Nicolás Navarro y Emmy Gómez Compañía Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios médicos; la prestación de servicios de enfermería; la práctica de exámenes necesarios y derivados de consultas o atenciones médicas o de enfermería; la realización de actividades relacionadas directa o indirectamente con ellas, a particulares o beneficiarios de FONASA, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, organismos públicos, municipales o privados, clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas; la realización de todo tipo de actividades destinadas a satisfacer necesidades propias de la salud; actividades derivadas de la salud a través de todo acto, contrato o negocio necesario para el cumplimiento de los objetivos; actividades de rentistas de capitales mobiliarios e inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, títulos o valores mobiliarios, bienes muebles e inmuebles, la administración de esas inversiones y la percepción de beneficios o ganancias derivadas de ellas.
資本
總資本
$2.000.000
實繳資本
$2.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
NICOLÁS FEDERICO NAVARRO ARQUEROS Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
管理人(2)
NICOLÁS FEDERICO NAVARRO ARQUEROS
摘要官方正文
Elena Leyton Carvajal, abogado, Notario Publico, titular Tercera Notaría de La Serena, Cordovez 317, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, don NICOLÁS FEDERICO NAVARRO ARQUEROS, médico, Avda 4 Esquinas 4500, casa 51, La Serena; y doña EMMY YUBILSA GÓMEZ FLORES, médico, Avda 4 Esquinas 4500 casa 51, La Serena; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada a monto aportes. OBJETO SOCIAL: 1) la prestación de servicios médicos, entendiendo por tales todos aquellos que tengan por objeto la práctica de atenciones, consultas, intervenciones en su caso, derivadas de las distintas áreas de la medicina destinadas a la recuperación de la salud; 2) la prestación de servicios de enfermería, entendiendo por tales todos aquellos que tengan por objeto el cuidado, atención de personas enfermas o heridas, y todas aquellas acciones destinadas a obtener la recuperación de la salud; 3) la práctica de exámenes que sean necesarios y derivados de la realización de consultas o atenciones médicas o de enfermería; 4) la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ellas, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del sector público, municipal o privados, clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas; 5) la realización en general, de todo tipo de actividades destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud de toda persona que requiera la intervención de la Sociedad o de quienes trabajen con ésta a través de todo acto, contrato o negocio necesario para el cumplimiento de los objetivos mencionados y en general, todo acto, contrato o actividad relacionada con este giro, y cualquier otro acto que determine la administración, no siendo taxativo lo expresado en la presente cláusula; 6) se comprenden también dentro del objeto social, las actividades de rentistas de capitales mobiliarios en general y cualquier otro negocio la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven.- RAZON SOCIAL: NICOLÁS NAVARRO Y EMMY GÓMEZ COMPAÑÍA LIMITADA, nombre de fantasía: SOCIEDAD MÉDICA E INVERSIONES NICOLÁS NAVARRO Y EMMY GÓMEZ LTDA.- ADMINISTRACION Y USO DE RAZON SOCIAL: corresponderá a ambos socios de manera indistinta, quienes actuando por la sociedad en forma personal y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos; CAPITAL SOCIAL: $2.000.000, se entera siguiente forma: A) NICOLÁS FEDERICO NAVARRO ARQUEROS, aporta en este acto $1.000.000, en dinero en efectivo, y al contado, ya ingresados a la caja social; B) EMMY YUBILSA GÓMEZ FLORES, aporta en este acto $1.000.000, en dinero en efectivo, y al contado, ya ingresados a la caja social.- VIGENCIA: La sociedad comenzará a regir desde esta fecha, y tendrá una duración de 5 años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio del domicilio social con una anterioridad de 6 meses antes de la finalización del respectivo período.- DOMICILIO: será en la ciudad y comuna de La Serena, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otros lugares del país.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 24 Mayo 2019.
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CVE 1597356
