Onedrone SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será aportar con tecnología eficiente y calificada en el trabajo en espacios aéreos abiertos o confinados, mediante la prestación de servicios de control, operación, medición y obtención de imágenes y videos y la elaboración de reportes o informes a partir de lo obtenido aportando, de esa manera a labores productivas que se lleven a cabo en el área industrial, comercial, forestal, agrícola, medioambiental, minera, de servicios, publicitaria y otras, a través de aeronaves tripuladas vía control remoto, además del diseño, construcción, reparación, importación y exportación de estas aeronaves, sus piezas y/o partes y la comercialización de éstos y demás elementos tecnológicos que aporten de manera sustantiva al trabajo que de forma aérea se realiza. Además, la sociedad podrá importar, exportar y comercializar todo otro tipo de tecnología e insumos para el área industrial, comercial, forestal, agrícola, medioambiental, minera, de servicios, publicitaria y otras, con el objetivo que dicha tecnología e insumos permitan mejorar la eficiencia en sus respectivos rubros. Finalmente, la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad conexa con los fines sociales que los socios acuerden.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Antonio Luis Eduardo Villalobos Castillo Accionista | - | 50% | $500.000 |
Joaquín Marcelo Liu Esperidión Accionista | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
Antonio Luis Eduardo Villalobos Castillo
Joaquín Marcelo Liu Esperidión
摘要官方正文
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui setenta y tres, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 12 de Marzo del año 2021, Repertorio número 26.354-2021; ante mí, don Antonio Luis Eduardo Villalobos Castillo y don Joaquín Marcelo Liu Esperidión, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea Número dos mil novecientos treinta y cuatro, oficina mil, comuna de Las Condes, región Metropolitana, constituyeron Sociedad por Acciones “ONEDRONE SpA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será aportar con tecnología eficiente y calificada en el trabajo en espacios aéreos abiertos o confinados, mediante la prestación de servicios de control, operación, medición y obtención de imágenes y videos y la elaboración de reportes o informes a partir de lo obtenido aportando, de esa manera a labores productivas que se lleven a cabo en el área industrial, comercial, forestal, agrícola, medioambiental, minera, de servicios, publicitaria y otras, a través de aeronaves tripuladas vía control remoto, además del diseño, construcción, reparación, importación y exportación de estas aeronaves, sus piezas y/o partes y la comercialización de éstos y demás elementos tecnológicos que aporten de manera sustantiva al trabajo que de forma aérea se realiza. Además, la sociedad podrá importar, exportar y comercializar todo otro tipo de tecnología e insumos para el área industrial, comercial, forestal, agrícola, medioambiental, minera, de servicios, publicitaria y otras, con el objetivo que dicha tecnología e insumos permitan mejorar la eficiencia en sus respectivos rubros. Finalmente, la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad conexa con los fines sociales que los socios acuerden. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido y representado por mil acciones sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Antonio Luis Eduardo Villalobos Castillo, suscribe y paga en este acto quinientas acciones, por un total de quinientos mil pesos, pagados en dinero efectivo, que ingresan a caja social. b) Joaquín Marcelo Liu Esperidión, suscribe en este acto quinientas acciones, por un total de quinientos mil pesos, pagados en dinero efectivo, que ingresan a caja social.- LA ADMINISTRACIÓN: La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Antonio Luis Eduardo Villalobos Castillo y a don Joaquín Marcelo Liu Esperidion, quienes actuando individual y separadamente, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, obligará a esta, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas, sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa y sin que sea necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro ordinario, las facultades y poderes establecidos en el cláusula Décimo Tercera siguiente. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad y comuna de Santiago, bajo la jurisdicción del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de Marzo de 2021.- Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Titular.
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CVE 1914254
