有限責任公司

Inversiones Kyodai Limitada

CONSTITUCIÓN — 2026年6月26日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2026-06-26查看 PDF(CVE 2831304)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 20 años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno
管理方式: La administración y el uso de la razón social corresponderá a Luis Fernando Hidalgo Carmona, C.N.I. N°3.182.381-1, a Fernando Hidalgo Ruiz y a Macarena Hidalgo Ruiz, en su calidad de administradores. Luis Fernando Hidalgo Carmona podrá actuar individualmente, por sí o por medio de sus representantes; y Fernando Hidalgo Ruiz y Macarena Hidalgo Ruiz deberán actuar conjuntamente entre sí, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada.

公司目的

La sociedad tiene por objeto: Uno) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Dos) Comprar, vender, importar, exportar, comercializar y distribuir, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y el desarrollar toda clase de actividades complementarias a dicho comercio, incluida la promoción y distribución de los productos. Tres) Adquirir y enajenar a cualquier título, constituir garantías, arrendar y explotar en cualquier forma bienes raíces; estudiar, desarrollar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos inmobiliarios. Cuatro) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Cinco) Participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Seis) Administrar toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, se hayan constituido bajo las leyes chilenas o cualquier otra jurisdicción extranjera. Y, Siete) Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Fernando Hidalgo Ruiz

Socio

6.xxx.xxx-7

50%

Macarena Hidalgo Ruiz

Socio

7.xxx.xxx-6

50%

管理人(3)

Luis Fernando Hidalgo Carmona

3.xxx.xxx-1Administrador

Fernando Hidalgo Ruiz

6.xxx.xxx-7Administrador

Macarena Hidalgo Ruiz

7.xxx.xxx-6Administrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública de fecha 18 de junio de 2026, repertorio N°48.463-2026, otorgada ante mí, comparecen FERNANDO HIDALGO RUIZ, C.N.I. N°6.246.992-7, y MACARENA HIDALGO RUIZ, C.N.I. N°7.495.140-6, ambos domiciliados en Espoz N°4.707, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, siendo las siguientes materias objeto de extracto: Razón Social: “INVERSIONES KYODAI LIMITADA”. Objeto: La sociedad tiene por objeto: Uno) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Dos) Comprar, vender, importar, exportar, comercializar y distribuir, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y el desarrollar toda clase de actividades complementarias a dicho comercio, incluida la promoción y distribución de los productos. Tres) Adquirir y enajenar a cualquier título, constituir garantías, arrendar y explotar en cualquier forma bienes raíces; estudiar, desarrollar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos inmobiliarios. Cuatro) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Cinco) Participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Seis) Administrar toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, se hayan constituido bajo las leyes chilenas o cualquier otra jurisdicción extranjera. Y, Siete) Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente manera: Fernando Hidalgo Ruiz, la suma de $500.000, equivalentes al 50% del total del interés social, pagada al contado y en dinero efectivo; y Macarena Hidalgo Ruiz, la suma de $500.000, equivalentes al 50% del total del interés social, pagada al contado y en dinero efectivo, encontrándose el capital íntegramente suscrito y pagado. Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a Luis Fernando Hidalgo Carmona, C.N.I. N°3.182.381-1, a Fernando Hidalgo Ruiz y a Macarena Hidalgo Ruiz, en su calidad de administradores. Luis Fernando Hidalgo Carmona podrá actuar individualmente, por sí o por medio de sus representantes; y Fernando Hidalgo Ruiz y Macarena Hidalgo Ruiz deberán actuar conjuntamente entre sí, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada. Domicilio: La comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura de constitución y durará 20 años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, en la forma señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2026.

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