有限責任公司

Montané Y Lira Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年7月8日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2023-07-08查看 PDF(CVE 2341010)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: La duración de la sociedad será de un año, contado desde la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de las socias manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período.
管理方式: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a doña María Ignacia Lira Olivares y a doña María Ignacia Lira Olivares, quién podrán actuar de manera separada, individual e indistintamente. Cada una de ellas, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades y poderes de administración y disposición.

公司目的

La representación de artistas, creadores y artesanos; la compra y venta de trabajos y obras artísticas por cuenta propia o de terceros, la intermediación entre artistas, creadores y artesanos y el público en general, así como la difusión de las artes.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

股東(2)

姓名持股比例

Florencia Montané Lira

Socio

70%

María Ignacia Lira Olivares

Socio

30%

管理人(2)

摘要官方正文

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago con oficio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, CERTIFICO: por escritura pública de 19 de junio de 2023, ante mi, Florencia Montané Lira, chilena, soltera, artista y empresaria; y, doña María Ignacia Lira Olivares, chilena, soltera, empresaria, ambas don domicilio en Padre Hurtado Norte 1755 departamento B 42 de la comuna de Vitacura, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “MONTANÉ y LIRA LIMITADA”, con domicilio en la ciudad de Santiago sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en el país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de esta sociedad es la representación de artistas, creadores y artesanos; la compra y venta de trabajos y obras artísticas por cuenta propia o de terceros, la intermediación entre artistas, creadores y artesanos y el público en general, así como la difusión de las artes. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de un año, contado desde la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de las socias manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. ADMINISTRACIÓN: Administración. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a doña María Ignacia Lira Olivares y a doña María Ignacia Lira Olivares, quién podrán actuar de manera separada, individual e indistintamente. Cada una de ellas, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, cada administradora podrá actuar en nombre y representación de la sociedad con todas las facultades señaladas en el artículo séptimo siguiente de los estatutos sociales. CAPITAL SOCIAL Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de UN MILLÓN DE PESOS CHILENOS, que fue aportado y pagado por los socios en la siguiente forma: a) doña Florencia Montané Lira aportó en ese acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de setecientos mil pesos, que ingresó a las arcas sociales y que equivalen al setenta por ciento de los derechos sociales; y b). doña María Ignacia Lira Olivares aportó en este acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de trescientos mil pesos, que ingresó a las arcas sociales y que equivalen al treinta por ciento de los derechos sociales. Las socias responden y limitan su responsabilidad sólo hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Las Condes, 27 de junio de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    MONTANÉ y LIRA LIMITADA

    CVE 2341010

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