
公司關係
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