Netastract Solutions SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos, acciones o cuotas de sociedades o fondos de inversión de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo la formación y participaciones en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos; y, b) en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, así como cualquier negocio lícito que acuerden los accionistas.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 32.7% | $327.000 |
Accionista 27.xxx.xxx-6 | 27.xxx.xxx-6 | 32.6% | $326.000 |
Juan Francisco Rebolledo Cavieres Accionista 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | 32.7% | $327.000 |
Nicolás Antonio Cumsille Rojas Accionista 19.xxx.xxx-k | 19.xxx.xxx-k | 1% | $10.000 |
Prometeo Agencia de Garantías SpA Accionista 76.800.158-8 | 76.800.158-8 | 1% | $10.000 |
摘要官方正文
Don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de 20 de marzo de 2023, repertorio número 20719-2023, ante mí: Sebastián Ignacio Saa Ruiz, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciocho millones seiscientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis guion cero, con domicilio para estos efectos en Loreley mil setecientos treinta y seis, departamento trece cero nueve, comuna de la Reina, Santiago; /b/ don Julián Arnold Zapata, argentino, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número veintisiete millones quinientos doce mil seiscientos noventa y dos guion seis, con domicilio para estos efectos en Raimapu seis mil setecientos veintiocho, comuna de Vitacura, Santiago; /c/ don Juan Francisco Rebolledo Cavieres, chileno, soltero, Ingeniero Civil Eléctrico, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos ochenta mil ciento cuarenta y tres guion K, con domicilio para estos efectos en Guadalajara mil ochocientos cuarenta y cuatro, comuna de Lo Espejo, Santiago; /d/ don Nicolás Antonio Cumsille Rojas, chileno, soltero, Ingeniero Civil Industrial, cédula de identidad número diecinueve millones seiscientos ochenta y nueve mil doscientos quince guion K, con domicilio para estos efectos en El Relámpago trece mil novecientes treinta y tres, comuna de Lo Barnechea; y /e/ Karlfranz Koehler Duncker, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número ocho millones ochocientos sesenta mil setecientos cincuenta y seis guion dos, en representación de Prometeo Agencia de Garantías SpA, del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos mil ciento cincuenta y ocho guion ocho, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Apoquindo tres mil ochocientos ochenta y cinco, piso dieciocho, comuna de Las Condes, Sant; constituyeron una sociedad por acciones (la “Sociedad”) cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: Netastract Solutions SpA. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República de Chile o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos, acciones o cuotas de sociedades o fondos de inversión de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo la formación y participaciones en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos; y, b) en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, así como cualquier negocio lícito que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido y representado en mil acciones nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscriben y pagan íntegramente en este acto de la siguiente forma: don Sebastián Ignacio Saa Ruiz, suscribe trescientas veintisiete acciones, las que paga con trescientos veintisiete mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, Julián Arnold Zapata, suscribe trescientas veintiséis acciones, las que paga con trescientos veintiséis mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, Juan Francisco Rebolledo Cavieres, suscribe trescientas veintisiete acciones, las que paga con trescientos veintisiete mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, Nicolás Antonio Cumsille Rojas, suscribe diez acciones, las que paga con diez mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, Prometeo Agencia de Garantías SpA, suscribe diez acciones, las que paga con diez mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de abril de 2023.
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CVE 2299427
