Omax Chile SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia o ajena, de las siguientes actividades: a) La prestación de servicios médicos quirúrgicos odontológicos, en especial, la realización de cirugías maxilofaciales, estéticas oro faciales, plásticas, reconstructivas, reparadoras, traumatológicas y bucales, como cirugías ortognática, de la articulación temporomandibular, manejo de infecciones y las diversas patologías maxilofaciales así como también técnicas complementarias a la regeneración y reconstrucción de los tejidos duros y blandos y, en general, la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, tanto en la casa matriz de la sociedad, clínicas y/o domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. b) Comprar, vender y arrendar en todas sus formas, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. c) Comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud. d) La prestación de servicios relacionados con apoyo pedagógico y psicopedagógico. e) La venta de medicamentos e insumos médicos. f) Cualquier otro negocio que acordaren los socios y en general ejecutar todos los actos y contratos que resulten necesarios para los fines indicados, para el desarrollo de su objeto y para la inversión de los fondos disponibles de la sociedad.
資本
總資本
$5.000.000
實繳資本
$5.000.000
待繳資本
$0
股份
5,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
OSVALDO JAVIER IGNACIO GAHONA GUTIÉRREZ Accionista 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 100% | $5.000.000 |
管理人(1)
OSVALDO JAVIER IGNACIO GAHONA GUTIÉRREZ
摘要官方正文
María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: don OSVALDO JAVIER IGNACIO GAHONA GUTIÉRREZ, cédula de identidad N°16.134.394-3, chileno, soltero, odontólogo, domiciliado en Estrella Solitaria N°5151, depto. 505, torre A, Comuna de Ñuñoa, constituye Sociedad por Acciones, de cuyo contrato social extracto: Razón social: “GAHONA GUTIÉRREZ SERVICIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS Y ODONTOLÓGICOS SPA”, nombre de fantasía “OMAX CHILE SPA”. Domicilio: El domicilio será en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos o contratos determinados. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida, mientras los socios o accionistas no manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia o ajena, de las siguientes actividades: a) La prestación de servicios médicos quirúrgicos odontológicos, en especial, la realización de cirugías maxilofaciales, estéticas oro faciales, plásticas, reconstructivas, reparadoras, traumatológicas y bucales, como cirugías ortognática, de la articulación temporomandibular, manejo de infecciones y las diversas patologías maxilofaciales así como también técnicas complementarias a la regeneración y reconstrucción de los tejidos duros y blandos y, en general, la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, tanto en la casa matriz de la sociedad, clínicas y/o domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. b) Comprar, vender y arrendar en todas sus formas, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. c) Comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud. d) La prestación de servicios relacionados con apoyo pedagógico y psicopedagógico. e) La venta de medicamentos e insumos médicos. f) Cualquier otro negocio que acordaren los socios y en general ejecutar todos los actos y contratos que resulten necesarios para los fines indicados, para el desarrollo de su objeto y para la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de cinco millones de pesos, dividido y representado por cinco mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie y de igual valor cada una. El capital de la Sociedad ha sido íntegramente suscrito y pagado de la forma establecida por los socios en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don OSVALDO JAVIER IGNACIO GAHONA GUTIÉRREZ, quien podrá actuar a nombre de la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento y desarrollo del objeto social ante toda clase de personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, pudiendo pactar cláusulas que sean de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales de los actos que ejecuten o acuerden. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2022.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 2165355
