Inversiones Guzmán y Favero SpA
Diario Oficial
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CARMEN HORTENSIA SOZA MUÑOZ, Notario Público Suplente de doña María Soledad Santos Muñoz Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas 1161, Entrepiso, certifica que: Por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2018, ante mí, Marcelo Ramírez Adriazola, debidamente facultado, suscribió escritura de saneamiento por publicación tardía de la constitución de la sociedad “Inversiones Guzmán y Favero SpA”. Dicha sociedad fue constituida por escritura pública de fecha veintinueve de marzo de dos mil dieciocho, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, domiciliado en Agustinas N°1070 piso 2°, Santiago y su publicación se gestionó, según consta del CVE 1392854 otorgad por el Diario Oficial, para el día 4 de mayo de 2018, incumpliendo con el requisito de publicación en el Diario oficial dentro del plazo de un mes desde la escritura de constitución, dispuesto en el artículo 426 del Código de Comercio. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de mayo de 2018.
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El objeto de la Sociedad será /a/ llevar a cabo, por cuenta propia o de terceros, la prestación a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, del sector público o privado, de todo tipo de servicios de consultorías, desarrollo de negocios, financiamientos, corretajes de propiedades o inversiones, lobby, así como servicios de asesoría, consultoría, capacitación, asistencia y soporte técnico; /b/ importar, exportar, adquirir, comprar, vender, arrendar, almacenar, distribuir y en general comercializar con toda clase de bienes, artículos, mercancías, refacciones y consumibles, bienes muebles o inmuebles de cualquier naturaleza /c/ solicitar, registrar, adquirir, vender, arrendar, ceder, usar, ser titular y en cualquier otra forma legal disponer o adquirir cualquier derecho sobre propiedad industrial e intelectual, incluyendo, sin limitar, derechos de autor, marcas, patentes, nombres y avisos comerciales, invenciones y cualquier otro tipo de derechos intelectuales o industriales; /d/ la actuación como representante, intermediario, agente o apoderado de cualquier persona, física o moral, chilena o extranjera, ante toda clase de autoridades y terceras personas, en términos permitidos por la legislación aplicable; /e/ contratar al personal necesario para el desarrollo de su objeto social y de sus actividades; /f/ adquirir en propiedad, tomar en arrendamiento, poseer, usufructuar y, en general, utilizar y administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como los derechos reales que permita la legislación vigente aplicable que sean necesarios o convenientes para la realización de su objeto social; /g/ otorgar crédito y facilidades de pago respecto de la venta de bienes y servicios que comercialice frente a sus clientes; /h/ otorgar préstamos a las sociedades, asociaciones o empresas industriales, comerciales o de servicios, unidades económicas o agrupaciones en las que tenga interés económico o participación; /i/ obtener y recibir de instituciones financieras nacionales o extranjeras o de cualquier tercera persona créditos o préstamos, con o sin garantía, y celebrar todo tipo de contratos de crédito, emitir obligaciones y cualesquiera otros títulos que se emitan y puedan ser colocados en los mercados de valores de Chile y el extranjero; /j/ constituirse en obligado solidario y otorgar garantías reales o personales, con o sin contraprestación, para garantizar obligaciones propias o de sociedades mercantiles o civiles, asociaciones, unidades económicas o agrupaciones, y todo tipo de empresas respecto de las cuales tenga interés económico o participación; /k/ contratar por cuenta propia o de terceros, ya sea en Chile o en el extranjero, publicidad, así como compra de espacios publicitarios y todo aquello relacionado con medios de comunicación y que resulten necesarios o convenientes para la realización de su objeto social; /m/ en general celebrar de toda clase de contratos y operaciones, mercantiles o civiles, y ejecutar y celebrar todos aquellos actos, negocios y convenios de cualquier naturaleza, obtener rentas de cualquier clase y en general realizar cualquier otra actividad que la o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores o bien sean anexas o complementarias a éstas.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
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JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario de Santiago, suplente del titular don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Agustinas N° 1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de marzo de 2018, bajo el repertorio 20.193, ante titular, Sres.: Felipe Guzmán Habinger y Mario Favero Ulloa, constituyeron la sociedad INVERSIONES GUZMAN Y FAVERO SpA, una sociedad por acciones, la que se regirá por los siguientes estatutos: Nombre. "Inversiones Guzmán y Favero SpA". Objeto. El objeto de la Sociedad será /a/ llevar a cabo, por cuenta propia o de terceros, la prestación a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, del sector público o privado, de todo tipo de servicios de consultorías, desarrollo de negocios, financiamientos, corretajes de propiedades o inversiones, lobby, así como servicios de asesoría, consultoría, capacitación, asistencia y soporte técnico; /b/ importar, exportar, adquirir, comprar, vender, arrendar, almacenar, distribuir y en general comercializar con toda clase de bienes, artículos, mercancías, refacciones y consumibles, bienes muebles o inmuebles de cualquier naturaleza /c/ solicitar, registrar, adquirir, vender, arrendar, ceder, usar, ser titular y en cualquier otra forma legal disponer o adquirir cualquier derecho sobre propiedad industrial e intelectual, incluyendo, sin limitar, derechos de autor, marcas, patentes, nombres y avisos comerciales, invenciones y cualquier otro tipo de derechos intelectuales o industriales; /d/ la actuación como representante, intermediario, agente o apoderado de cualquier persona, física o moral, chilena o extranjera, ante toda clase de autoridades y terceras personas, en términos permitidos por la legislación aplicable; /e/ contratar al personal necesario para el desarrollo de su objeto social y de sus actividades; /f/ adquirir en propiedad, tomar en arrendamiento, poseer, usufructuar y, en general, utilizar y administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como los derechos reales que permita la legislación vigente aplicable que sean necesarios o convenientes para la realización de su objeto social; /g/ otorgar crédito y facilidades de pago respecto de la venta de bienes y servicios que comercialice frente a sus clientes; /h/ otorgar préstamos a las sociedades, asociaciones o empresas industriales, comerciales o de servicios, unidades económicas o agrupaciones en las que tenga interés económico o participación; /i/ obtener y recibir de instituciones financieras nacionales o extranjeras o de cualquier tercera persona créditos o préstamos, con o sin garantía, y celebrar todo tipo de contratos de crédito, emitir obligaciones y cualesquiera otros títulos que se emitan y puedan ser colocados en los mercados de valores de Chile y el extranjero; /j/ constituirse en obligado solidario y otorgar garantías reales o personales, con o sin contraprestación, para garantizar obligaciones propias o de sociedades mercantiles o civiles, asociaciones, unidades económicas o agrupaciones, y todo tipo de empresas respecto de las cuales tenga interés económico o participación; /k/ contratar por cuenta propia o de terceros, ya sea en Chile o en el extranjero, publicidad, así como compra de espacios publicitarios y todo aquello relacionado con medios de comunicación y que resulten necesarios o convenientes para la realización de su objeto social; /m/ en general celebrar de toda clase de contratos y operaciones, mercantiles o civiles, y ejecutar y celebrar todos aquellos actos, negocios y convenios de cualquier naturaleza, obtener rentas de cualquier clase y en general realizar cualquier otra actividad que la o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores o bien sean anexas o complementarias a éstas. Capital. $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital de la sociedad se suscribe y paga de conformidad al Artículo Primero Transitorio. Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo podrán pagarse en dinero u otros bienes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2018.
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