有限責任公司

Promontajes Servicios Industriales Limitada

CONSTITUCIÓN — 2018年11月23日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2018-11-23查看 PDF(CVE 1499412)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años, tácitamente renovable por períodos iguales
管理方式: Indistinta o separadamente por cualquiera de los socios con amplias facultades

公司目的

La actividad de la construcción en todas sus ramas, particularmente la construcción de obras civiles; el diseño y confección de proyectos de arquitectura, ingeniería, civiles, de edificación, obras menores y mayores; la comercialización de viviendas, locales comerciales y otros tipos de construcciones; la compra, venta y fabricación de materiales de construcción; la construcción de obras camineras, pavimentaciones hidráulicas, ferroviarias, de urbanización, de gas, de agua potable y afines; construcción, montaje y mantenimiento de obras civiles, eléctricas, de exploración y explotación petroleras, mecánicas, de telecomunicaciones, de cableados de edificios públicos o privados, montajes industriales, electromecánicos, mecánicos, estructural y cañerías; importación, exportación, representación, distribución, venta y arriendo de materiales, equipos, herramientas e insumos de construcción y edificación; inversión en bienes muebles e inmuebles, acciones, valores mobiliarios y títulos de crédito; y actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores.

資本

總資本

$1.200.000

實繳資本

$1.200.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

Patricio Alejandro Méndez Barra

Socio

12.xxx.xxx-7

33%

Marcela Cecilia Díaz Jorquera

Socio

8.xxx.xxx-0

33%

Nielsen Andrés Welinger Reinike

Socio

13.xxx.xxx-7

34%

管理人(3)

Patricio Alejandro Méndez Barra

12.xxx.xxx-7Administrador

Marcela Cecilia Díaz Jorquera

8.xxx.xxx-0Administrador

Nielsen Andrés Welinger Reinike

13.xxx.xxx-7Administrador

摘要官方正文

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Av. José Miguel Carrera 2536 certifico, que por escritura pública, hoy ante mí, don PATRICIO ALEJANDRO MÉNDEZ BARRA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor, c.n.i. n° 12.864.910-7; doña MARCELA CECILIA DÍAZ JORQUERA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, contadora, c.n.i. n° 8.668.108-0, ambos con domicilio en calle Teresa Vial n°1.235 departamento 175, comuna de San Miguel; don NIELSEN ANDRÉS WERLINGER REINIKE, chileno, casado, técnico en arquitectura, con domicilio en calle Inglaterra n°0730, departamento 12, Ciudad Satélite, comuna de Temuco y de paso en ésta, c.n.i. n°13.952.807-7, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada; RAZÓN SOCIAL: La razón social será: “PROMONTAJES SERVICIOS INDUSTRIALES LIMITADA”. La sociedad podrá además funcionar y actuar, inclusive ante los bancos u otras instituciones, con el nombre de fantasía de “PROMONTAJES LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La actividad de la construcción en todas sus ramas, particularmente la construcción de obras civiles. b) El diseño y confección de proyectos de arquitectura, ingeniería, civiles, de edificación, obras menores y mayores, y cualesquiera otros relativos al género de la construcción. c) La comercialización de viviendas, locales comerciales y cualesquiera otro tipo de construcciones por cuenta propia o ajena. d) La compra, venta y fabricación de materiales de construcción. e) La construcción de obras camineras, de pavimentaciones hidráulicas, ferroviarias, de urbanización, de gas, de agua potable y afines, por cuenta propia o de tercero. f) Construcción, montaje y mantenimiento de obras civiles, eléctricas, de exploración y explotación petroleras, mecánicas, de telecomunicaciones, de cableados de edificios públicos o privados, montajes industriales, electromecánicos, mecánicos, estructural y cañerías. g) La importación, exportación, representación, distribución, venta y arriendo de materiales, equipos, herramientas e insumos de todo tipo de materiales de construcción y edificación. h) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, valores mobiliarios, títulos de crédito, administrarlos y percibir sus frutos. i) Actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y demás que los socios de común acuerdo determinen. CAPITAL: $1.200.000, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don Patricio Alejandro Méndez Barra, aporta la suma de $396.000, ingresados a la caja social en este acto, en dinero efectivo, equivalentes al 33% del capital social; b) doña Marcela Cecilia Díaz Jorquera aporta la suma de $396.000 , ingresados a la caja social en este acto, en dinero efectivo, equivalentes al 33% del capital social; y c) don Nielsen Andrés Welinger Reinike, aporta la suma $408.000, ingresados a la caja social en este acto, en dinero efectivo, equivalentes al 34 % del capital social; Por tanto la presente sociedad se constituye con un aporte del cien por ciento del capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la misma proporción en que concurren a la formación del capital social según lo expresado en la cláusula Quinta pacto social. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá indistinta o separadamente a don Patricio Alejandro Méndez Barra y/o doña Marcela Cecilia Díaz Jorquera y/o don Nielsen Andrés Welinger Reinike, con amplias facultades, establecidas en pacto social extractado. DURACIÓN: Desde la fecha de esta escritura tendrá una duración de 5 años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación no inferior a 6 meses al término del período que estuviere en curso. Con la misma antelación deberá dar aviso de dicha voluntad a los demás socios, por carta certificada notarial. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Demás estipulaciones del pacto social en escritura extractada. SAN MIGUEL, 13-11-2018.

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