有限責任公司

Prestadores De Salud Alva Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年9月9日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-09-09查看 PDF(CVE 2543672)

公司資料

Ltda
Chaitén, Los Lagos
期限: un año, se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de un año cada uno
管理方式: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades; los socios deberán actuar conjuntamente en los casos enumerados en la escritura social extractada.

公司目的

La promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud, en el ejercicio de ellas, la sociedad podrá construir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimientos hospitalarios, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud, podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras, y formar o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o sociedades que tenga entre sus finalidades aquellas propias de la sociedad; y en otros negocios o actividades afines que los socios puedan acordar posteriormente para la complementación y desarrollo de los negocios sociales. El objetivo de la sociedad es la instalación, desarrollo, dar y tomar en arrendamiento laboratorios químicos, bioquímicos, médicos, nucleares y de todo orden; la explotación, en general, de todos los negocios que se relacionan con la industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros de instrumentos médicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, sea por medio de la importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro, como igualmente por la prestación de toda clase de servicios a terceros; la realización, para particulares, empresas, organismos, hospitales, clínicas, centros de salud y de gerontología, geriatría, Isapres y otros, de toda clase de exámenes médicos; dar cursos de perfeccionamiento; todo lo relacionado en la actualidad y en el futuro, de cualquier manera, con lo anterior, y cualquier otro objeto que acordaren los socios

資本

總資本

$5.000.000

實繳資本

$5.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

DIEGO ALDUNATE VIDAL

Socio

16.xxx.xxx-5

50%

IVÁN ALEJANDRO VARGAS SAÉNZ

Socio

17.xxx.xxx-0

50%

管理人(2)

DIEGO ALDUNATE VIDAL

16.xxx.xxx-5Administrador

IVÁN ALEJANDRO VARGAS SAÉNZ

17.xxx.xxx-0Administrador

摘要官方正文

TATIANA KARINA BARRIENTOS ALBRECHT, Notario Público de Chaitén, con oficio en esta ciudad, Almirante Riveros 265, CERTIFICA: por Escritura Pública de seis de Septiembre de dos mil veinticuatro, Repertorio N° 260-2024, ante mí, don DIEGO ALDUNATE VIDAL, Cédula de Identidad N° 16.210.324-5, domiciliado en Mauque N° 0525, Rancagua y don IVÁN ALEJANDRO VARGAS SÁENZ, Cédula de Identidad N° 17.333.812-0, domiciliado en pasaje Río Amarillo s, El Amarillo, Chaitén, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, regida por la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y del Código Civil y en especial por las estipulaciones del siguiente estatuto: PRIMERO: El nombre o razón social será “PRESTADORES DE SALUD ALVA LIMITADA”; nombre de fantasía: “SOCIEDAD ALVA LIMITADA”, y su domicilio será la ciudad de Chaitén, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o extranjero.- SEGUNDO: La sociedad tiene por objeto la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud, en el ejercicio de ellas, la sociedad podrá construir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimientos hospitalarios, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud, podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras, y formar o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o sociedades que tenga entre sus finalidades aquellas propias de la sociedad; y en otros negocios o actividades afines que los socios puedan acordar posteriormente para la complementación y desarrollo de los negocios sociales. El objetivo de la sociedad es la instalación, desarrollo, dar y tomar en arrendamiento laboratorios químicos, bioquímicos, médicos, nucleares y de todo orden; la explotación, en general, de todos los negocios que se relacionan con la industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros de instrumentos médicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, sea por medio de la importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro, como igualmente por la prestación de toda clase de servicios a terceros; la realización, para particulares, empresas, organismos, hospitales, clínicas, centros de salud y de gerontología, geriatría, Isapres y otros, de toda clase de exámenes médicos; dar cursos de perfeccionamiento; todo lo relacionado en la actualidad y en el futuro, de cualquier manera, con lo anterior, y cualquier otro objeto que acordaren los socios.- TERCERO: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a cualquiera de los socios, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial, en la celebración de los actos y contratos que se enumerarán, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social, dejamos constancia que los títulos bajo los cuales se pasan a enumerar las distintas facultades, no son limitativos, en el sentido de que si éstas se ejercen para otros efectos, son plenamente válidas. Sin embargo, los socios deberán actuar conjuntamente en los casos enumerados en la escritura social extractada.- CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: Uno.- El socio, don DIEGO ALDUNATE VIDAL, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, en dinero efectivo, que ingresan a la caja social. Dos.- EL socio, don IVÁN ALEJANDRO VARGAS SAENZ, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, en dinero efectivo, que ingresan a la caja social. QUINTO: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. SEXTO: La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de un año, se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de un año cada uno.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Chaitén, a 06 de Septiembre de 2024.

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