有限責任公司

Inversiones Lago Grey Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年5月11日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-05-11查看 PDF(CVE 2491805)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: cincuenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
管理方式: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Claudio Andrés Valdés Valenzuela, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad.

公司目的

la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

股東(3)

姓名持股比例

Sofía Magdalena Valdés Pinuer

Socio

47.5%

Claudio Tomás Valdés Pinuer

Socio

47.5%

Claudio Andrés Valdés Valenzuela

Socio

5%

管理人(1)

SII 代表(1)

摘要官方正文

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de abril de 2024, ante mí: /i/ doña Sofía Magdalena Valdés Pinuer; /ii/ don Claudio Tomás Valdés Pinuer, ambos domiciliados en calle Europa 2121, departamento número 605, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y, /iii/ don Claudio Andrés Valdés Valenzuela, domiciliado en calle Licanray número 24, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O´higgins; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será INVERSIONES LAGO GREY LIMITADA. Nombre de fantasía: LAGO GREY LTDA. II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen. III. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. IV. Duración. La duración de la sociedad será de cincuenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.V. Capital. La suma de $1.000.000, el cual es pagado íntegramente y en este acto por los socios, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) doña Sofía Magdalena Valdés Pinuer, con $475.000, equivalentes al 47,5% del capital y los derechos sociales; (ii) don Claudio Tomás Valdés Pinuer, con $475.000, equivalentes al 47,5% del capital y los derechos sociales; y, (iii) don Claudio Andrés Valdés Valenzuela con $50.000, equivalentes al 5% restante del capital y los derechos sociales. VI. Administración. La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Claudio Andrés Valdés Valenzuela, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 29 de abril de 2024.

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  1. CONSTITUCIÓN

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