Inversiones Finis Terrae III Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La inversión, adquisición, compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento con o sin opción de compra, subarrendamiento, usufructo, o cualquier otra forma de cesión del uso o goce de bienes inmuebles incorporales o corporales, habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados, con o sin instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial; cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización de toda clase de bienes inmuebles, corporales o incorporales, sean estos propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo administrarlos y percibir sus frutos; la inversión, por sí o por cuenta de terceros, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones, o fondos, pudiendo administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; formar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase.
資本
總資本
$50.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$49.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Sucesión de Alfredo Hasbún Hasbún Socio | - | 99% | $49.500.000 |
Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | 1% | $500.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, ante mí, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 22 de junio de 2023, Repertorio N° 17.541-2023, compareció ante mí: Uno) La comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de ALFREDO HASBÚN HASBÚN, cédula nacional de identidad número dos millones sesenta mil setecientos cuarenta y seis guion siete, compuesta por los siguientes comuneros: a) ALFREDO HASBÚN HIRMAS, cédula nacional de identidad número cinco millones ochocientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y tres guion uno; b) RICARDO HASBÚN HIRMAS, cédula nacional de identidad número seis millones sesenta y un mil ciento ochenta y ocho guion dos; c) ARTURO SERGIO HASBÚN HIRMAS, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos setenta mil ciento ochenta y uno guion cinco; d) FRANCISCO ANWAR HASBÚN HIRMAS, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos setenta mil ciento ochenta guion siete; e) ALFREDO NICOLÁS HASBÚN MUSALEM, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos veintinueve mil setecientos sesenta y cinco guion nueve; f) CLEMENCIA HASBÚN MUSALEM, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y tres guion uno; g) ROSARIO HASBÚN MUSALEM, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos sesenta mil cuatrocientos cuarenta y ocho guion nueve; h) CONSTANZA HASBÚN MUSALEM, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos sesenta mil cuatrocientos cuarenta y siete guion cero; i) MATÍAS HASBÚN MUSALEM, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos once mil setecientos cuarenta guion ocho; j) MARÍA ISABEL HASBÚN MUSALEM, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochenta y siete mil doscientos treinta y uno guion dos; k) MARÍA VALENTINA HASBÚN SACAAN, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y seis mil novecientos treinta y tres guion cero; l) MARÍA JOSÉ HASBÚN SACAAN, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y ocho mil ochocientos treinta y seis guion cero; m) TOMÁS ANDRÉS HASBÚN SACAAN, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y seis mil novecientos treinta y dos guion dos; n) GONZALO HASBÚN SACAAN, cédula nacional de identidad número dieciséis millones noventa y siete mil seiscientos veintidós guion cinco; ñ) VALERIA MARÍA HASBÚN NAZAR, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos seis mil veintiuno guion cuatro; o) GABRIELA PAZ HASBÚN NAZAR, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos dos mil quinientos uno guion uno; p) ARTURO SALOMÓN HASBÚN NAZAR, cédula nacional de identidad número diecinueve millones cuatrocientos un mil ciento sesenta guion uno; y, q) TAREQ HASBÚN TORRES, cédula de identidad número veintiséis millones doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos noventa y cinco guion seis, debidamente representado por FRANCISCO ANWAR HASBÚN HIRMAS, ya individualizado y por CAROLINA ELIZABETH TORRES ARANDA cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos cuatro mil quince guion siete; y, Dos) FRANCISCO ANWAR HASBÚN HIRMAS, ya individualizado; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3.500, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Los comparecientes, en su calidad de socios de la sociedad “Inversiones Finis Terrae Limitada”, RUT N°78.373.050-2, que rola inscrita a fojas 9.537 N°7.887 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1993, acordaron: I. Dividir la sociedad “Inversiones Finis Terrae Limitada”, subsistiendo esta como continuadora que girará bajo la misma razón social y creándose 3 nuevas sociedades de responsabilidad limitada que girarán bajo las razones sociales de “Inversiones Finis Terrae II Limitada”; “Inversiones Finis Terrae III Limitada” y “Sociedad Civil de Inversiones Finis Terrae IV Limitada”. Y, II. En virtud de la división señalada, los socios aprobaron los estatutos por los cuales se regirá la nueva sociedad “Inversiones Finis Terrae III Limitada”, que nace producto de la división acordada, siendo las siguientes materias de extracto: “ARTÍCULO PRIMERO: Socios y razón social. La “Sucesión de Alfredo Hasbún Hasbún”; y, Francisco Anwar Hasbún Hirmas, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3.500, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, forman una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “Inversiones Finis Terrae III Limitada.”. “ARTÍCULO SEGUNDO: Objeto. El objeto de la sociedad será: a) La inversión, adquisición, compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento con o sin opción de compra, subarrendamiento, usufructo, o cualquier otra forma de cesión del uso o goce de bienes inmuebles incorporales o corporales, habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados, con o sin instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial; cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización de toda clase de bienes inmuebles, corporales o incorporales, sean estos propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo administrarlos y percibir sus frutos; b) La inversión, por sí o por cuenta de terceros, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones, o fondos, pudiendo administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; c) Formar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase.”. ARTÍCULO CUARTO: Duración. La duración de la sociedad será de diez años, renovable en forma automática y sucesiva, por períodos iguales y sucesivos de seis años cada uno...”. “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: a) La Sucesión de Alfredo Hasbún Hasbún, la suma de $49.500.000, equivalentes a un 99% del interés social, de los cuales $500.000 se encuentran totalmente enterados y pagados, y $49.000.000 se enterarán y pagarán dentro del plazo de cinco años contados de esta fecha en dinero efectivo o con otros bienes; y, b) Francisco Anwar Hasbún Hirmas, la suma de $500.000, equivalentes a un 1% del interés social, que se encuentran totalmente enterados y pagados. ARTÍCULO SÉPTIMO: Administración. La administración, representación y uso de su razón social, corresponderá a Arturo Sergio Hasbún Hirmas, cédula nacional de identidad N°6.370.181- 5, para que actuando separada e individualmente pueda representar a la sociedad, hacer uso de su razón social y administrar la sociedad, siempre anteponiendo su firma a la razón social, con las más amplias facultades…”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de agosto de 2023.
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