有限責任公司

Mena Y Abugosh Inversiones Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年12月9日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2022-12-09查看 PDF(CVE 2231327)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: diez años contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años
管理方式: La administración y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don SIMON JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ y a doña DENISSE ADELMIRA MENAN OYARCE de forma conjunta quienes anteponiendo su firma personal a la razón social la representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos.

公司目的

Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, de muebles e inmuebles ya sea en Chile y/o en el extranjero, estando facultada para estos efectos a realizarlos en moneda nacional como inversiones en moneda extranjera; participar y concurrir a la formación de toda clase de sociedades o entidades, y en general realizar cualquier otra actividad que demande la correcta realización del giro; La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, derechos en sociedades, cuotas inversión público o privado, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, enajenación, arrendamiento, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; Podrá también realizar todas las actividades conexas u otras conducentes a los objetivos señalados o negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden el o los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad, podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos incluso formar sociedades o ingresar a ellas; La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de toda clase se predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrá el o los socios destinar la sociedad a cualquier otro negocio, actividad o servicios que directa o indirectamente esté relacionado con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren los socios.

資本

總資本

$2.000.000

實繳資本

$2.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ

Socio

15.xxx.xxx-k

50%

DENISSE ADELMIRA MENA OYARCE

Socio

20.xxx.xxx-5

50%

管理人(2)

SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ

15.xxx.xxx-kAdministrador

DENISSE ADELMIRA MENA OYARCE

20.xxx.xxx-5Administrador

摘要官方正文

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la 19ª Notaria de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 352, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de NOVIEMBRE del 2022, bajo el repertorio Nº 61096, ante mí, comparece: Don SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ, C.I. Nº 15.317.637-K, con domicilio para estos efectos en calle Belisario Prats número 1791 comuna de Independencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y, doña DENISSE ADELMIRA MENA OYARCE, C, I. N.º 20.288.343-5, con domicilio para estos efectos, en calle Rivera número 1297 comuna de Independencia, ciudad de Santiago Región Metropolitana; los comparecientes constituyen sociedad, según disposiciones que a continuación se indican: RAZON SOCIAL: Será MENA Y ABUGOSH INVERSIONES LIMITADA. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “MENA Y ABUGOSH INVERSIONES LTDA.”. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don SIMON JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ y a doña DENISSE ADELMIRA MENAN OYARCE de forma conjunta quienes anteponiendo su firma personal a la razón social la representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Enumeración de facultades no taxativa en escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000 pesos, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: Uno) SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GUSH FERJ, aporta la suma de $1.000.000 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social. Dos) DENISSE ADELMIRA MENA OYARCE aporta la suma de $1.000.000 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social. OBJETO SOCIAL: 1) Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, de muebles e inmuebles ya sea en Chile y/o en el extranjero, estando facultada para estos efectos a realizarlos en moneda nacional como inversiones en moneda extranjera; participar y concurrir a la formación de toda clase de sociedades o entidades, y en general realizar cualquier otra actividad que demande la correcta realización del giro; 2) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, derechos en sociedades, cuotas inversión público o privado, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, enajenación, arrendamiento, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; 3) Podrá también realizar todas las actividades conexas u otras conducentes a los objetivos señalados o negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden el o los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad, podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos incluso formar sociedades o ingresar a ellas; 4) La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de toda clase se predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; 5) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; 6) Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrá el o los socios destinar la sociedad a cualquier otro negocio, actividad o servicios que directa o indirectamente esté relacionado con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren los socios. DURACIÓN: La sociedad durará diez años contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. SANTIAGO, 25 de Noviembre del 2022. PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.

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