Lago Vostok Inversiones SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
1) La inversión en Chile y en el extranjero en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo pero no limitado a valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión y otros instrumentos financieros. 2) La compraventa, comercialización, corretaje, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. 3) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, así como la formación y participación en Chile o en el extranjero, en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria. 4) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados y al desarrollo de su objeto y la inversión de los fondos disponibles de la sociedad en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, tanto en Chile como en el extranjero y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio pudiendo incluso adquirir derechos en sociedades, nacionales o extranjeras, para participar en ellas como socio o accionista, administrarlas, fusionarlas, ponerles término y liquidarlas.
資本
總資本
$2.000.000
實繳資本
$2.000.000
待繳資本
$0
股份
200,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MATIAS ALBERTO ROSENBLITT NATHAN Accionista 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 200,000 股 | $2.000.000 |
管理人(1)
MATIAS ALBERTO ROSENBLITT NATHAN
摘要官方正文
Ministerio del Interior LJUBICA CAROLINA MOLINA VILLIVARES, chilena, abogado, Notario Público Interino de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, de doña ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, con oficio en esta ciudad, en Avenida El Bosque Norte 047, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Junio de 2025, Repertorio N°718-2025, ante mí, don MATIAS ALBERTO ROSENBLITT NATHAN, chileno, ingeniero civil eléctrico, divorciado, cédula de identidad Nº 10.870.603-1, domiciliado en calle César Cascabel N° 4.369, departamento 801, comuna de Las Condes, Santiago, constituyó sociedad por acciones, Razón social: “LAGO VOSTOK INVERSIONES SpA”. Objeto: 1) La inversión en Chile y en el extranjero en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo pero no limitado a valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión y otros instrumentos financieros. 2) La compraventa, comercialización, corretaje, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. 3) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, así como la formación y participación en Chile o en el extranjero, en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria. 4) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados y al desarrollo de su objeto y la inversión de los fondos disponibles de la sociedad en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, tanto en Chile como en el extranjero y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio pudiendo incluso adquirir derechos en sociedades, nacionales o extranjeras, para participar en ellas como socio o accionista, administrarlas, fusionarlas, ponerles término y liquidarlas. Domicilio: Ciudad Santiago Duración: Indefinida. Capital: $2.000.000, dividido en 200.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MATIAS ALBERTO ROSENBLITT NATHAN, quien anteponiendo la razón social a su firma la obligará y representará con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, según se indica en escritura social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de Julio de 2025./nh.
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CVE 2667996
