有限責任公司

Olivos Varas Limitada

CONSTITUCIÓN — 2017年1月9日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2017-01-09查看 PDF(CVE 1165337)

公司資料

Ltda
Bandera 341, oficina 857
期限: hasta el 2030-12-31, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años
管理方式: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Roberto Olivos Santa María o a Matías Varas Arias, separada e indistintamente

公司目的

la prestación de todo tipo de servicios y asesorías legales

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Roberto Olivos Santa María

Socio

50%

Matías Varas Arias

Socio

50%

管理人(2)

摘要官方正文

Patricio Zaldívar Mackenna, notario público titular de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada hoy, ante mí, Roberto Olivos Santa María, domiciliado en El Tamarugo 1360, dpto. 702, comuna de Vitacura y Matías Varas Arias, domiciliado en Las Vizcachas 8750, comuna de Las Condes, constituyen la sociedad civil de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, denominada Olivos Varas Limitada, pudiendo usar nombre de fantasía “OV Limitada”, “OV Ltda.” u “ OV Abogados”, que la obligará de la misma manera que la razón social. El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías legales. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Roberto Olivos Santa María o a Matías Varas Arias, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de 1 millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: Roberto Olivos Santa María la suma de 500 mil pesos y Matías Varas Arias la suma de 500 mil pesos, que ambos socios pagan al contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma el capital ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a la caja social. Duración: La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2016.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Olivos Varas Limitada

    CVE 1165337

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